Norma Legal Oficial del día 29 de diciembre del año 2017 (29/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Viernes 29 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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N° 020-2007-MTC, que señala que suscrita la adenda, el adquirente asumirá automáticamente todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión; Que, asimismo, siendo que la Resolución Viceministerial N° 1286-2017-MTC/03, objeto de rectificación, fue publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 de diciembre de 2017, corresponde igualmente publicar en el mismo diario la resolución rectificatoria, en observancia a lo establecido en el numeral 210.2 del artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; independientemente de la notificación de la resolución a los administrados de acuerdo con las formalidades de Ley; y, De conformidad con lo dispuesto en Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo único. - Rectificar el error material del artículo 3 de la Resolución Viceministerial N° 1286-2017-MTC/03, en el siguiente sentido: Dice: "Artículo 3.- Reconocer a la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. como nueva titular de la concesión otorgada con Resoluciones Ministeriales N° 115-93-TCC/15.17, N° 210-95-MTC/15.17 y N° 448-95-MTC/15.17, adecuadas al régimen de concesión única con Resolución Ministerial N° 794-2009-MTC/03 y renovada con Resolución Ministerial N° 331-2016-MTC/01.03, a partir del 21 de setiembre de 2012, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión transferida". Debe decir: "Artículo 3.- Reconocer a la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A. como nueva titular de la concesión otorgada con Resoluciones Ministeriales N° 115-93-TCC/15.17, N° 210-95-MTC/15.17 y N° 448-95-MTC/15.17, adecuadas al régimen de concesión única con Resolución Ministerial N° 794-2009-MTC/03 y renovada con Resolución Ministerial N° 331-2016-MTC/01.03, a partir de la suscripción de la Adenda antes citada, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión transferida". Regístrese, comuníquese y publíquese CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1601359-1

empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.; Que, con Memorando N° 3637-2017-MTC/03 del 18 de diciembre de 2017, el Despacho del Viceministro de Comunicaciones advierte un error material en el artículo 3 de la Resolución Viceministerial N° 1287-2017-MTC/03, por lo que solicita formalizar la rectificación de oficio de la citada resolución de conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, el numeral 210.1 del artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que "los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión". A su vez, el numeral 210.2 del citado artículo dispone que "la rectificación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original"; Que, en esa medida, dado el error material incurrido debe procederse a la rectificación de oficio del artículo 3 de la Resolución Viceministerial N° 1287-2017-MTC/03, emitiéndose el acto administrativo correspondiente, esto es, una resolución viceministerial, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, cabe indicar que la rectificación del artículo 3 de la Resolución Viceministerial N° 1287-2017-MTC/03, no afectará el sentido del acto administrativo contenido en dicha resolución, considerando que se encuentra dentro del marco de lo dispuesto en el artículo 117 del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado con Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, que señala que suscrita la adenda, el adquirente asumirá automáticamente todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión; Que, asimismo, siendo que la Resolución Viceministerial N° 1287-2017-MTC/03, objeto de rectificación, fue publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 07 de diciembre de 2017, corresponde igualmente publicar en el mismo diario la resolución rectificatoria, en observancia a lo establecido en el numeral 210.2 del artículo 210 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; independientemente de la notificación de la resolución a los administrados de acuerdo con las formalidades de Ley; y, De conformidad con lo dispuesto en Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo único. - Rectificar el error material del artículo 3 de la Resolución Viceministerial N° 1287-2017-MTC/03, en el siguiente sentido: Dice: "Artículo 3.- Reconocer a la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A., como nueva titular de la concesión otorgada con Resoluciones Ministeriales N° 108-93TCC/15.17 y N° 030-96-MTC/15.17, adecuadas al régimen de concesión única con Resolución Ministerial N° 6722008-MTC/03 y renovada a con Resolución Ministerial N° 338-2016-MTC/01.03 a partir del 25 de setiembre de 2012, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión transferida". Debe decir: "Artículo 3.- Reconocer a la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A., como nueva titular de la concesión otorgada con Resoluciones Ministeriales N° 108-93TCC/15.17 y N° 030-96-MTC/15.17, adecuadas al régimen de concesión única con Resolución Ministerial N° 6722008-MTC/03 y renovada a con Resolución Ministerial N° 338-2016-MTC/01.03 a partir de la suscripción de la Adenda antes citada, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la concesión transferida". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS VALDEZ VELÁSQUEZ-LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 1601366-1

Rectifican error material incurrido en la R.VM. N° 1287-2017-MTC/03, sobre reconocimiento de la empresa Telefónica del Perú S.A.A. como nueva titular de concesión otorgada mediante RR.MM. N° 108-93-TCC/15.17 y N° 030-96-MTC/15.17
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 1371-2017-MTC/03 Lima, 20 de diciembre de 2017 VISTO, el Memorando N° 3637-2017-MTC/03 del Despacho del Viceministro de Comunicaciones, sobre rectificación de error material en el artículo 3 de la Resolución Viceministerial N° 1287-2017-MTC/03; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Viceministerial N° 12872017-MTC/03 del 01 de diciembre de 2017, publicada el 07 de diciembre de 2017 en el Diario Oficial El Peruano, se declaró aprobada al 25 de setiembre de 2012, en virtud del silencio administrativo positivo, la transferencia de la concesión otorgada a la empresa TELEFONICA MULTIMEDIA S.A.C., mediante Resoluciones Ministeriales N° 108-93-TCC/15.17 y N° 030-96-MTC/15.17, adecuadas al régimen de concesión única con Resolución Ministerial N° 672-2008-MTC/03 y renovada con Resolución Ministerial N° 338-2016-MTC/01.03 para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, a favor de la

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