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5 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2017 El Peruano / entre otros, el presupuesto institucional del pliego 026: Ministerio de Defensa; Que, el Decreto Legislativo Nº 1132 aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, la cual tiene como propósito regular y ordenar el pago de las remuneraciones, boni fi caciones y bene fi cios del personal militar y policial, estableciendo una única y nueva escala de ingresos que considera el alto riesgo en el desarrollo de sus labores, el trabajo efectivo y la responsabilidad de sus funciones; Que, el literal c) del artículo 9 del Decreto Legislativo N° 1132 y el artículo 13 del Reglamento de dicho Decreto Legislativo, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2013-EF, establecen que la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es otorgada por única vez al personal militar o policial al momento en que pase a la Situación de Retiro, teniendo en cuenta la Unidad de Ingreso del Sector Público (UISP) establecida en la Ley Nº 28212 y los años completos de servicio prestados, la cual será calculada en función de la remuneración base para la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) regulada en el artículo 21 del referido Decreto Legislativo; Que, el artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1132, establece, entre otros, que el subsidio por fallecimiento se asigna en los casos de fallecimiento del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú en situación de actividad, así como del cónyuge, hijos o padres; asimismo, en el caso de fallecimiento del personal de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú, el monto del subsidio será equivalente a tres (03) Remuneraciones Consolidadas del grado correspondiente a la fecha del deceso del efectivo, y se otorgará en el siguiente orden excluyente: cónyuge, hijos, padres y hermanos; Que, el Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, establece el pago de subsidio a favor del personal civil; Que, mediante O fi cio N° 1823-2017-MINDEF/DM, el Ministerio de Defensa solicita recursos adicionales, a favor del citado pliego para fi nanciar en el presente año, el costo de la Compensación por Tiempo de Servicios al mes de diciembre de 2017, del personal militar en situación de retiro del Ejército Peruano, de la Marina de Guerra del Perú y de la Fuerza Aérea del Perú; Asimismo, solicita recursos adicionales para atender el subsidio por fallecimiento del personal militar y civil; Que, de acuerdo a la información proporcionada por el Ministerio de Defensa y por la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos del Ministerio de Economía y Finanzas, se ha determinado que el monto por atender en la genérica de gasto 2.1 Personal y Obligaciones Sociales asciende a la suma de TREINTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 36 183 508,00) correspondiendo dicha suma al costo del bene fi cio de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) para el personal militar en situación de retiro por distintas causales; y en la genérica de gasto 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales asciende a la suma de CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 5 687 644,00) correspondiendo dicha suma al costo del bene fi cio del Subsidio por Fallecimiento a favor del personal militar y civil; lo cual hace un total de CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 41 871 152,00); Que, los artículos 44 y 45 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 41 871 152,00), a favor del pliego Ministerio de Defensa, para fi nanciar el requerimiento señalado en los considerandos precedentes; teniendo en cuenta que los citados recursos no han sido previstos en el presupuesto institucional del presente año fi scal del referido pliego; De conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de CUARENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 41 871 152,00), a favor del pliego 026: Ministerio de Defensa, destinado a fi nanciar el costo de la Compensación por Tiempo de Servicios al mes de diciembre de 2017, del personal militar en situación de retiro del Ejército Peruano, de la Marina de Guerra del Perú y de la Fuerza Aérea del Perú; asimismo, para fi nanciar el costo del subsidio por fallecimiento del personal militar y civil, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIASQUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector PúblicoFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios En SolesGASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 41 871 152,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 41 871 152,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 026 : Ministerio de DefensaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosUNIDAD EJECUTORA 003 : Ejército Peruano GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2 513 107,00 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 4 465 018,00 -------------------- Subtotal UE 003 6 978 125,00 ------------------- UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 19 234 456,00 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 790 517,00 ------------------- Subtotal UE 004 20 024 973,00 ------------------- UNIDAD EJECUTORA 005 : Fuerza Aérea del PerúGASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 14 435 945,00 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 432 109,00 -------------------- Subtotal UE 005 14 868 054,00 ------------------- TOTAL PLIEGO 026 41 871 152,00 ============ TOTAL EGRESOS 41 871 152,00 ============