Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2017 (24/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Jueves 24 de agosto de 2017 /

El Peruano

Aprueban el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2017 - Sector Transportes
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 840-2017 MTC/01 Lima, 23 de agosto de 2017 Vistos: El Oficio Múltiple Nº 018-2017-PCM/SD de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, el Memorándum N° 12062017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 224-2017-MTC/09.01 de la Oficina de Planeamiento de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el artículo 188 de la Constitución Política del Perú, establece que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; el proceso de descentralización se realiza por etapas, en forma progresiva y ordenada conforme a criterios que permitan una adecuada asignación de competencias y transferencia de recursos del gobierno nacional hacia los gobiernos regionales y locales; Que, el artículo 83 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone la formulación de planes anuales de transferencia de competencias sectoriales a los gobiernos regionales, con el fin que dicho proceso se realice en forma progresiva y ordenada; Que, el literal b) del numeral 11.3 de la Directiva Nº 005-CND-P-2005, "Procedimiento para la Formulación de los Planes de Transferencia Sectoriales de Mediano Plazo y los Planes Anuales de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales", aprobada por Resolución Presidencial Nº 081-CND-P-2005, dispone que el Plan Anual de Transferencia Sectorial deberá ser aprobado por Resolución Ministerial; Que, mediante el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 681-2015-MTC/01, se constituye la Comisión de Transferencia del Sector Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la citada Comisión ha elaborado el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2017 - Sector Transportes, el cual constituye un documento orientador para continuar con el proceso de descentralización sectorial en materia de transportes para el año 2017; Que, con Memorándum N° 1206-2017-MTC/09 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 224-2017-MTC/09.01 de la Oficina de Planeamiento, se emite opinión favorable al proyecto de Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2017 - Sector Transportes, y recomienda su aprobación mediante Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2017 - Sector Transportes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2017 - Sector Transportes, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, propuesto por la Comisión de Transferencia del Sector Transportes, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que los Órganos y los Proyectos Especiales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, involucrados, cumplan con implementar las acciones establecidas en el Plan aprobado en el artículo precedente, de conformidad con los lineamientos emitidos por la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros. Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto la coordinación de las acciones que correspondan para la implementación del Plan que se aprueba con el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Remitir a la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, copia de la presente Resolución Ministerial y del Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del Año 2017 - Sector Transportes, para los fines correspondientes. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones 1558102-3

Aprueban valor total de tasaciones de áreas de inmuebles afectados por la ejecución de obras de rehabilitación y mejoramiento de infraestructura vial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 841-2017 MTC/01.02 Lima, 23 de agosto de 2017 Visto: La Nota de Elevación Nº 531-2017-MTC/20 del 10 de agosto de 2017, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modificatorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley, define a la Adquisición como la transferencia voluntaria de la propiedad del inmueble necesario para la ejecución de la Obra de Infraestructura, del Sujeto Pasivo a favor del Beneficiario como resultado del trato directo; Que, asimismo el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, define al Beneficiario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura; y que, el único Beneficiario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas comprendiendo a los titulares de proyectos; Que, del mismo modo los numerales 4.10 y 4.11 del artículo 4 de la Ley, definen que el Sujeto Activo es el Ministerio competente del sector, responsable de la tramitación de los procesos de Adquisición o Expropiación y que, el Sujeto Pasivo es el propietario o poseedor

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