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2 NORMAS LEGALES Domingo 3 de diciembre de 2017 / El Peruano SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 4539-2017.- Autorizan a Mibanco Banco de la Microempresa S.A. la apertura de agencia en el distrito de Ventanilla y la conversión de oficinas especiales a agencias ubicadas en diversos departamentos del país 21 Res. Nº 4550-2017.- Modifican la Resolución SBS N° 4400- 2017, que autorizó modificación de dirección de agencia de Mibanco, Banco de la Microempresa S.A. 21 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Ordenanza Nº 012-2017-GRA/CR.- Aprueban conformación de la Mesa Regional de las Personas Adultas Mayores de Ayacucho 23 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO D.A. Nº 008-2017-MDB.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 489-MDB, que establece el Beneficio de Regularización de Deudas Tributarias y No Tributarias en el distrito 24MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA Ordenanza Nº 353.- Ordenanza que establece Beneficio Tributario Extraordinario en el distrito 25 Ordenanza Nº 354.- Modifican la Ordenanza N° 267 que regula el otorgamiento de licencia temporal para instituciones educativas pr ivadas de educación básica regular y centros educativos de educación básica especial en el distrito 26 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza N° 053-2017-MDMM.- Establecen beneficios e incentivos para pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 27 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO D.A. Nº 023-2017-ALC/MSI.- Aprueban Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad 29 R.A. Nº 449.- Designan Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Fiscalización de la Municipalidad 30 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PICHANAQUI Acuerdo Nº 143-2017-MDP .- Autorizan viaje de alcalde a EE.UU., en comisión de servicios 31 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en la localidad de Huayllapampa del distrito de Cuenca, provincia de Huancavelica, y en la localidad de Casma del distrito de Acostambo, provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica, por peligro inminente ante desembalse del río Mantaro y deslizamientos de tierra, declarado por Decreto Supremo N° 098-2017-PCM DECRETO SUPREMO N° 115-2017-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 098-2017- PCM, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 05 de octubre de 2017, se declaró el Estado de Emergencia por el plazo de sesenta (60) días calendario en la localidad de Huayllapampa del distrito de Cuenca, provincia de Huancavelica, y en la localidad de Casma del distrito de Acostambo, provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica, por peligro inminente ante desembalse del río Mantaro y deslizamientos de tierra; para la ejecución de acciones y medidas de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente en dichas localidades, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite. El Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 098-2017- PCM, se encuentra próximo a vencer; Que, conforme a lo establecido en el artículo 69 del Reglamento de la Ley Nº 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, y en el artículo 8 de la “Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastre”, aprobada por el Decreto Supremo Nº 074-2014-PCM; el Gobierno Regional presenta al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia adjuntando los informes técnicos que fundamenten su solicitud, así como las medidas de carácter presupuestal necesarias, para la emisión de una opinión respecto de su procedencia o improcedencia. En caso de procedencia, la norma dispone que el Estado de Emergencia no debe exceder de sesenta (60) días calendario; Que, mediante el O fi cio Nº 708-2017/GOB.REG.HVCA/ GR de fecha 13 de noviembre de 2017, el Gobernador Regional del Gobierno Regional de Huancavelica, solicita al Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) la prórroga del Estado de Emergencia declarado mediante el Decreto Supremo Nº 098-2017-PCM, en la localidad de Huayllapampa del distrito de Cuenca, provincia de Huancavelica, y en la localidad de Casma del distrito de Acostambo, provincia de Tayacaja, del departamento de Huancavelica, por peligro inminente ante desembalse del río Mantaro y deslizamientos de tierra; para la culminación de las medidas y acciones de excepción inmediatas y necesarias que correspondan en las zonas que pudieran ser afectadas; Que, mediante el O fi cio Nº 5381-2017-INDECI/5.0, de fecha 27 de noviembre de 2017, el Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), remite y hace suyo el Informe Técnico N° 00017-2017-INDECI/11.0 de fecha 21 de noviembre de 2017, del Director de Respuesta de la indicada entidad, quien opina por la procedencia de la solicitud de prórroga del Estado de Emergencia, teniendo en consideración el sustento contenido en: (i) el Informe N° 688-2017/GOB.REG.HCVA/ORDNSCGRDyDS del