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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JULIO DEL AÑO 2016 (08/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 102

592404 NORMAS LEGALES Viernes 8 de julio de 2016 / El Peruano Artículo Cuarto.- GESTIÓN PARA LA CREACIÓN DEL ÁREA DE CONSERVACIÓN REGIONAL “LAGUNA ENCANTADA DE ATALAYA”, el Gobierno Regional de Ucayali (GOREU) - AUTORIDAD REGIONAL AMBIENTAL UCAYALI (ARAU) - GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTION DEL MEDIO AMBIENTE, una vez publicada la presente Ordenanza Regional, en coordinación con la Gerencia Sub Regional de Atalaya, iniciaran las gestiones necesarias ante el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas – SERNANP, a fi n de solicitar el establecimiento del Área de Conservación Regional “Laguna Encantada de Atalaya”. Artículo Quinto.- CREACIÓN DE PROYECTOS PRODUCTIVOS INTEGRALES SOSTENIBLES, el Gobierno Regional de Ucayali y la Gerencia Sub Regional de Atalaya promoverán actividades económicas sostenibles, en concordancia con los objetivos del Área de Conservación Regional “Laguna Encantada de Atalaya” y zona de in fl uencia en coordinación con las poblaciones locales y la normativa vigente. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la AUTORIDAD REGIONAL AMBIENTAL UCAYALI (ARAU) - GERENCIA REGIONAL DE RECURSOS NATURALES Y GESTION DEL MEDIO AMBIENTE la implementación, funcionamiento y la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, además en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, y a la O fi cina de Sistemas para su difusión y publicación a través del portal en la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). Artículo Séptimo.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Octavo.- OFICIAR a las autoridades Distritales y Provinciales de la Región Ucayali, poniendo de conocimiento la presente Ordenanza Regional. Artículo Noveno.- DISPENSAR la presenta Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Ucayali, para su promulgación. Dado en la sala de Sesiones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, a los seis días del mes de mayo del año dos mil dieciséis. EDITH QUISPE SANCHEZ Consejera DelegadaConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla.Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil dieciséis. MANUEL GAMBINI RUPAY Gobernador Regional 1400906-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE COMAS Aprueban bases de sorteo público para contribuyentes del distrito afectos al Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines DECRETO DE ALCALDÍA Nº 012-2016-A/MC Comas, 22 de junio de 2016CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 477/MC de fecha 21 de Junio del 2016 se autorizó la realización de un sorteo público tributario para el día sábado 06 de Agosto de 2016 denominado:“PAGA TUS TRIBUTOS Y DISFRUTA DE UN PLACENTERO VIAJE… PORQUE EN COMAS COMBATIMOS EL ESTRÉS PREMIANDO A LOS BUENOS CONTRIBUYENTES” para los contribuyentes del distrito de Comas, afectos al impuesto predial y arbitrios de limpieza pública, parques y jardines; Que, el artículo quinto de la Ordenanza indicada autoriza al señor Alcalde de la Municipalidad de Comas, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe las bases de dicho sorteo; En uso de las atribuciones que con fi ere el numeral 6 del Artículo 20º y segundo párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y con las visaciones de los Gerentes: de Rentas, Asuntos Jurídicos, Administración y Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización y del Gerente Municipal. SE DECRETA:Artículo Primero.- Aprobar las bases del sorteo público a realizarse el día sábado 06 de agosto del 2016 denominado: “PAGA TUS TRIBUTOS Y DISFRUTA DE UN PLACENTERO VIAJE… PORQUE EN COMAS COMBATIMOS EL ESTRÉS PREMIANDO A LOS BUENOS CONTRIBUYENTES” que en anexo al presente, forma parte integrante de éste Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- Las Gerencias: de Administración y Finanzas, de Plani fi cación, Presupuesto y Racionalización, de Rentas, de Informática, Estadística y Gobierno Electrónico y la de Comunicación Municipal, son los responsables del cumplimiento del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1400833-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Prorrogan la vigencia de la Ordenanza N° 237-2016-MDLV que estableció “Beneficios Tributarios a Contribuyentes del Distrito de La Victoria por Deudas Tributarias Vencidas” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 008-2016-ALC/MLV La Victoria, 1 de julio de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTO: El Informe Nº 073-2016-GSAT-MDLP, de fecha 24 de junio del 2016 la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria y Informe Nº 198-2016-GAJ-MLV de fecha 21 de abril del 2016, la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, y sus modi fi catorias, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; teniendo, por consiguiente, la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, tercer párrafo del Artículo 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que el