Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2017 (22/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Lunes 22 de mayo de 2017 /

El Peruano

Que, en el referido evento, el señor Ministro de Economía y Finanzas participará como expositor principal en seminarios y coloquios económico empresariales, reuniones de trabajo con representantes de Fondos de Inversión e Instituciones Financieras Globales; asimismo, liderará la delegación público privada peruana, que estará conformada por el Presidente del Banco Central de Reserva del Perú, el Presidente de inPERU y representantes de la industria financiera y sector empresarial peruano; Que, asimismo, el objetivo principal del referido evento es exponer las fortalezas, las perspectivas económicas y las diversas oportunidades de inversión que ofrece el país, así como mostrar los avances y medidas implementadas en materia del desarrollo del mercado de capitales peruano; Que, en tal sentido, resulta de interés nacional la participación del Ministro de Economía y Finanzas en el XII Road Show "Toronto y New York 2017", por lo que es conveniente autorizar el citado viaje, en misión oficial; Que, los gastos por conceptos de pasajes aéreos, hospedaje y alimentación, que se deriven de la participación en las referidas reuniones, serán asumidos por inPERU; Que, en tanto dure la ausencia del Titular, es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su modificatoria; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en misión oficial del señor Alfredo Eduardo Thorne Vetter, Ministro de Economía y Finanzas, a la ciudad de Toronto, Canadá, y a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 28 de mayo al 01 de junio de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución suprema. Artículo 2.- Encargar la Cartera de Economía y Finanzas a la señora Lucía Cayetana Aljovín Gazzani, Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, a partir del 28 de mayo de 2017 y mientras dure la ausencia del Titular. Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución son asumidos por inPERU, no irrogando gastos al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 4.- La presente norma, no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1523114-9

VISTO, el Memorando N° 638-2017-MIDIS/SG de la Secretaría General; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 058-2011, se dictan medidas urgentes y extraordinarias en materia económica y financiera para mantener y promover el dinamismo de la economía nacional; ampliándose, a través de la Ley N° 30527, el plazo de vigencia del Capítulo I del citado Decreto de Urgencia, hasta el 31 de diciembre de 2018; Que, el artículo 2 del citado Decreto de Urgencia, autoriza, excepcionalmente, al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social - FONCODES, a gestionar a través de la modalidad de Núcleo Ejecutor, las adquisiciones de diversos bienes a las micro y pequeñas empresas ­ MYPE y su distribución en las zonas de pobreza y pobreza extrema a nivel nacional, a través de la modalidad de Núcleo Ejecutor; Que, el artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 0582011, establece la conformación y reconocimiento de los Núcleos Ejecutores de Compra y de los Núcleos Ejecutores de Distribución; los cuales estarán conformados entre otros, por un representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ­ MIDIS; indicando que en el caso de los ministerios deben acreditar a sus representantes a través de resoluciones emitidas por las instituciones respectivas; Que, el artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley de Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, en concordancia con el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social es la más alta autoridad política del sector desarrollo e inclusión social y la más alta autoridad ejecutiva del Ministerio, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función; Que, en ese marco, se ha visto por conveniente delegar al Viceministro de Prestaciones Sociales la acreditación de los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores de Compras y los Núcleos Ejecutores de Distribución, a que se refiere el artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 058-2011; De conformidad con el Decreto de Urgencia N° 058-2011 y sus modificatorias, la Ley N° 29158, Ley de Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE:

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Delegan en el Viceministro de Prestaciones Sociales la facultad para acreditar a los representantes del Ministerio ante los Núcleos Ejecutores de Compras y los Núcleos Ejecutores de Distribución, a que se refiere el artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 058-2011
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 088-2017-MIDIS Lima, 18 de mayo de 2017

Artículo 1.- Delegación de facultades Delegar en el Viceministro de Prestaciones Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social la facultad para acreditar a los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores de Compras y los Núcleos Ejecutores de Distribución, a que se refiere el artículo 9 del Decreto de Urgencia N° 058-2011. Artículo 2.- Información Semestral El Viceministro de Prestaciones Sociales a quién se le delega facultades mediante la presente Resolución Ministerial, deberá informar semestralmente, bajo responsabilidad, sobre el ejercicio de la facultad delegada, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre.

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