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6 NORMAS LEGALES Viernes 4 de agosto de 2017 / El Peruano Que, teniendo en cuenta lo solicitado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta pertinente modi fi car el plazo establecido en el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 212-2017-MC, en el sentido de ampliar el plazo para la formulación del “Plan de Acción Ayacucho Waytarin”; De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Ampliar hasta el 28 de agosto de 2017, el plazo para la formulación del “Plan de Acción Ayacucho Waytarin”, establecido en el artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 212-2017-MC. Regístrese, comuníquese y publíquese.SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1551004-1 ENERGIA Y MINAS Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 313-2017-MEM/DM Lima, 25 de julio de 2017VISTOS: El Memorando Nº 0501-2017/MEM-OGP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 046-2017-MEM/OGP-DIR de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional; el Informe N° 126-2017-MEM/OGA-PER de la Oficina de Personal; y el Oficio N° 864-2017-SERVIR/PE junto al Informe Técnico N° 126-2017-SERVIR/GDSRH de la Presidencia Ejecutiva y de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, respectivamente, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 031-2007-EM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 026-2010-EM, el Decreto Supremo Nº 030-2012-EM, el Decreto Supremo Nº 025-2013-EM y el Decreto Supremo Nº 016-2017-EM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, que comprende su estructura orgánica y las funciones de sus órganos y unidades orgánicas; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, modi fi cada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 057-2016-SERVIR-PE, se formalizó la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, que incluyen los lineamientos para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional; Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH, el Cuadro de Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil, previsto en la Ley N° 30057; Que, las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las entidades públicas se encuentran establecidas en los Anexos 4, 4-A, 4-B,4-C y 4-D de la Directiva antes citada y sólo se aprueba en tanto la entidad pública no haya aprobado el CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, mediante Informe N° 126-2017-MEM/OGA- PER, la O fi cina de Personal (ahora O fi cina de Recursos Humanos), sustenta la necesidad de aprobar el CAP Provisional del Ministerio de Energía y Minas, conforme a lo establecido en el Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad, - CPE”; Que, mediante O fi cio N° 776-2017-MEM/SEG, el Ministerio de Energía y Minas remite a la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el Informe N° 126-2017-MEM/OGA-PER que sustenta la aprobación del CAP Provisional de la entidad, contando con la opinión favorable de la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de conformidad con lo previsto en el numeral 2.1 del Anexo 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, mediante O fi cio N° 864-2017-SERVIR/PE, el Presidente Ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, remite el Informe Técnico N° 126-2017-SERVIR/GDSRH, que constituye la opinión técnica previa favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil –SERVIR para proceder con la aprobación del CAP Provisional del Ministerio de Energía y Minas, conforme a lo establecido en el numeral 4.1 del Anexo Nº 4 de la citada Directiva; Que, en vista a que con la última modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas se crea la O fi cina de Integridad Institucional y la O fi cina de Cobranza Coactiva, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Energía y Minas, a fi n de contar con un documento de gestión actualizado; Con el visto bueno de la Secretaria General; de la Directora General de la O fi cina General de Administración; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y del Director General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM; y la Directiva N° 002-2015-SERVIR-GDSRH, “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Energía y Minas, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Tecnologías de la Información de la O fi cina General de Administración publique la presente resolución en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas. Regístrese y comuníquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas