Norma Legal Oficial del día 16 de julio del año 2016 (16/07/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 16 de julio de 2016

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

593159

AGROPECUARIOS LOS EXQUISITOS DEL VRAEM", ha formulado a favor de los cinco (5) productores agrarios que se detallan en el siguiente considerando, Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria para la "Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM", para la instalación y producción de Cacao en seis (6) hectáreas, cuyo expediente signado como Pedido de Reconversión Productiva Nº 222-2016-PRP cuenta con la opinión favorable de las Unidades de Promoción y de Negocios del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, las mismas que se encuentran contenidas en el Informe de Formulación de PRP Nº 0018-2016-MINAGRI-PCC/UP, Y el Informe de Evaluación PRP Nº 039-2016-MINAGRIPCC-UN, sustentado en el Informe Técnico PRP Nº 0018-2016-MINAGRI-PCC-UN/WRA; Que, los cinco (5) productores agrarios, referidos en el considerando precedente; y, que han cumplido con presentar el Compromiso de Reconversión Productiva Agraria, Constancia de Posesión y Documento Nacional de Identidad, son los siguientes:
1 2 3 4 5 LEON LEON OJEDA QUINTERO BENDEZU HERRERA LOZANO MUÑOZ VILLAR YUCRA DAVID OCTAVIO EFRAIN DAVID REINALDO FELMER

Artículo 1.- Aprobación del pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y de Financiamiento del Plan de Negocios Aprobar el Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria, presentado por la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS LOS EXQUISITOS DEL VRAEM", a favor de los cinco (5) miembros que se detallan en el noveno considerando de la presente Resolución, respecto del mismo número de predios que conducen, ubicados en el Distrito de Pichari, Provincia de La Convención, Departamento de Cusco, contenido en el proyecto de "Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM" para la instalación y producción de Cacao en seis (6) hectáreas, incluido su financiamiento, elaborado por el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 2.- Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agraria Remitir los actuados a la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, para la respectiva notificación de la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS LOS EXQUISITOS DEL VRAEM" a fin que suscriban con este el respectivo Convenio de Financiamiento y Reconversión Productiva Agropecuaria del predio señalado en el artículo 1 precedente, para cuyo efecto se le delega la representación del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Acciones de supervisión, seguimiento y coordinación Disponer, según sus competencias, que el Centro Regional de Innovación Agroempresarial ­ CRIA Pichari y el Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego adopten las acciones necesarias para la adecuada ejecución del proyecto aprobado, supervisión, coordinación y seguimiento del mismo, de acuerdo con el Plan de Negocios de "Reconversión del Cultivo de Hoja de Coca en el VRAEM", para la instalación y producción de Cacao en seis (6) Hectáreas de los predios antes mencionados pertenecientes a los cinco (5) productores de la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS LOS EXQUISITOS DEL VRAEM", referidos en el noveno considerado de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1404819-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0341-2016-MINAGRI Lima, 13 de julio de 2016 VISTO: El Expediente sobre Pedido de Reconversión Productiva Nº 223-2016-PRP, iniciado por la "ASOCIACIÓN DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS DE CACAO ORGÁNICO DE PICHIWILLCA - SAMUGARI", el Informe Final PRP Nº 019-2016-MINAGRI-PCC de la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, establece que el ahora Ministerio de Agricultura y Riego es el órgano rector del Sector Agricultura y Riego, el cual, entre otros, diseña, establece, ejecuta y supervisa las políticas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoría en relación con ella y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, en el Informe de Evaluación PRP Nº 0392016-MINAGRI-PCC-UN, sustentado en el Informe Técnico PRP Nº 0018-2016-MINAGRI-PCC-UN/WRA, se determina el monto total que cofinancian EL PROGRAMA y LA ORGANIZACIÓN, para la ejecución de PRP, siendo distribuido de acuerdo al detalle siguiente:
Financiamiento MINAGRI (Componente No Reembolsable) S/ 159 906,75 (80%) S/ 140 400,00 S/ 300 306,75 S/ 39 976,69 Contrapartida de la Organización (Componente Reembolsable) S/ 39 976,69 (20%)

Rubro Proyecto de Reconversión Productiva Agropecuaria Gestión de la parcela Monto Total S/

Total S/

S/ 199 883,43 S/ 140 400,00 S/ 340 283,43

Costo de la parcela (S/ 650/mes X Nº de hectáreas X 36 mes).

Que, en atención a dicho sustento técnico, la Jefatura del Programa de Compensaciones para la Competitividad del Ministerio de Agricultura y Riego, a través de su Informe Final PRP Nº 018-2016-MINAGRI - PCC, emite opinión favorable para la aprobación del Pedido de Reconversión Productiva Agropecuaria y su correspondiente financiamiento, el mismo que ha sido tramitado por el Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura Agraria y Riego, conforme a los nuevos "Lineamientos Específicos para la atención del Ministerio de Agricultura y Riego a los pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM", aprobados por Resolución Ministerial Nº 0695-2014-MINAGRI; Estando a la opinión emitida por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante el Informe Nº 799-2016-MINAGRI-OGAJ; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizaciones y Funciones de Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, en cuanto a su denominación; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; el Decreto Legislativo Nº 1077, Decreto Legislativo que crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, prorrogado en su vigencia por la Ley Nº 30462; la Ley Nº 29736, Ley de Reconversión Productiva Agropecuaria, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 019-2014-MINAGRI; y, la Resolución Ministerial Nº 0695-2014-MINAGRI, que aprueba los nuevos "Lineamientos Específicos para la atención del MINAGRI a los Pedidos de Reconversión Productiva Agropecuaria del cultivo de coca en el Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro VRAEM";

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.