Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2017 (18/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Martes 18 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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aprobado por Resolución Ministerial N° 204-2017-MC, el cargo de Director General de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural es considerado de confianza; Que, a través del artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 177-2013-MC de fecha 20 de junio de 2013, se encargó a la señorita Blanca Margarita Alva Guerrero, entonces Directora General de la Dirección General de Fiscalización y Control, las funciones de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, así como las funciones de la Dirección de Participación Ciudadana; Que, se ha visto por conveniente dejar sin efecto el encargo de funciones de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, antes mencionado; así como, designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señorita Leslie Carol Urteaga Peña, en el cargo de Directora General de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural del Ministerio de Cultura; dejando sin efecto el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 177-2013-MC. Regístrese, comuníquese y publíquese. SALVADOR DEL SOLAR LABARTHE Ministro de Cultura 1545263-1

DEFENSA
Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 993-2017 DE/FAPLima, 14 de julio de 2017 Visto, el Acta de la II Reunión Bilateral de Jefes de Estado Mayor General entre la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea Colombiana de fecha 23 de agosto de 2016, el Oficio NC-35-AGCOL-N° 038 de fecha 20 de junio de 2017 del Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Colombia y el Oficio NC-19-LOPL-N° 0974 de fecha 21 de junio de 2017 del Director General de Logística de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, mediante la Actividad B-07 del Anexo "Bravo" del Acta de la II Reunión Bilateral de Jefes de Estado Mayor General entre la Fuerza Aérea del Perú y la Fuerza Aérea Colombiana de fecha 23 de agosto de 2016, se acordó realizar el Intercambio de experiencias en capacidades de mantenimiento aeronáutico logístico, en la ciudad de Bogotá ­ República de Colombia, durante el primer semestre del año 2017; Que, mediante el Oficio NC-35-AGCOL-N° 038 de fecha 20 de junio de 2017, el Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República de Colombia; informa que el Intercambio de experiencias en capacidades de mantenimiento aeronáutico logístico, se realizará en la ciudad de Bogotá ­ República de Colombia, del 25 al 28 de julio de 2017; Que, mediante el Oficio NC-19-LOPL-N° 0974 de fecha 21 de junio de 2017, el Director General de Logística de la Fuerza Aérea del Perú, solicita que se inicien los trámites para la formulación del proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior del Personal

Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el Intercambio de experiencia en capacidades de mantenimiento aeronáutico logístico, que se realizará en la ciudad de Bogotá ­ República de Colombia, del 25 al 28 de julio de 2017; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla en la parte resolutiva, para que participe en el Intercambio de experiencias en capacidades de mantenimiento aeronáutico logístico, el cual se realizará en la ciudad de Bogotá ­ República de Colombia, del 25 al 28 de julio de 2017; por cuanto, permitirá conocer las capacidades de otros talleres de mantenimiento e intercambiar experiencias técnico-logísticas, optimizando el sistema de manteniendo de la Fuerza Aérea del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación; así como, su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, conforme a lo mencionado según documento HG-N° 0083 DGDF-ME/SIAF-SP de fecha 27 de junio de 2017 del Jefe del Departamento de Economía y Finanzas de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por pasajes aéreos internacionales y viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; lo cual incluye para el presente evento pasajes aéreos internacionales y viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso a) y b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en el Intercambio de experiencias en capacidades de mantenimiento aeronáutico logístico, el cual se realizará en la ciudad de Bogotá ­ República de Colombia, del 25 al 28 de julio de 2017; así como, su salida del país el 24 de julio de 2017 y retorno el 29 de julio de 2017: Coronel FAP NSA: O-9485583 Coronel FAP NSA: O-9561388 ARMANDO SEGUNDO CHAVEZ PAZ DNI: 43345528 VICTOR AURELIO GARCIA GUEROVICH DNI: 07252105

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2017, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes aéreos: Lima - Bogotá (República de Colombia) ­ Lima US $ 869.53 X 02 personas (Incluye TUUA) = US $ Viáticos US $ 370.00 x 04 días X 02 personas Total a Pagar = US $ 2,960.00 ---------------------= US $ 4,699.06 1,739.06

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