Norma Legal Oficial del día 22 de mayo del año 2017 (22/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES
ANEXO

Lunes 22 de mayo de 2017 /

El Peruano

VALOR DE TASACIÓN DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA"PROYECTO LÍNEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT ­ AV. GAMBETTA DE LA RED BÁSICA DEL METRO DE LIMA Y CALLAO" No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO:EL 12-02 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: 1 MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESAATE · Por el frente: Colinda con la Av. Arica, con 11.75 ml. · Por la derecha: Colinda con propiedad de Manuela Hernández Nanetti, Josefina terceros con 13.80 ml. Anita Echegaray · Por la izquierda: Colinda con el Jr. Huaraz en Skontorp de Vásquez línea quebrada de dos tramos de 2.90 ml. y de Solís y Oscar Bruno 16.55 ml. Vásquez Solís · Por el fondo: Colinda con Propiedad de terceros, Ferrecio con 13.45 ml. PARTIDA REGISTRAL Nº 49073142 de la Oficina Registral de Lima - Zona Registral N° IX Sede Lima. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 3.03.2016 (Informe Técnico Nº 4674-2016-SUNARP-Z.R. Nº IX/OC) expedido por la Oficina de Catastro de la Oficina Registral de Lima, Zona Registral N° IX - Sede Lima. IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AFECTACIÓN: AREA AFECTADA: 216.80 m2 Total del Inmueble COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE WGS84 DISTANCIA VERTICES LADO (m) ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 11.75 277412.8410 8666046.2210 B C D E B-C C-D D-E E-A 2.90 16.55 13.45 13.80 277424.1138 8666042.9064 277424.7539 8666040.0779 277414.3239 8666027.2281 277403.8911 8666035.7168 1,390,837.57 VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

1522811-2

Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU. y al Reino de España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 394-2017 MTC/01.02 Lima, 17 de mayo de 2017 VISTOS: La solicitud de la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C., mediante carta PA GOP N° 0122/17 recibida el 23 de febrero de 2017, y carta PVN-GOP-0146/17, recibida el 03 de marzo de 2017, con registros E-0502842017 y E-057938-2017 respectivamente, así como los informes N° 147-2017-MTC/12.04 del Dirección General de Aeronáutica Civil y N° 221-2017-MTC/12.04, de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27619, en concordancia con su norma reglamentaria, aprobada por Decreto Supremo N° 0472002-PCM y sus modificatorias, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Ley N° 30518, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, en el numeral 10.1 de su artículo 10, establece que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, los cuales se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viales al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias, es decir, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad

de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C., ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud para la evaluación de su personal aeronáutico, acompañando los requisitos establecidos en el Procedimiento N° 5 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Que, asimismo, la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C. ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; por lo que, el costo del viaje de inspección, está íntegramente cubierto por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, la solicitud presentada por la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C., ha sido calificada y aprobada por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, según se desprende del Informe N° 221-2017-MTC/12.04, al que se anexa la respectiva Orden de Inspección, así como, por la citada Dirección General, según el Informe N° 147-2017-MTC/12.04, verificándose el cumplimiento de lo señalado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio; De conformidad con lo dispuesto por el Ley N° 27261, la Ley N° 27619, la Ley N° 30518, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Felix Alberto Alvarez Zevallos, inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuará del 25 al 27 de mayo de 2017, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje autorizado precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por la empresa PERUVIAN AIR LINE S.A.C.,

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