Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2017 (04/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Viernes 4 de agosto de 2017 /

El Peruano

Que, teniendo en cuenta lo solicitado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta pertinente modificar el plazo establecido en el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 212-2017-MC, en el sentido de ampliar el plazo para la formulación del "Plan de Acción Ayacucho Waytarin"; De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar hasta el 28 de agosto de 2017, el plazo para la formulación del "Plan de Acción Ayacucho Waytarin", establecido en el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 212-2017-MC. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1551004-1

ENERGIA Y MINAS
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 313-2017-MEM/DM Lima, 25 de julio de 2017 VISTOS: El Memorando Nº 0501-2017/MEM-OGP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 046-2017-MEM/OGP-DIR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional; el Informe N° 126-2017-MEM/OGA-PER de la Oficina de Personal; y el Oficio N° 864-2017-SERVIR/PE junto al Informe Técnico N° 126-2017-SERVIR/GDSRH de la Presidencia Ejecutiva y de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, respectivamente, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM, modificado por el Decreto Supremo Nº 026-2010-EM, el Decreto Supremo Nº 030-2012-EM, el Decreto Supremo Nº 025-2013-EM y el Decreto Supremo Nº 016-2017-EM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, que comprende su estructura orgánica y las funciones de sus órganos y unidades orgánicas; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, se formalizó la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", que incluyen los lineamientos para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional; Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH, el Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en

su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil, previsto en la Ley N° 30057; Que, las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las entidades públicas se encuentran establecidas en los Anexos 4, 4-A, 4-B,4-C y 4-D de la Directiva antes citada y sólo se aprueba en tanto la entidad pública no haya aprobado el CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, mediante Informe N° 126-2017-MEM/OGAPER, la Oficina de Personal (ahora Oficina de Recursos Humanos), sustenta la necesidad de aprobar el CAP Provisional del Ministerio de Energía y Minas, conforme a lo establecido en el Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad, CPE"; Que, mediante Oficio N° 776-2017-MEM/SEG, el Ministerio de Energía y Minas remite a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe N° 126-2017MEM/OGA-PER que sustenta la aprobación del CAP Provisional de la entidad, contando con la opinión favorable de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con lo previsto en el numeral 2.1 del Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, mediante Oficio N° 864-2017-SERVIR/PE, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, remite el Informe Técnico N° 126-2017-SERVIR/GDSRH, que constituye la opinión técnica previa favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­SERVIR para proceder con la aprobación del CAP Provisional del Ministerio de Energía y Minas, conforme a lo establecido en el numeral 4.1 del Anexo Nº 4 de la citada Directiva; Que, en vista a que con la última modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas se crea la Oficina de Integridad Institucional y la Oficina de Cobranza Coactiva, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Energía y Minas, a fin de contar con un documento de gestión actualizado; Con el visto bueno de la Secretaria General; de la Directora General de la Oficina General de Administración; del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; y la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Energía y Minas, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la Oficina de Tecnologías de la Información de la Oficina General de Administración publique la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese y comuníquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas

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