Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2017 (19/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Lunes 19 de junio de 2017

NORMAS LEGALES

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DEBE DECIR: "Artículo 5.- Disponer que todo procedimiento administrativo se sujete a lo establecido en el apartado VIII disposiciones transitorias de la presente directiva." 1534285-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicios de radiodifusión sonora en FM en los departamentos de Ayacucho, Cusco y Cajamarca
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 548-2017-MTC/03 Lima, 2 de junio de 2017 VISTO, el escrito de registro N° E-258056-2016, presentado por el señor ROMULO LOAYZA ORE, sobre otorgamiento de autorización por Concurso Público para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de San Francisco-Rosario-Sivia-Quimbiri-Pichari, departamentos de Ayacucho y Cusco; CONSIDERANDO:

SALUD
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 437-2017/MINSA Mediante Oficio Nº 2170-2017-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 437-2017/MINSA, publicada en la edición del 8 de junio de 2017. En el sétimo considerando DICE: "Que, con el documento del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, ha sustentado la necesidad de actualizar el Documento Técnico: Análisis de Situación de Salud de las y los Adolescentes ­ "Ubicándolos y Ubicándonos", así como el Documento Técnico: Análisis de Situación de Salud de las y los Jóvenes: "Una Mirada al Bono Demográfico"; y ha propuesto en sus reemplazos una versión que incluye en un solo documento a los dos etapas de vida, denominado Documento Técnico: Situación de Salud los Adolescentes y Jóvenes en el Perú, cuyo objetivo es proporcionar a los diferentes actores involucrados en la salud de los adolescentes y jóvenes, una herramienta necesaria para planificar y evaluar intervenciones intersectoriales con un enfoque de determinantes sociales;" DEBE DECIR: "Que, con el documento del visto, la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, ha sustentado la necesidad de actualizar el Documento Técnico: Análisis de Situación de Salud de las y los Adolescentes ­ "Ubicándolos y Ubicándonos", así como el Documento Técnico: Análisis de Situación de Salud de las y los Jóvenes: "Una Mirada al Bono Demográfico"; y ha propuesto en sus reemplazos una versión que incluye en un solo documento a las dos etapas de vida, denominado Documento Técnico: Situación de Salud de los Adolescentes y Jóvenes en el Perú, cuyo objetivo es proporcionar a los diferentes actores involucrados en la salud de los adolescentes y jóvenes, una herramienta necesaria para planificar y evaluar intervenciones intersectoriales con un enfoque de determinantes sociales;" DICE: "Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: Situación de Salud los Adolescentes y Jóvenes en el Perú, que adjunto forma parte de la Resolución Ministerial". DEBE DECIR: "Artículo 1.- Aprobar el Documento Técnico: Situación de Salud de los Adolescentes y Jóvenes en el Perú, que adjunto forma parte de la Resolución Ministerial". 1534287-1

Que, el artículo 16 de la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, y sus modificatorias, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por Concurso Público. El Concurso Público es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda es menor al número de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolución Directoral Nº 2134-2015MTC/28, se aprobaron las Bases del Concurso Público N° 02-2015-MTC/28, para el otorgamiento de autorización para prestar el servicio de radiodifusión sonora, en las modalidades comercial y educativa, en Frecuencia Modulada (FM), en diversas localidades, entre las cuales se encuentra la localidad de San Francisco-RosarioSivia-Quimbiri-Pichari, departamentos de Ayacucho y Cusco; Que, con fecha 06 de mayo de 2016, se llevó a cabo el Acto Público Único: Recepción y Apertura de Sobres Nº 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Público N° 02-2015-MTC/28, adjudicándose la Buena Pro al señor ROMULO LOAYZA ORE, para la autorización del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de San Francisco-RosarioSivia-Quimbiri-Pichari, departamentos de Ayacucho y Cusco; Que, el artículo 19 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2015MTC establece que la autorización para prestar el servicio de radiodifusión es concedida mediante Resolución del Viceministro de Comunicaciones; Que, con Resolución Viceministerial Nº 086-2004MTC/03, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de San Francisco-Rosario-Sivia-Quimbiri-Pichari ubicada en los departamentos de Ayacucho y Cusco, Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias para la referida banda y localidad, establece 1 KW. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia antena. Asimismo, según Resolución Ministerial N° 358-2003MTC/03 que aprobó las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y sus modificatorias, las estaciones que operen en el rango mayor a 500 W. hasta 1 KW. de e.r.p. en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D4, consideradas de baja potencia; Que, en virtud de lo indicado, el señor ROMULO LOAYZA ORE, no se encuentra obligado a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4 y el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por el Decreto Supremo N° 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles

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