Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2016 (01/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

Viernes 1 de enero de 2016 /

El Peruano

abiertos del distrito de San Isidro que incorpore el enfoque de innovación abierta; así como se aprobó la Carta Municipal de Innovación y Gobierno Abierto de la Municipalidad de San Isidro, cuyo contenido resulta vinculante para todos los órganos que conforman la estructura orgánica de la Municipalidad; Que, el Artículo Décimo de la Carta Municipal de Innovación y Gobierno Abierto señala que la Gerencia Municipal definirá los lineamientos de la política municipal de datos abiertos y desarrollará un plan de implementación progresiva; Que, en ese contexto mediante el informe del visto la Subgerencia de Desarrollo Corporativo propuso a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo el Programa de Innovación y Gobierno Abierto con el objetivo de incorporar el gobierno abierto en la gestión municipal, promoviendo una administración centrada en el bienestar de los ciudadanos; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 869-2015-0400-GAJ/MSI; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20° y 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el "Programa de Innovación y Gobierno Abierto de la Municipalidad de San Isidro", que como anexo forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal establecer los lineamientos complementarios correspondientes, a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde

· Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública. · Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y modificatorias. · Resolución Ministerial N° 176-2015-PCM, el Plan de Acción de Gobierno Abierto 2015-2016. · Acuerdo de Concejo N° 052-2015-MSI, Carta Municipal de Innovación y Gobierno Abierto de la Municipalidad de San Isidro · Ordenanza N° 382-MSI, Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de San Isidro Artículo 3°.- ALCANCE El presente Programa es de aplicación a todas las áreas de la Municipalidad de San Isidro. CAPÍTULO II: DE LAS DISPOSICIONES Artículo 4°.- RESPONSABILIDADES Son responsables del cumplimiento del presente reglamento todas las áreas de la Municipalidad de San Isidro, según el siguiente detalle: a) Gerencia Municipal a.1) Garantizar el cumplimiento de los compromisos establecidos en la Carta Municipal de Innovación y Gobierno Abierto de la Municipalidad de San Isidro. a.2) Proponer los lineamientos de la política municipal de datos abiertos. a.3) Diseñar la agenda de innovación que identifique propuestas de proyectos de alto valor público, la participación y colaboración de organizaciones de la sociedad civil, empresas privadas e instituciones públicas o privadas que considere pertinente. a.4) Proponer compromisos de mejora de la calidad e interacción con la ciudadanía, mediante instrumentos de gestión que aseguren su cumplimiento. b) Gerencia Comunicación de Tecnologías de Información y

PROGRAMA DE INNOVACIÓN Y GOBIERNO ABIERTO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
CAPÍTULO I: GENERALIDADES Artículo 1°.- OBJETIVOS Los Objetivos del Programa de Innovación y Gobierno Abierto de la Municipalidad de San Isidro son: a) Promover un modelo de gestión abierta, transparente, participativa y que fomenta la innovación. b) Incorporar el enfoque de gobierno abierto en la gestión municipal, promoviendo una administración centrada en el bienestar de los ciudadanos, implementando políticas internas de desarrollo, gestión del conocimiento y cambio cultural para potenciar la creatividad que fomenta la innovación. c) Impulsar el desarrollo de un ecosistema de innovación del distrito de San Isidro que incorpore a los actores del desarrollo local, con el fin de mejorar los niveles de competitividad distrital, para elevar la calidad de vida de sus vecinos. d) Diseñar e implementar en coordinación con las áreas respectivas, mecanismos de rendición de cuentas y acceso a la información pública, desarrollando una política de datos abiertos que mejore los niveles de transparencia de la gestión municipal. e) Proponer, diseñar e implementar proyectos y actividades para la promoción del desarrollo de un ecosistema de la innovación del distrito de San Isidro, que oriente su desarrollo hacia la construcción de una ciudad sostenible, competitiva, inteligente e innovadora que aprovecha las tecnologías de información y comunicación. f) Difundir la cultura de la probidad, integridad y servicio público entre los funcionarios y personal de la Municipalidad de San Isidro, identificando prácticas municipales. g) Fomentar la colaboración, el intercambio de experiencias, asistencia técnica y fortalecimiento de capacidades en materia de gobierno abierto e innovación pública. Artículo 2°.- BASE LEGAL · Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado · Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales

b.1) Brindar el soporte tecnológico que permita cumplir con los compromisos establecidos en el la Carta Municipal de Innovación y Gobierno Abierto de la Municipalidad de San Isidro. b.2) Mantener, actualizar y publicar el catálogo de datos abiertos. b.3) Cumplir con los lineamientos que establezca la Gerencia Municipal para la implementación de la política municipal de datos abiertos. c) Áreas de la Municipalidad de San Isidro c.1) Cumplir con los lineamientos que establezca la Gerencia Municipal para la implementación de la política municipal de datos abiertos. c.2) Brindar la información que solicite la Gerencia de Tecnologías de Información y Comunicación de acuerdo a sus competencias, respecto al catálogo de datos abiertos. Artículo 5°.- BENEFICIOS Y BENEFICIARIOS Los beneficiarios del Programa serán principalmente los ciudadanos en general; y los beneficios que tendrán serán los siguientes: a) Acceso a la información pública, así como a nuevos mecanismos de rendición de cuentas. b) Desarrollo de ecosistemas de innovación del distrito a través del uso de la población de la información de la Municipalidad. c) Conocimiento inmediato de las actividades que desarrolla la Municipalidad. d) Mayor participación y opinión en las decisiones que plantea la Municipalidad. Artículo 6°.- DURACIÓN El Programa tendrá una duración permanente en el tiempo en tanto la Alta Dirección así lo disponga o la normativa vigente lo obligue; así como la información que se requiera por parte de las áreas para su cumplimiento respecto a la generación de datos abiertos u otros de acuerdo a lo señalado en la política municipal de datos abiertos, se establecerán en la normativa interna correspondiente.

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