Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2017 (11/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 11 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES

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MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Autorizan viaje de Viceministra de la Mujer a los EE.UU, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 074-2017-MIMP Lima, 9 de marzo de 2017 Vistos, el Informe N° 010-2017-MIMP/OGPP-OCIN de la Oficina de Cooperación Internacional y la Nota N° 0612017-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP; CONSIDERANDO: Que, la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer ­ CSW, es una comisión orgánica del Consejo Económico y Social ­ ECOSOC de las Naciones Unidas, encargada exclusivamente de la formación de políticas sobre la promoción de la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres, establecido en virtud de la resolución 11(II) del ECOSOC del 21 de junio de 1946; Que, mediante Facsímil (DGM-DAS) N° 013 del 10 de febrero de 2017, la Dirección para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, que en el marco del Sexagésimo Primer Periodo de Sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer ­ CSW61, a llevarse a cabo del 13 al 24 de marzo de 2017, en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, se tiene programado para el día 13 de marzo de 2017 la celebración de cuatro mesas redondas ministeriales que se desarrollarán bajo el tema principal titulado: "El empoderamiento económico de la mujer en el cambiante mundo del trabajo", pudiendo la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a su elección, participar de una de ellas; Que, la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables ha designado, entre otros, a la señora Russela Antonieta Zapata Zapata, Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a fin que acompañe, participe y asesore a la Ministra en las actividades, reuniones bilaterales, multilaterales, entrevistas, mesas de trabajo, diálogos interactivos de alto nivel y otros debates con paneles de expertas y expertos que se desarrollen en el marco del Periodo de Sesiones de la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer; Que, mediante Informe 10-2017-MIMP/OGPPOCIN del 8 de marzo de 2017, la Oficina de Cooperación Internacional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto señaló que la participación del Sector, a través del Despacho Viceministerial de la Mujer del 13 al 16 de marzo de 2017, permitirá promover la presencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables como ente rector de políticas nacionales y sectoriales sobre promoción y protección de derechos de las mujeres, que adopta e implementa políticas nacionales contra la violencia hacia las mujeres y la igualdad de género, así como poder intercambiar experiencias con los países miembros de la CSW; además, se precisa que los gastos por conceptos de pasajes serán financiados por el Fondo de Poblaciones para las Naciones Unidas ­ UNFPA y que solamente los viáticos serán asumidos con cargo a los recursos presupuestales asignados al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación oportuna de la mencionada funcionaria durante la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país a partir del 11 de marzo de 2017, reconociéndosele viáticos solamente por cada día que dure el evento, a los que se le adicionara el equivalente a

un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098, se aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, norma que en los literales a), b), c) y d) de su artículo 5 establece como ámbito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la Promoción y fortalecimiento de la transversalización del enfoque de género en las instituciones públicas y privadas, políticas, planes, programas y proyectos del Estado, la protección de los derechos de las mujeres, la promoción de los derechos de las mujeres con especial énfasis en: (i) Fortalecimiento de la ciudadanía y autonomía de las mujeres, con independencia de su edad, etnia y condición; (ii) Igualdad de oportunidades para las mujeres; y, (iii) Promoción de la ampliación de la participación de las mujeres en el ámbito público, y la prevención, protección y atención de la violencia contra la mujer y la familia, promoviendo la recuperación de las personas afectadas; Que, en tal sentido, resulta de interés institucional autorizar el viaje de la señora Russela Antonieta Zapata Zapata, Viceministra de la Mujer, a fin de que participe del referido evento; Que, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, establece que los viajes al exterior de servidores, funcionarios o representantes del Estado con cargo a recursos públicos, deben realizarse en categoría económica y ser autorizados conforme lo establece la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que establece disposiciones sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo Nº 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0032012-MIMP y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora RUSSELA ANTONIETA ZAPATA ZAPATA, Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 11 al 16 de marzo de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos (1 + 4 días) : US $ 2 200.00

Artículo 3.- Encargar el Despacho Viceministerial de la Mujer al señor MARIO GILBERTO RÍOS ESPINOZA, Viceministro de Poblaciones Vulnerables, a partir del 11 de marzo de 2017 y en tanto dure la ausencia de su Titular. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la referida funcionaria deberá presentar ante la Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por viáticos entregados Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO - LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1495392-1

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