Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2017 (18/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Domingo 18 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo 3.- Funciones del Grupo de Trabajo 3.1 El Grupo de Trabajo tendrá las siguientes funciones: 3.1.1 Dirigir y difundir las medidas necesarias que permitan apoyar y facilitar la realización del "Rally Dakar Perú 2018". 3.1.2 Coordinar con las diversas entidades vinculadas al desarrollo del "Rally Dakar Perú 2018", la adecuada gestión de los procedimientos y trámites que sean necesarios para su ejecución. 3.1.3 Otras funciones que le sean encomendadas. 3.2 El Grupo de Trabajo culminará sus funciones al término del evento "Rally Dakar Perú 2018". Artículo 4.- Participación de otras Entidades El Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Defensa, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria y la Superintendencia Nacional de Migraciones, deberán realizar las acciones que correspondan dentro del ámbito de sus competencias, con la finalidad de facilitar al Grupo de Trabajo la realización de las actividades vinculadas al evento "Rally Dakar Perú 2018", proponiendo de ser el caso las medidas necesarias. Asimismo, el Grupo de Trabajo podrá solicitar la participación de otras entidades para el logro de sus objetivos. Artículo 5.- Financiamiento El desarrollo del "Rally Dakar Perú 2018" en el Perú será financiado con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, en el marco de las Leyes Anuales de Presupuesto. Artículo 6.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, la Ministra de Educación, la Ministra del Ambiente y el Ministro de Cultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de junio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo MARILÚ DORIS MARTENS CORTÉS Ministra de Educación y Encargada del despacho del Ministerio de Cultura 1534402-1

Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 218-2017-MINCETUR Lima, 16 de junio de 2017 Visto el Oficio N° 254-2017-PROMPERÚ/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo­PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente

para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por las Subdirecciones de Promoción del Turismo Receptivo y Promoción del Turismo Interno de PROMPERÚ, se ha contemplado la participación conjuntamente con empresas de este sector, en el evento "Roadshow Ecuador 2017", a realizarse en las ciudades de Guayaquil, Cuenca y Quito, República de Ecuador, del 19 al 23 de junio de 2017 con el objetivo de brindar información actualizada de nuestra oferta turística, para incentivar la comercialización y diversificación de la oferta peruana, generando un espacio de encuentro entre operadores peruanos y ecuatorianos, promoviendo de esta manera al Perú; asimismo sostendrá reuniones de coordinación con la Oficina Comercial del Perú con sede en Quito; Que, es importante la participación en este Roadshow, porque permitirá capacitar a los agentes y operadores ecuatorianos acerca de los principales destinos turísticos del Perú, priorizando las regiones de Lima, Ica, Cusco, Lambayeque, La Libertad, Piura, Tumbes, para tal efecto el evento contará con seminarios de capacitación y ruedas de negocios con la finalidad de acercar a los operadores peruanos y ecuatorianos para generar potenciales negocios; Que, por tal razón, la Secretaría General de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje al exterior de las señoritas Lizbeth Karina Corrales Orduña, Coordinadora del Departamento Región Nor Amazónica, Departamento Región Nor Amazónica, Subdirección de Promoción del Turismo Interno, Dirección de Promoción del Turismo, y Liz Carolina Chuecas Gatty, Coordinadora del Departamento de Mercado Latinoamericano, Departamento de Mercado Latino América, Subdirección de Promoción del Turismo Receptivo, Dirección de Promoción del Turismo, a las ciudades de Guayaquil, Cuenca y Quito, República de Ecuador, para que en representación de la Entidad, realicen acciones de promoción del turismo receptivo; Que, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo­MINCETUR, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM y el Decreto Supremo N° 013-2013-MINCETUR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje a las ciudades de Guayaquil, Cuenca y Quito, República de Ecuador, de las señoritas Lizbeth Karina Corrales Orduña, del 19 al 23 de junio de 2017, y Liz Carolina Chuecas Gatty, del 19 al 24 de junio de 2017, para que en representación de PROMPERÚ, lleven a cabo diversas acciones previas y durante el desarrollo del evento mencionado en la parte considerativa de la presente Resolución, para la promoción del turismo. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:

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