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574123 NORMAS LEGALES Viernes 1 de enero de 2016 El Peruano / Artículo Tercero.- ESTABLECER que en ningún caso las disposiciones establecidas en la presente Ordenanza implicarán la devolución de pagos parciales o totales efectuados por concepto de multas, así como costas y gastos de los procedimientos de ejecución coactivos. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana realice las acciones de fi scalización y control respectivas dentro del ámbito de sus competencias; ponderando aquellas donde el riesgo a la vida, salud e integridad de las personas se encuentren en peligro. Artículo Quinto.- DISPONER que los demás órganos municipales dentro del ámbito de sus funciones, brinden información requerida por la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, así como el apoyo técnico necesario para el correcto control, fi scalización e inicio de los procedimientos administrativos sancionadores. Artículo Sexto.- ESTABLECER que la conclusión y extinción resuelta en la presente ordenanza no enerva la potestad sancionadora de esta comuna sobre aquellos afectos a la misma. Artículo Séptimo.- ESTABLECER que la presente ordenanza no afecta las acciones legales iniciadas por la Procuraduría Pública Municipal de esta comuna, derivadas de la comisión de infracciones administrativas. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias que considere necesarias para la adecuada aplicación de la presente norma. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Control y Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Urbano y Obras, Gerencia de Administración y Finanzas y demás órganos de la administración el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza conforme a sus competencias. Tercera.- Deróguese toda norma o disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Cuarta.- Encargar a Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Informática y Estadística la publicación de la misma en el Portal Electrónico de la Municipalidad (www.munimagdalena.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1328941-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 021- MDMM DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2015-DA-MDMM Magdalena del Mar, 15 de octubre del 2015 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR VISTOS: El Informe Nº 142-A-2015-GATR-MDMM de Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y el Informe Nº 593-2015-GAJ-MDMM de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, reconoce la potestad tributaria de los Gobiernos Locales; Que, mediante Informe Nº 142-2015-GATR-MDMM, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, solicita la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 021-MDMM, con la fi nalidad de incrementar el nivel de recaudación y mejorar en la recaudación de deuda corriente; Que, mediante Informe Nº 593-2015-GAJ-MDMM, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 021-MDMM; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la opinión favorable de la Gerencia Administración Tributaria y Rentas y la Gerencia de Asesoría Jurídica; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de diciembre de 2015, la vigencia de la Ordenanza Nº 021- MDMM. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Administración y Finanzas y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero.- El presente decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia de Comunicaciones su difusión, a Secretaría General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano y a la Subgerencia de Informática y Estadística su publicación en el Portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar www. munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1328943-1 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO Aprueban el “Programa de Innovación y Gobierno Abierto de la Municipalidad de San Isidro” DECRETO DE ALCALDÍA N° 024-2015-ALC/MSI San Isidro, 29 de diciembre de 2015 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTO: El Informe N° 390-2015-0520-SDC-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Desarrollo Corporativo y el Informe N° 300-2015-0500-GPPDC/MSI de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo, a través del cual se remite la propuesta de creación del Programa de Innovación y Gobierno Abierto de la Municipalidad de San Isidro; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica, administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972; Que, mediante Resolución Ministerial N° 176-2015- PCM del 15 de julio del 2015 se aprobó el Plan de Acción de Gobierno Abierto 2015-2016, que contiene compromisos del estado peruano en materia de transparencia y acceso a la información pública, rendición de cuentas, participación ciudadana; y mejoras en los servicios públicos, así como las acciones necesarias, plazos y entidades públicas responsables de su implementación; Que, mediante Acuerdo de Concejo N° 052-2015-MSI publicado el 03 de agosto de 2015, se declaró de interés prioritario la implementación de una política de datos