Norma Legal Oficial del día 04 de agosto del año 2017 (04/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Viernes 4 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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INTERIOR
Autorizan viaje de Personal Policial a México, en misión de estudios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 729-2017-IN Lima, 3 de agosto de 2017 VISTOS; la Carta con Referencia Reg. Salida: 35RS1262017, de fecha 12 de junio de 2017, de la Secretaría del Consejo de Administración de la Escuela Iberoamericana de Policía ­ IBERPOL, la Hoja de Estudio y Opinión N° 243-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 12 de julio de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001148-2017/IN/OGAJ, de fecha 26 de julio de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta con Referencia Reg. Salida: 35RS1262017, de fecha 12 de junio de 2017, la Secretaría del Consejo de Administración de la Escuela Iberoamericana de Policía ­ IBERPOL extiende invitación formal a la Policía Nacional del Perú, miembro de la Escuela IBERPOL, a fin que dicha Institución Policial designe a un representante para que participe en el "Curso de Seguridad Aeroportuaria ­ Escuela IBERPOL", organizado por la Policía Federal de México, a llevarse a cabo del 7 al 11 de agosto de 2017, en la Academia Superior de la Policía Federal de México, ubicada en el Estado de San Luis Potosí ­ Estados Unidos Mexicanos; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 243-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 12 de julio de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en misión de estudios, de la Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Fiorella Roxana Kañihua Frisancho, propuesta por la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, para que participe en el curso antes citado, a realizarse en el Estado de San Luis Potosí ­ Estados Unidos Mexicanos, del 6 al 12 de agosto de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicho curso tiene como objetivo dotar a sus participantes de conocimientos y habilidades necesarias para llevar a cabo la seguridad, prevención y lucha contra el tráfico de drogas en aeropuertos; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en el curso indicado, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de actividad formativa, hospedaje, manutención y transportes internos, son asumidos por la Policía Federal de México, conforme lo precisa la Carta con Referencia Reg. Salida: 35RS1262017, de fecha 12 de junio de 2017, mientras que los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 4265-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE, de fecha 10 de julio de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el numeral 3) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, establece que el personal policial tiene derecho a la formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 002-2004DE/SG, que aprueba el reglamento de viajes del personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus

alcances al personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Misión de Estudios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del citado Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el Diario Oficial "El Peruano"; Con el visado de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN; y, el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, de la Suboficial de Primera de la Policía Nacional del Perú Fiorella Roxana Kañihua Frisancho, del 6 al 12 de agosto de 2017, al Estado de San Luis Potosí ­ Estados Unidos Mexicanos, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1º de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Importe US$ 536.00 X Pers. Total US$ 1 = 536.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de

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