Norma Legal Oficial del día 18 de julio del año 2017 (18/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano / Martes 18 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

13

acreencias con el valor total de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones Anexo Valor total de la Tasación correspondiente a un (01) inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett ­ Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao, ubicado en el distrito de Bellavista, Provincia Constitucional del Callao.
INCENTIVO VALOR DEL VALOR VALOR COMERCIAL DEL 20% DEL PERJUICIO TOTAL DE LA DEL INMUEBLE (VCI) VCI ECONÓMICO TASACIÓN (S/) (S/) (S/) (S/) 925,171.15 185,034.23 5,550.00 1´115,755.38

Nº 1

CÓDIGO EL16-160

1545259-2

SA, modificado por Decreto Supremo N° 002-2016SA, establece que el Jefe del Seguro Integral de Salud tiene como función designar, suspender o remover a los trabajadores en cargos de dirección y de confianza, de acuerdo a la normatividad aplicable; Que, mediante Resolución Jefatural N° 125-2017/ SIS se designó, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, al señor Mario Amador Arenas Valer en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud, la misma que se ha considerado conveniente dejar sin efecto; Con el visto bueno de la Secretaria General (e), del Director General de la Oficina General de Administración de Recursos y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 065-2011-PCM, y en concordancia con el numeral 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida a partir de la fecha la designación del señor Mario Amador Arenas Valer, en el cargo de Director Ejecutivo de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud, efectuada mediante Resolución Jefatural N° 1252017/SIS. Artículo Segundo.- Disponer que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y, en coordinación con la Oficina General de Tecnologías de la Información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. MOISÉS ERNESTO ROSAS FEBRES Jefe del Seguro Integral de Salud 1545257-1

ORGANISMOS EJECUTORES

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Dan por concluida la designación de Director Ejecutivo de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración de Recursos del SIS
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 145-2017/SIS Lima, 17 de julio de 2017 VISTOS: El Informe N° 004-2017-SIS-OGAR de la Oficina General de Administración de Recursos y el Informe N° 152-2017-SIS-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionaros en cargos de confianza distinto a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el artículo 6 de la referida Ley dispone que todas las resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario que postergue su vigencia; Que, la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, dispone que el personal establecido en los numerales 1 y 2 e inciso a) del numeral 3 el artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo, precisando que dicho personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal CAP de la Entidad; Que, el numeral 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-

Modifican el "Manual Clasificador de Cargos del Seguro Integral de Salud - SIS"
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 146-2017/SIS Lima, 17 de julio de 2017 VISTOS: El Informe N° 270-2017-SIS-OGAR/ OGRH con Proveído N° 360-2017-SIS/OGAR de la Oficina General de Administración de Recursos, el Informe N° 007-2017-SIS/OGPPDO-FMSY con Proveído N° 240-2017-SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y el Informe N° 140-2017-SIS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, dispone que la finalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el Seguro Integral de Salud - SIS es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, conforme a la calificación y relación de los

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.