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9 NORMAS LEGALES Miércoles 7 de junio de 2017 El Peruano / Resolución Ministerial expedida por el Ministerio del Ambiente.” “Artículo 4.- Finalidad La Comisión Multisectorial para la Gestión de la Iniciativa del Aire Limpio para Lima y Callao emitirá los informes técnicos que contengan las propuestas de mecanismos de coordinación interinstitucional y las modi fi caciones normativas orientadas a mejorar la calidad del aire de Lima y Callao.” “Artículo 5.- Financiamiento El cumplimiento de las funciones de la Comisión Multisectorial para la Gestión de la Iniciativa del Aire Limpio para Lima y Callao se fi nancia con cargo al presupuesto institucional del Ministerio del Ambiente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Asimismo, los gastos que pueda involucrar la participación de los representantes de la citada Comisión Multisectorial se fi nancian con cargo al presupuesto de las entidades a las cuales pertenecen”. Segunda.- Modi fi cación del Reglamento Interno de la Comisión Multisectorial para la Gestión de la Iniciativa del Aire Limpio para Lima y Callao Mediante Resolución Ministerial emitida por el Ministerio del Ambiente, en el plazo máximo de treinta (30) días hábiles contados desde la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, l a Comisión Multisectorial para la Gestión de la Iniciativa del Aire Limpio para Lima y Callao modi fi cará su Reglamento Interno, aprobado por Resolución Ministerial Nº 229-2013-VIVIENDA.DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación de normas referidas al ECA para Aire Derógase el Decreto Supremo Nº 074-2001-PCM, el Decreto Supremo Nº 069-2003-PCM, el Decreto Supremo Nº 003-2008-MINAM y el Decreto Supremo Nº 006-2013-MINAM. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de junio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas PEDRO OLAECHEA ÁLVAREZ CALDERÓN Ministro de la Producción PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento Anexo Estándares de Calidad Ambiental para Aire Parámetros Período Valor [μg/m3]Criterios de evaluación Método de análisis [1] Benceno (C6H6) Anual 2 Media aritmética anual Cromatografía de gases Dióxido de Azufre (SO2) 24 horas 250 NE más de 7 veces al añoFluorescencia ultravioleta (Método automático) Dióxido de Nitrógeno (NO2)1 hora 200 NE más de 24 veces al año Quimioluminiscencia (Método automático) Anual 100 Media aritmética anual Material Particulado con diámetro menor a 2,5 micras (PM2,5)24 horas 50 NE más de 7 veces al año Separación inercial/ fi ltración (Gravimetría) Anual 25 Media aritmética anual Material Particulado con diámetro menor a 10 micras (PM10)24 horas 100 NE más de 7 veces al año Separación inercial/ fi ltración (Gravimetría) Anual 50 Media aritmética anual Mercurio Gaseoso Total (Hg) [2] 24 horas 2 No excederEspectrometría de absorción atómica de vapor frío (CVAAS) o Espectrometría de fl uorescencia atómica de vapor frío (CVAFS) o Espectrometría de absorción atómica Zeeman. (Métodos automáticos) Monóxido de Carbono (CO)1 hora 30000 NE más de 1 vez al año Infrarrojo no dispersivo (NDIR) (Método automático) 8 horas 10000 Media aritmética móvil Ozono (O3) 8 horas 100Máxima media diaria NE más de 24 veces al añoFotometría de absorción ultravioleta (Método automático) Plomo (Pb) en PM10Mensual 1,5 NE más de 4 veces al año Método para PM10 (Espectrofotometría de absorción atómica)Anual 0,5Media aritmética de los valores mensuales Sulfuro de Hidrógeno (H2S) 24 horas 150 Media aritméticaFluorescencia ultravioleta (Método automático) NE: No Exceder. [1] o método equivalente aprobado. [2] El estándar de calidad ambiental para Mercurio Gaseoso Total entrará en vigencia al día siguiente de la publicación del Protoc olo Nacional de Monitoreo de la Calidad Ambiental del Aire, de conformidad con lo establecido en la Sétima Disposición Complementar ia Final del presente Decreto Supremo. 1529835-1