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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MAYO DEL AÑO 2017 (19/05/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 120

120 Viernes 19 de mayo de 2017 / El Peruano RESOLUCIÓN MINISTERIAL QUE INCORPORA, EL SERVICIO ESPECIAL BÁSICO “113 INFORMACIÓN INHERENTE A LOS SERVICIOS DE SALUD”, EN EL PLAN TÉCNICO FUNDAMENTAL DE NUMERACIÓN – PTFN Lima, CONSIDERANDO:Que, el Plan Técnico Fundamental de Numeración – PTFN, aprobado mediante Resolución Suprema N° 022-2002-MTC, establece las bases para una adecuada administración, supervisión y uso de la numeración, así como de fi ne las estructuras de numeración para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3.5.1 y en la Disposición Complementaria del referido Plan Técnico Fundamental de Numeración - PTFN, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por Resolución Ministerial, podrá incluir otros Servicios Especiales Básicos; así como modi fi car, precisar y/o ampliar las defi niciones, estructuras de numeración, procedimientos de marcación para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, y establecer las disposiciones necesarias para su cumplimiento; Que, el numeral 2.10.1 del Plan Técnico Fundamental de Numeración, establece que los Servicios Especiales Básicos, son facilidades brindadas por los concesionarios de los servicios públicos de telecomunicaciones a la comunidad que tienen por fi nalidad, salvaguardar los bienes y la vida de las personas, así como, permitir a los usuarios acceder a servicios de reclamos e informaciones inherentes al servicio;Que, entre las funciones de la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, es establecer, implementar y conducir las actividades orientadas a proteger los derechos en salud de los usuarios de las Instituciones Administradoras de Fondos de Servicios de Salud – IAFAS y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS; para lo cual requiere contar con un número de Servicio Especial Básico, a fi n de fortalecer la protección de los derechos de salud de los ciudadanos a través de una línea gratuita; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modi fi car el numeral 3.5.1. Estructura de numeración para Servicios Especiales Básicos del Plan Técnico Fundamental de Numeración - PTFN, aprobado mediante Resolución Suprema N° 022-2002-MTC, a fi n de incorporar el siguiente texto: “(…) 113 INFORMACIÓN INHERENTE A LOS SERVICIOS DE SALUD Los concesionarios de servicios públicos locales brindarán obligatoriamente a sus usuarios, el acceso a este servicio. No son tari fi cados al usuario. Servicio prestado por la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD.” Regístrese, comuníquese y publíquese. 1522410-2 REQUISITOS PARA PUBLICACI ŁN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario O fi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justi fi car; si incluyen grá fi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN PROYECTO