Diario oficial El Peruano

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2017 (11/11/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

Fuente: Diario Oficial El Peruano.

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Sábado 11 de noviembre de 2017 / El Peruano - Presidente del Taller Adulto Mayor en Morón Miembro - Presidente del Taller Adulto Mayor en Nueva Alianza Miembro- Presidente del Taller Adulto Mayor en Biblioteca Municipal Miembro- Dra. Gerontóloga especializada en el Adulto Mayor Miembro- Director del P.S. Vidas Restauradas Miembro- Comisario del distrito de Chaclacayo Miembro- Representante de la parroquia de Chaclacayo S.S. Miembro- Representante del INABIF Miembro- Representante del Ministerio de la MIMPV Miembro- Coordinadora de las J.V de S.C del distrito de Chaclacayo Miembro Artículo Tercero.- ESTABLECER como funciones del Comité Distrital del Adulto Mayor – CODAM, planear, dirigir y conducir las actividades del Adulto Mayor, así como coordinar y apoyar a la Subgerencia de Salud, Bienestar y Programas Sociales en los planes de prevención, emergencia y casos sociales; promoviendo y difundiendo la adecuada capacitación del Adulto Mayor del distrito de Chaclacayo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal y Desarrollo Social y a la Subgerencia de Salud, Bienestar y Programas Sociales de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, la implementación del Comité Distrital del Adulto Mayor (CODAM) en el distrito de Chaclacayo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DAVID APONTE JURADO Alcalde 1584980-1MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios en el distrito “La basura antes de botarla hay que separarla” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2017-MDL Lince, 26 de octubre de 2017VISTO: El Informe Nº 066-2017-MDL-GGA/SOA de fecha 11 de octubre de 2017, emitido por la Subgerencia de Operaciones Ambientales, Informe Nº 481-2017-MDL-GAJ de fecha 24 de octubre de 2017, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, conforme señala el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el numeral 22) del artículo 2º de la Constitución Política del Perú indica que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, lo que desde una perspectiva constitucional, REQUISITOS PARA PUBLICACI ŁN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario O fi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico [email protected] 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justi fi car; si incluyen grá fi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: [email protected]. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN