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578405 Jueves 18 de febrero de 2016 El Peruano / CONCEPTOS DESCRIPCIÓN INGRESOS FACTU- RADOS Y PERCIBIDOS (A) Consignar los ingresos facturados y percibidos por servicios portadores en general, de servicios fi nales públicos, del servicio público de distribución de radiodifusión por cable y del servicio público de valor añadido de conmutación de datos por paquetes (acceso internet), incluidos los ingresos por corresponsalías y/o liquidación de tráfi cos internacionales a los que hace referencia el artículo 238° del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; de no tener ingreso alguno en determinado rubro, consignar cero. DEDUCCIO- NES (B) Consignar los importes por concepto de las deducciones señaladas en el artículo 238° del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, tales como el Impuesto General a las Ventas, Impuesto de Promoción Municipal y los montos pagados por Cargos por Interconexión. TOTAL BASE IMPONIBLE (A) – (B) Consignar el importe que resulta de la diferencia entre los montos consignado en las Casillas (A) y (B). APORTE RESULTAN- TE (C) Consignar el importe que resulta de aplicar el 1% del monto consignado en la casilla “Total Base Imponible (A) – (B)” PAGOS PRE- VIOS (D) Se consigna aquellos pagos por el periodo tributario declarado, efectuados previamente a la presentación de esta declaración jurada. SALDO A FAVOR DE EJERCICIO ANTERIOR (E) Se consigna el saldo a favor de la Liquidación Final del ejercicio inmediato anterior; según lo señalado en el artículo 239° del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, sólo se podrá efectuar compensación automática del saldo a favor contenido en una Liquidación Final contra una deuda determinada en una declaración jurada de Pagos a Cuenta Mensuales siguientes a la misma. APORTE O SALDO A FAVOR (F) Se consiga el importe que resulta de la diferencia entre los montos consignados en las Casillas (C) - (D) - (E) - (F). INTERES ART. 239° D.S. 020- 2007-MTC (G) Se consigna el importe que corresponde a los intereses a que se hace referencia en el último párrafo del artículo 239° del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, que señala que vencido el plazo de diez (10) días calendario del mes siguiente para efectuar la declaración jurada mensual y el pago a cuenta correspondiente, se pagarán por cada mes de retraso y de manera acumulativa las tasas máximas de interés compensatorio y moratorio fi jados por el Banco Central de Reserva, vigente a la fecha de pago. Este interés debe aplicarse desde el vencimiento del plazo anteriormente señalado hasta la fecha de determinación de la deuda tributaria del aporte en la liquidación fi nal o, hasta el vencimiento del plazo dispuesto para dicho efecto. INTERES ART. 33° D.S. 133-2013-EF (H) Se consigna el importe que corresponde a los intereses a que se hace referencia en el artículo 33° del Código Tributario que señala que el tributo no pagado dentro de los plazos establecidos devengará un interés equivalente a la Tasa de Interés Moratorio (TIM), la cual no podrá exceder del 10% (diez por ciento) por encima de la tasa activa del mercado promedio mensual en moneda nacional (TAMN) que publique la Superintendencia de Banca y Seguros el último día hábil del mes anterior. Esta tasa se aplicará sobre los intereses señalados en la casilla (G), devengados a la fecha de determinación de la deuda tributaria del aporte en la liquidación fi nal o, al vencimiento del plazo dispuesto para dicho efecto hasta la fecha de pago inclusive. TOTAL DEU- DA A PAGAR O SALDO A FAVOR Se consiga el importe que resulta de la sumatoria entre los montos consignados en las Casillas (F) + (G) + (H). ANEXO I DETALLE DE PAGO PREVIO DEL PERIODO De haberse efectuado pagos para este periodo, con anterioridad a la presentación de este formato, deberá indicar la entidad fi nanciera, el número de Formulario 3- Pagos Varios FITEL y la fecha en que se efectuó dicho pago. INSTRUCTIVO DEL FORMULARIO 1 – DECLARACIÓN JURADA DE PAGO A CUENTA MENSUAL DEL APORTE POR DERECHO ESPECIAL DESTINADO AL FITEL I. RECOMENDACIONES GENERALES: 1. El siguiente formato puede ser de naturaleza virtual o física y debe ser utilizado por los aportantes a que se refi ere el artículo 12° del TUO de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado con Decreto Supremo N° 013-93-TCC, a fi n de presentar las Declaraciones Juradas Mensuales de los pagos a cuenta del Aporte por Derecho Especial Destinado al FITEL a que se refi ere el artículo 239° del TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado con Decreto Supremo N° 020-2007-MTC. 2. Se deberá llenar un formato por cada periodo tributario que desee declarar; para que la presentación sea válida el Contribuyente deberá llenar los rubros de este formato. 3. De incurrir en error al consignar información relativa a la determinación de la deuda en este formato, el Contribuyente podrá corregirlo presentando un formato nuevo a manera de declaración sustitutoria o rectifi catoria, según sea el caso, de acuerdo a lo señalado en el Código Tributario. 4. Para el caso del formato virtual, una vez grabada la información correspondiente a las declaraciones, el Sistema Integrado de Recaudación y Fiscalización del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones, emitirá una “Constancia de Presentación”, la misma que puede ser impresa por el Contribuyente y, que constituye el único comprobante de haber cumplido con la obligación señalada en el artículo 239° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado con Decreto Supremo N° 020-2007-MTC. 5. Para el caso del formato físico, la presentación de la declaración quedará acreditada con el sello y rúbrica del funcionario del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que realiza la recepción en Mesa de Partes. II. INSTRUCCIONES DE LLENADO: CONCEPTOS DESCRIPCIÓN PERIODO TRIBUTARIO Señalar el periodo tributario (mes y año) al que corresponde la declaración jurada; tener en cuenta que los periodos van de enero a diciembre de cada año y se identifican y corresponden con la numeración del 01 al 12 seguido por el año (ejm. 01/2012, 03/2013, etc.) N° DE FOR- MULARIO Este casillero será llenado por el FITEL al momento de la presentación del formato. RECTIFI- CATORIA / SUSTITORIA Indicar según se trate de una Declaración rectifi catoria o sustitutoria en los términos señalados en el artículo 88° del Código Tributario. IDENTIFICA- CIÓN DEL CONTRIBU- YENTE Consignar el nombre o razón social del Contribuyente. RUC Consignar el número de Registro Único del Contribuyente del Contribuyente. DOMICILIO FISCAL Consignar la dirección completa del Contribuyente: • Departamento, provincia y distrito. • El nombre, número, manzana y lote de la dirección: (precisando si es calle, jirón, pasaje, avenida u otros). TELÉFONO Consignar el código de la ciudad y número telefónico CORREO ELECTRÓ- NICO Consignar la dirección del correo electrónico. PROYECTO