Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2017 (19/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano / Viernes 19 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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Que, en el artículo 24º de la citada ordenanza, establece que el Comité de Vigilancia se organiza de la siguiente manera: Presidente, Vicepresidente, Secretario de Actas y Archivo, Dos (02) vocales; Que, con Documento Simple Nº S-03977-2017 de fecha 15 de febrero de 2017, la Sra. Ana María Aguilar Ludeña identificada con DNI Nº 10200614 con domicilio en Mz. 25 Lt.1 Asentamiento Humano Enrique Milla Ochoa, solicita el reconocimiento del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2017 en cumplimiento de la Ordenanza Nº 446- CDLO, adjuntando el Acta de Reunión de Elección del Comité de Vigilancia 2017; Que, mediante Informe Nº 031-2017/MDLO/GPV de fecha 14 de febrero de 2017 la Gerencia de Participación Vecinal e Informe Nº 017-2017-MDLO/SPR de fecha 21 de febrero de 2017 de la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización, remiten y solicitan el reconocimiento del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2017; Que, a través del Memorándum Nº 048-2017- MDLO/ GAJ de fecha 13 de marzo de 2017 la Gerencia de Asesoría Jurídica, solicita la información sobre el resultado del proceso de la Elección del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2017; Que, mediante Informe Nº 59-2017-MDLO-GPPSPR de fecha 17 de marzo de 2017 la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización, señala que en el Acta de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo 2017 de fecha 29 de noviembre de 2016, consta la elección de los miembros que integran el Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2017; Que, con Informe Nº 101-2017-MDLO/GAJ de fecha 22 de marzo de 2017 la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente reconocer a los miembros del Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo 2017 y siendo esto una disposición complementaria a la ordenanza reglamentaria, corresponde al amparo a lo que dispone la primera disposición final de la Ordenanza Nº 446-CDLO emitir vía decreto de alcaldía el reconocimiento submateria; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas al Alcalde por el artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades y la primera disposición final de la Ordenanza Nº 446-CDLO. DECRETA: Artículo Primero.- RECONOCER el COMITÉ DE VIGILANCIA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2017, según lo establecido en el artículo 24º de la Ordenanza Nº 446-CDLO conformado por las siguientes personas: · Giovana Pichohua Arone Presidente · Erika Diaz Huacan Vicepresidente · Ana María Aguilar Ludeña Secretaria de Actas y Archivo · Inés Montes Rosales I Vocal · César Minaya Isidro II Vocal Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal, a la Subgerencia de Planeamiento y Racionalización el cumplimiento del presente Decreto en cuanto sea de su competencia a la Secretaría General, a la Subgerencia de Imagen Institucional su difusión y a la Gerencia de Tecnologías de la Información su publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1521413-1

VISTOS: el Expediente Nº E-02771-2017 de fecha 01 de febrero de 2017, el Proveído S/N de fecha 01 de febrero de 2017 de la Subgerencia de Catastro y Planeamiento Urbano, el Informe Nº 051-2017/MDLO/GDU/SGCPU/ LPAREJA de fecha 05 de abril de 2017 del Técnico Supervisor, el Informe Nº 0163-2017/MDLO/GDU SGCPU de fecha 07 de abril de 2017 la Subgerencia de Catastro y Planeamiento Urbano, el Proveído Nº 213-2017 de fecha 07 de abril de 2017 de Secretaria General, el Informe Nº 135-2017-MDLO/GAJ de fecha 07 de abril de 2017 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Proveído Nº 214-2017 de fecha 07 de abril de 2017 de Secretaria General; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo prescrito en el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada mediante Leyes de Reforma Constitucional Nº 27680, Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II y IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades: "Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; Que, conforme a lo establecido por el Art. 79º, numeral 3.4, de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, son funciones específicas exclusivas de las Municipalidades Distritales, disponer la nomenclatura de avenidas, calles, jirones, pasajes, parques y plazas; Que, con Expediente Nº E-02771-2017 de fecha 01 de febrero de 2017, el Sr. Juan Julio Bejarano de Olarte, Gerente General de "PROMOTORA LAS LADERAS S.A.", señala que siendo su representada propietaria del predio ubicado en la Av. Huandoy y calle 4 Mz. DD-3 lotes acumulados 1, 2, 3, 4, 5 de la Urb. Pro 10º Sector Parcela 10- I - Los Olivos, en el que se ha desarrollado un conjunto habitacional multifamiliar, solicita su certificado de nomenclatura y numeración conforme a cuadro adjunto; Que, con Informe Nº 051-2017/MDLO/GDU/SGCPU/ LPAREJA de fecha 05 de abril de 2017 el Técnico Catastral expresa que se ha proyectado la numeración de la Mz. DD3 ubicada en la Av. Huandoy con la Calle 4 y los Certificados de Nomenclatura y Numeración, ya existentes, de los números proyectados de la Mz. SS2 ubicada en la Av. Huandoy con la Calle 4; Que, con Informe Nº 0163-2017/MDLO/GDU SGCPU de fecha 07 de abril de 2017 la Subgerencia de Catastro y Planeamiento Urbano remite la propuesta de la Numeración de la Mz. DD3 ubicada en la Av. Huandoy con la Calle 4; Que, con Informe Nº 135-2017-MDLO/GAJ de fecha 07 de abril de 2017 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que resulta procedente aprobar la propuesta de numeración de la Av. Huandoy, contenida en los Anexos 1 y 2 del Informe Técnico de la Subgerencia de Catastro y Planeamiento Urbano; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º, inciso 6), y 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la Numeración de las Vías correspondientes a la MZ. DD3 UBICADA EN LA AV. HUANDOY CON LA CALLE 4 y MZ. SS2 UBICADA EN LA AV. HUANDOY CON LA CALLE 4, conforme se detalla en el ANEXO 1 y 2 que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la GERENCIA MUNICIPAL, a la GERENCIA DE DESARROLLO URBANO, a la SUB-GERENCIA DE CATASTRO Y PLANEAMIENTO URBANO el cumplimiento del presente Decreto en cuanto sea de su competencia a la SECRETARÍA GENERAL, a la SUBGERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión y a la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN su publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1521416-1

Aprueban numeración de vías en la Avenida Huandoy
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 005-2017 Los Olivos, 19 de abril de 2017

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