Norma Legal Oficial del día 03 de diciembre del año 2017 (03/12/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 30

30

NORMAS LEGALES

Domingo 3 de diciembre de 2017 /

El Peruano

administrativo sancionador o la imposición de las medidas administrativas, en caso corresponda; Que, en ese contexto, mediante informe del visto, la Subgerencia de Desarrollo Corporativo emite opinión técnica favorable e indica que el proyecto de reglamento en mención establece disposiciones para el desarrollo de la función de supervisión ambiental que garantice su adecuado desempeño como área especializada; Que, estando a la opinión de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante el Informe Nº 0703-2017-0400-GAJ/ MSI; En uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Supervisión Ambiental de la Municipalidad de San Isidro, que consta de tres (03) títulos, veintiún (21) artículos y cinco (05) anexos, los mismos que forman parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Sostenibilidad a través de la Subgerencia de Medio Ambiente, la implementación de las disposiciones establecidas en el Reglamento y sus anexos aprobados en el artículo que antecede. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Oficina de Comunicaciones e Imagen de la Corporación Edil, la publicación del presente Decreto y su anexo en el Portal Web de la Municipalidad de distrital de San Isidro (www. msi.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1592886-1

Designan Ejecutor Coactivo Subgerencia de Fiscalización Municipalidad

de de

la la

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 449 San Isidro, 30 de noviembre de 2017 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO VISTO: El Informe Nº 424-2017-0900-GRH/MSI de la Gerencia de Recursos Humanos. CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo Segundo de la Resolución de Alcaldía Nº 425 del 13 de noviembre de 2017 se encargó a don DAVID AMIEL LARCO las funciones de Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Fiscalización, con eficacia anticipada a partir del 09 de noviembre de 2017; Que, el artículo 7º, numeral 7.1, del TUO de la Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, Ley Nº 26979, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor se efectuará mediante concurso público de méritos, y mediante Ley Nº 27204 se precisó dicha norma señalando que el Ejecutor Coactivo es funcionario nombrado o contratado, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representa, y su designación no implica que dicho cargo sea de confianza; Que, el Decreto Legislativo Nº 1057, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, y sus normas modificatorias, establecen reglas de ingreso al régimen especial de contratación administrativa de servicios ­ CAS, para garantizar los principios de méritos

y capacidad, igualdad de oportunidades y profesionalismo de la administración pública, prescribiendo que el acceso a dicho régimen se realiza obligatoriamente mediante concurso público; así como regula un procedimiento de contratación que incluye las etapas de: preparatoria, convocatoria, selección, y de firma y suscripción del contrato; Que, a su vez, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, con Informe Técnico Nº 052-2015-SERVIR/ GPGSC, señala que excepcionalmente, por causas debidamente justificadas, se podrá contratar ejecutores coactivos mediante el régimen laboral del Contrato Administrativo de Servicios (CAS); Que, al respecto, mediante Acta de Resultado Final del 31 de octubre de 2017 se declaró ganador del Proceso CAS Nº 282-2017-MSI "Convocatoria para la contratación administrativa de servicios de un ejecutor coactivo - Subgerencia de Fiscalización", a don DAVID AMIEL LARCO, y con fecha 07 de noviembre de 2017 se suscribió el Contrato Administrativo de Servicios Nº 1184-2017 con el objeto que don DAVID AMIEL LARCO se desempeñe como Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Fiscalización; Que, por otra parte, de acuerdo con los artículos 7º, numeral 7.1, y 17º, numeral 17.1, del TUO de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, se faculta la posibilidad de disponer en el mismo acto administrativo o de administración interna, que tenga eficacia anticipada a su emisión; Que, en este contexto, mediante el informe del visto, la Gerencia de Recursos Humanos opina que corresponde designar, con eficacia anticipada al 09 de noviembre de 2017, como Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Fiscalización, a don DAVID AMIEL LARCO, en su condición de ganador del Proceso CAS Nº 282-2017MSI "Convocatoria para la contratación administrativa de servicios de un ejecutor coactivo ­ Subgerencia de Fiscalización"; Que, por tales consideraciones, a fin de garantizar el normal desenvolvimiento de la gestión de las acciones coercitivas respecto a la deuda no tributaria de la Municipalidad de San Isidro, corresponde designar, con eficacia anticipada al 09 de noviembre de 2017, a don DAVID AMIEL LARCO, como Ejecutor Coactivo de la Subgerencia de Fiscalización; Que, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica con Informe Nº 0721-2017-0400-GAJ/MSI; y, Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20º, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972 y modificatorias; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, con eficacia anticipada a partir del 09 de noviembre de 2017, en el cargo de EJECUTOR COACTIVO de la Subgerencia de Fiscalización de la Municipalidad de San Isidro, a don DAVID AMIEL LARCO, servidor contratado mediante el régimen laboral especial regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO el Artículo Segundo de la Resolución de Alcaldía Nº 425 del 13 de noviembre de 2017. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Gerencia de Recursos Humanos y a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres, a través de la Subgerencia de Fiscalización, para las acciones correspondientes según sus competencias. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1592885-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.