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605318 NORMAS LEGALES Martes 29 de noviembre de 2016 / El Peruano Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor de Gobiernos Locales en el marco del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal DECRETO SUPREMO Nº 322-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29332 y modificatorias, se creó el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, el cual tiene por objetivos: i) Mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales, fortaleciendo la estabilidad y eficiencia en la percepción de los mismos; ii) Mejorar la ejecución de proyectos de inversión pública, considerando los lineamientos de política de mejora en la calidad del gasto; iii) Reducir la desnutrición crónica infantil en el país; iv) Simplificar trámites generando condiciones favorables para el clima de negocios y promoviendo la competitividad local; v) Mejorar la provisión de servicios públicos locales prestados por los gobiernos locales en el marco de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y, vi) Prevenir riesgos de desastres; Que, el literal c) del artículo 41 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas al fi nanciamiento de los fi nes del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, hasta por la suma de UN MIL MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 1 000 000 000,00), disponiendo que la incorporación de los referidos recursos en los gobiernos locales se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a solicitud de la Dirección General de Presupuesto Público, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Determinados; Que, mediante Decreto Supremo N° 400- 2015-EF, se aprobaron los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal del año 2016; estableciéndose en el artículo 9 de los citados procedimientos que los recursos para el referido Programa de Incentivos serán distribuidos en dos partes; la primera, hasta el 60% de los recursos asignados, y la segunda hasta el 40%; asimismo, ambas partes están condicionadas al cumplimiento de determinadas metas y a lo regulado sobre las condiciones de otorgamiento señaladas en la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modificada por la Sexta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, de acuerdo a lo establecido en los Procedimientos aprobados mediante Decreto Supremo N° 400-2015-EF, modifi cado con Decreto Supremo N° 272-2016-EF, la transferencia de los recursos a favor de los gobiernos locales que hayan cumplido con las metas correspondientes al 31 de julio del año 2016, se realiza hasta el mes de noviembre del año 2016; Que, el artículo 11 de los Procedimientos aprobados mediante Decreto Supremo N° 400-2015-EF, establece que los recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal no asignados por incumplimiento de metas durante el año 2016, son distribuidos de manera adicional entre aquellas municipalidades que cumplieron con todas las metas evaluadas durante dicho año; asimismo, se dispone que los recursos del referido Programa de Incentivos no asignados por aplicación de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, modifi cada por la Ley N° 30114, y que no fueron distribuidos en la primera transferencia, se mantienen en el presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas, pudiendo ser transferidos a las municipalidades en la segunda transferencia; en ese sentido, los recursos no asignados luego de realizada la segunda transferencia, por aplicación de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951 y modifi catoria, se deberán mantener en el presupuesto institucional del Ministerio de Economía y Finanzas hasta el cierre del ejercicio fi scal; Que, mediante Resolución Ministerial N° 074-2016- EF/50, se aprobaron los montos máximos de recursos que corresponden a cada una de las municipalidades que cumplan todas las metas evaluadas en el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal en el año 2016; Que, con Resolución Directoral N° 022-2016- EF/50.01, cuyo Anexo fue complementado mediante la Resolución Directoral N° 026-2016-EF/50.01, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas aprobó los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, correspondientes al 31 de julio de 2016, conforme a los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del referido Programa, aprobados por el Decreto Supremo N° 400-2015-EF; Que, asimismo, mediante la Resolución Directoral N° 026-2016-EF/50.01, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el Ranking de cumplimiento de metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal evaluadas durante el año 2016; Que, el numeral 12.2 del artículo 12 de los Procedimientos aprobados mediante Decreto Supremo N° 400-2015-EF, establece que para efectos de la transferencia de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, se deberá considerar la información remitida por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros en el mes inmediato anterior a la aprobación de la respectiva transferencia; Que, mediante el Ofi cio N° 726-2016-PCM/SD, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, en cumplimiento de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, modifi cada por la Sexta Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30114, remitió la relación de gobiernos locales comprendidos en los alcances de la citada disposición; Que, por tanto, corresponde autorizar una transferencia de partidas, hasta por la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES (S/ 547 056 316,00), a favor de los gobiernos locales que han cumplido las metas correspondientes al 31 de julio del año 2016 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal y que no se encuentran incursos en los alcances de la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, modifi cada por la Sexta Disposición Complementaria Modifi catoria de la Ley N° 30114, según lo informado por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros; así como a favor de los gobiernos locales que hayan cumplido con lo establecido en el artículo 11 de los Procedimientos aprobados mediante Decreto Supremo N° 400-2015-EF; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29332 y modifi catorias, Ley que crea el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal; la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y modifi catoria;