Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2017 (19/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Lunes 19 de junio de 2017 /

El Peruano

Designan Directora de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 227-2017-VIVIENDA Lima, 16 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Jessica Hayde Bouroncle Herrera, en el cargo de Directora de la Oficina de Integridad y Lucha contra la Corrupción de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1534255-3

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL
Formalizan las modificaciones a la Directiva N° 001-2010-SERVIR/GDCR "Directiva que regula el desarrollo de los diagnósticos de conocimientos de las personas al servicio del Estado de los Sistemas Administrativos del Estado"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 099 -2017-SERVIR-PE Lima,15 de junio de 2017 VISTOS, el Memorando N° 197-2017-SERVIR/ GDCRSC y el Informe N° 008-2017-SERVIR/GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo establecido en el literal a) del artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1023, es función, entre otras, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, planificar y formular las políticas nacionales, entre otros, en temas de rendimiento, evaluación, desarrollo y capacitación;

Que, el artículo 10 de la Ley del Servicio Civil, Ley N° 30057, establece que la finalidad del proceso de capacitación es buscar la mejora del desempeño de los servidores civiles para brindar servicios de calidad a los ciudadanos. Asimismo, busca fortalecer y mejorar las capacidades de los servidores civiles para el buen desempeño y es una estrategia fundamental para alcanzar el logro de los objetivos institucionales; Que, por su parte, el artículo 9 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, dispone que la capacitación tiene como finalidad cerrar las brechas identificadas en los servidores civiles, fortaleciendo sus competencias y capacidades para contribuir a la mejora de la calidad de los servicios brindados a los ciudadanos y las acciones del Estado y alcanzar el logro de los objetivos institucionales; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 058-2010-SERVIR/PE, previo acuerdo del Consejo Directivo, se aprobó la Directiva N° 001-2010-SERVIR/ GDCR "Directiva que regula el desarrollo de los diagnósticos de conocimientos de las personas al servicio del Estado de los Sistemas Administrativos del Estado", cuya finalidad es medir las brechas de conocimientos de las personas al servicio del Estado de los Sistemas Administrativos del Estado, con el fin de adecuar las estrategias de capacitación a las necesidades que se identifiquen; y de esa forma, contribuir a la mejora continua de la administración pública a través del fortalecimiento del Servicio Civil; Que, mediante los documentos del visto, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, propone modificar el ámbito de aplicación de la citada Directiva, de tal manera que el desarrollo de los diagnósticos de conocimientos de las personas al servicio del Estado, abarque a todos aquellos servidores y entidades comprendidas en los diferentes Sistemas que organizan las actividades de la Administración Pública; Que, la ampliación del ámbito de aplicación de la citada Directiva, permitirá recoger información transcendental para la toma de decisiones que involucren la implementación del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, así como la planificación de capacitación de las personas al servicio del Estado, orientadas a mejorar el desempeño y el logro de los objetivos estratégicos de las entidades; Que, el Consejo Directivo en la Sesión N° 012-2017 del 01 de junio del 2017, aprobó las modificaciones a la Directiva N° 001-2010-SERVIR/GDCR "Directiva que regula el desarrollo de los diagnósticos de conocimientos de las personas al servicio del Estado de los Sistemas Administrativos del Estado" presentada por la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, encargando al Presidente Ejecutivo emitir la Resolución correspondiente; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil y de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1023, la Ley N° 30057 -- Ley del Servicio Civil, la Ley N° 27444 -- Ley del Procedimiento Administrativo General y sus modificatorias y de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Formalizar las modificaciones a la Directiva N° 001-2010-SERVIR/GDCR "Directiva que regula el desarrollo de los diagnósticos de conocimientos de las personas al servicio del Estado de los Sistemas Administrativos del Estado", las cuales en anexo forman parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y de la presente Resolución y su anexo en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano de la integridad. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1534173-1

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