Norma Legal Oficial del día 11 de agosto del año 2017 (11/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Viernes 11 de agosto de 2017

NORMAS LEGALES

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organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; Que, a través de la Resolución Directoral N° 0142016-EF/51.01 se aprobó el Texto Único Ordenado de la Directiva N° 004-2015-EF/51.01: "Presentación de Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria del Cierre Contable por las Entidades Gubernamentales del Estado para la Elaboración de la Cuenta General de la República", que tiene como objetivo establecer y uniformizar los procedimientos de cierre contable y presentación de la información financiera, presupuestaria y complementaria para la elaboración de la Cuenta General de la República, y la estadística de las finanzas públicas de acuerdo con los dispositivos legales vigentes; estableciendo en su numeral 4.3.4, 4.3, 4 el contenido de la Memoria Anual y que la presentación corresponde a la Alta Dirección de cada Entidad; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha elaborado el proyecto de Memoria Anual 2016 del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, elevando dicho documento a la Secretaría General, a través del Informe N° 032-2017-SANIPES/OPP; Que, de conformidad con el inciso c) del artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto tiene como una de sus funciones la de: "Elaborar el proyecto de Memoria Anual e Informes de Gestión Institucional, en coordinación con los órganos y unidades orgánicas de competencia funcional del SANIPES"; Que, por su parte, el Consejo Directivo del SANIPES tiene entre sus funciones: "Aprobar el Presupuesto Institucional, el Balance General y los Estados Financieros y la Memoria Anual presentados por la Dirección Ejecutiva", conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE; Que, sobre el particular, dado que el Consejo Directivo de la Entidad a la fecha no se ha conformado, corresponde a la Dirección Ejecutiva, como Titular de la Entidad, la aprobación de la Memoria Anual 2016 del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo del SANIPES, cuando éste se instale; Que, lo esgrimido en el párrafo precedente guarda correspondencia con el segundo párrafo del artículo 2 de la Ley N° 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, que señala que la Entidad goza de autonomía técnica, funcional, económica, financiera y administrativa, lo cual implica que para la marcha óptima de sus decisiones institucionales, es relevante que, en el ejercicio de dicha autonomía, se apruebe el referido documento institucional; Con la visación de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30063, Ley de Creación del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2013-PRODUCE; el Decreto Supremo Nº 009-2014-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera ­ SANIPES; y, la Resolución Directoral N° 014-2016-EF/51.01, que aprobó el Texto Único Ordenado de la Directiva N° 004-2015EF/51.01: "Presentación de Información Financiera, Presupuestaria y Complementaria del Cierre Contable por las Entidades Gubernamentales del Estado para la Elaboración de la Cuenta General de la República". SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Memoria Anual 2016 del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES,

el mismo que en Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2°.- Dar cuenta de la aprobación de la Memoria Anual 2016 al Consejo Directivo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, cuando éste se instale. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES (www.sanipes.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ERNESTO BUSTAMANTE DONAYRE Director Ejecutivo Organismo Nacional de Sanidad Pesquera 1553151-1

Designan Asesor II de la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP)
INSTITUTO TECNOLÓGICO DE LA PRODUCCIÓN RESOLUCIÓN EJECUTIVA Nº 126-2017-ITP/DE Callao, 10 de agosto de 2017 CONSIDERANDO: Que, el cargo público de Asesor II de la Dirección Ejecutiva, es un cargo de confianza, conforme se establece en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado por la Resolución Ministerial N° 177-2016-PRODUCE, pudiéndose designar y dar por concluido a los funcionarios libremente; Que, se ha estimado conveniente designar a quien ocupará dicho cargo de confianza; Con las visaciones de la Oficina de Asesoría Jurídica; de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Decreto Legislativo 92, Ley del Instituto Tecnológico Pesquero del Perú (ITP), Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, que modifica su denominación por la de Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); y, el Decreto Supremo N° 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Maggy Alejandra Manrique Petrera, en el cargo de confianza de Asesor II de la Dirección Ejecutiva del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), con efectividad al 11 de agosto de 2017. Artículo 2.- Publíquese la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano"; y en el mismo día, en el Portal Institucional del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAUL FRANCOIS KRADOLFER ZAMORA Director Ejecutivo 1553077-1

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