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575786 NORMAS LEGALES Lunes 18 de enero de 2016 / El Peruano COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban Directiva “Normas complementarias que regulan el uso de sistemas cliente - servidor en la explotación de salas de juegos de máquinas tragamonedas” RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 57-2016-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 7 de enero de 2016CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27153 y normas modi fi catorias y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se regularon las normas que rigen la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas; Que, la explotación de máquinas tragamonedas requiere que los modelos de máquinas tragamonedas y programas de juegos se encuentren autorizados y registrados ante la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas; Que, el avance en la tecnología determina la existencia de máquinas tragamonedas, programas de juegos y sistemas vinculados con los mismos, que requieren de normas técnicas complementarias que permitan su autorización y registro así como su uso y explotación en las salas de juegos de máquinas tragamonedas del país; Que, en virtud de la Directiva Nº 001-2013-MINCETUR/ VMT/DGJCMT, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 297-2013-MINCETUR/VMT/DGJCMT, de fecha 06.02.2013, se aprobaron las normas que regulan la autorización y registro (homologación) y uso de los sistemas cliente - servidor vinculado a las máquinas tragamonedas; Que, no obstante, resulta necesario aprobar normas complementarias relacionadas con los referidos sistemas y regular la posibilidad que los sistemas cliente – servidor incorporen en su arquitectura el uso de servidores instalados fuera del país; Al amparo de las atribuciones contenidas en los artículos 24º y 25º, literal b), de la Ley Nº 27153 y normas modi fi catorias y artículo 48º, literales i), e) y f) del Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Técnico Nº 05-2015-MINCETUR/VMT/DGJCMT/DCF/YGP y Legal Nº 790-2015-MINCETUR/VMT/DGJCMT/DAR; SE RESUELVE:Artículo 1º .- Aprobar la Directiva Nº 01-2016-MINCETUR/VMT/DGJCMT, “Normas complementarias que regulan el uso de sistemas cliente - servidor en la explotación de salas de juegos de máquinas tragamonedas”, la misma que consta de diez (10) artículos, tres (03) Disposiciones Complementarias Finales y un (01) Anexo. Artículo 2º- La Resolución Directoral que aprueba la presente Directiva así como el Anexo que forma parte integrante de la misma, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, debiendo publicarse en el Portal del Estado (www.peru.gob.pe) y del MINCETUR (www.mincetur.gob.pe), de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicación, publicación de Proyectos Normativas y difusión de normas legales de carácter general, modi fi cada por Decreto Supremo Nº 014-2012- JUS. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL SAN ROMÁN BENAVENTE Director General de Juegos de Casinoy Máquinas TragamonedasDIRECTIVA Nº 01-2016-MINCETUR/VMT/DGJCMT “NORMAS COMPLEMENTARIAS QUE REGULAN EL USO DE SISTEMAS CLIENTE – SERVIDOR EN LA EXPLOTACIÓN DE SALAS DE JUEGOS DE MÁQUINAS TRAGAMONEDAS” CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- De fi niciones y abreviaturas: Para efectos de la presente Directiva, se entenderá por: 1.1. Autorización y Registro de Sistemas Cliente - Servidor: Procedimiento administrativo en virtud del cual se reconoce que un sistema cliente – servidor cumple con los requisitos para su autorización y registro aprobados por la DGJCMT. 1.2. Laboratorios de certi fi cación: Entidades autorizadas por la DGJCMT a expedir certi fi cados de cumplimiento de máquinas tragamonedas y memorias de sólo lectura. 1.3. Ley: Ley Nº 27153 y normas modi fi catorias que regulan la explotación de juegos de casinos y máquinas tragamonedas. 1.4. Librería: Repositorio de los programas de juegos de los sistemas cliente - servidor 1.5. Reglamento: Reglamento de la Ley para la explotación de juegos de casinos y máquinas tragamonedas aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR. 1.6. DGJCMT: Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas. 1.7. MINCETUR: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo 1.8. Titular: Persona jurídica autorizada por la DGJCMT a explotar una sala de juegos de máquinas tragamonedas. 1.9. URL: Localizador de recursos uniforme por sus siglas en inglés que conforma una cadena de caracteres con la cual se asigna una dirección única a cada uno de los recursos de información disponibles en la Internet . Artículo 2º.- Objeto La presente Directiva tiene por objeto aprobar las normas complementarias destinadas a regular la autorización y registro, uso y modi fi cación de los sistemas cliente – servidor en las salas de juegos de máquinas tragamonedas autorizadas por la DGJCMT. Artículo 3º.- Finalidad La fi nalidad de la presente Directiva es optimizar el control y fi scalización de los sistemas cliente - servidor y permitir la autorización y registro así como el funcionamiento de los sistemas cliente - servidor en las salas de juegos de máquinas tragamonedas cuando los servidores se encuentran instalados fuera del país. Artículo 4º.- Ámbito de aplicación La presente Directiva es de obligatorio cumplimiento para los Titulares, fabricantes de máquinas tragamonedas, programas de juego y sistemas cliente - servidor así como para las entidades autorizadas por la DGJCMT a expedir Certi fi cados de Cumplimiento de máquinas tragamonedas y memorias de sólo lectura. CAPÍTULO II DE LOS SERVIDORES INSTALADOS FUERA DEL PAÍS Artículo 5º.- De los servidores instalados fuera del país Los sistemas cliente - servidor cuyos servidores se encuentran instalados fuera del país deberán presentar