Norma Legal Oficial del día 24 de abril del año 2017 (24/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Lunes 24 de abril de 2017 /

El Peruano

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 1460-2017 EL SECRETARIO GENERAL Lima, 11 de abril de 2017 VISTA: La solicitud presentada por el señor Alfredo Martin Osorio Chamochumbi para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, aprobado por Resolución SBS Nº 1797-2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 7 de marzo de 2017, calificó y aprobó por unanimidad la solicitud del señor Alfredo Martin Osorio Chamochumbi postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702 y sus modificatorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Alfredo Martin Osorio Chamochumbi, con matrícula

número N-4538, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1511504-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO
Aprueban modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF y la Estructura Orgánica del Hospital de Ventanilla
ORDENANZA REGIONAL Nº 000006 Callao, 18 de abril del 2017 POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao, en Sesión Ordinaria del 18 de Abril del 2017; CONSIDERANDO Que, el Artículo 38° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional, así mismo reglamentan materias de su competencia; Que, el Artículo. 15º, sobre las atribuciones del Consejo Regional, dispone en su literal a), que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Artículo 9º literal a) del antes citado cuerpo normativo, establece que los Gobiernos Regionales son competentes para "Aprobar su Organización Interna y su Presupuesto"; Que, el Artículo 9° de la Ley de Bases de la Descentralización-Ley N° 27783, establece las dimensiones de las autonomías políticas, administrativas

REQUISITOS PARA PUBLICACILN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe.

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