Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2017 (11/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de noviembre de 2017 /

El Peruano

Que, analizados los documentos pertinentes en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 26 de junio de 2017, se acordó por unanimidad aprobar la inmatriculación como primera inscripción de dominio del predio denominado "Reservorio 01 ­ El Obelisco", ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos. Encargándose a la Sub Gerencia de Control Patrimonial y Servicios Auxiliares el cumplimiento del citado Acuerdo. Por lo antes expuesto, estando a las facultades que confiere el artículo 20º inciso 3) y artículo 43º de la Ley 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo acordado por UNANIMIDAD en sesión de Concejo Municipal, ACORDÓ: Artículo Primero.- APROBAR la inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia de los Registros Públicos ­ SUNARP del predio denominado "Reservorio 01 ­ El Obelisco", ubicado en la Av. Túpac Amaru Mz 37, Lote 31, Distrito de Bambamarca, provincia de Hualgayoc, Departamento de Cajamarca; a favor de la Municipalidad Provincial de Hualgayoc, de acuerdo a la Octava Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972. Artículo Segundo.- DISPONER las publicaciones del presente Acuerdo por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación de la Región, de conformidad con lo establecido en el artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por D.S. Nº 007-2008-VIVIENDA; sin perjuicio de su publicación en el Portal Institucional. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Administración Municipal, a través de la Sub Gerencia de Control Patrimonial y Servicios Auxiliares, realizar las acciones administrativas necesarias a fin de implementar y ejecutar el presente Acuerdo.Artículo Cuarto.- NOTIFÍQUESE a los interesados con el contenido del presente Acuerdo, y agréguese a los legajos correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDY LEÓN BENAVIDES RUIZ Alcaldesa Provincial 1585508-1

artículo II del Título Preliminar de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; Que, de acuerdo al artículo 41º de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades, los Acuerdos de Concejo son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del Órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, de conformidad al documento de visto, se tiene que el Presidente Ejecutivo de Sierra y Selva Exportadora invita a formar parte de la Segunda Misión Comercial Perú ­ China 2017 "Buenas Practicas de Gestión Municipal y Hermanamiento", que se realizará del 21 al 30 de noviembre del presente año en la República de China, el mismo que tiene como objetivo que las autoridades ediles puedan conocer interesantes modelos de gestión pública, relaciones de hermanamiento, propuestas de articulación comercial, exhibición de equipos de vanguardia relacionados a la agricultura, manejo de residuos sólidos, horticultura, etc., e intercambio de experiencias con autoridades Chinas; Que, de acuerdo al Inciso 11) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que, son atribuciones del Concejo Municipal, autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, en Sesión de Concejo Ordinaria Nº 021, realizada el día 06 de noviembre de 2017, se aprobó por unanimidad, autorizar al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Oxapampa Lic. Pedro Ubaldo Polinar, para que asista a la Segunda Misión Comercial Perú ­ China 2017 "Buenas Practicas de Gestión Municipal y Hermanamiento", que se realizará en la República de China, desde el 21 al 30 de noviembre del presente año; Que, de conformidad con los artículos 9º y 41º de la Nueva Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y con el voto unánime de los señores Regidores; SE ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR, al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Oxapampa Lic. Pedro Ubaldo Polinar, para que asista a la Segunda Misión Comercial Perú ­ China 2017 "Buenas Prácticas de Gestión Municipal y Hermanamiento", que se realizará en la República de China, desde el 21 al 30 de noviembre del presente año. Artículo Segundo.- PRECISAR, que como consecuencia del articulo precedente, se APRUEBA conceder licencia al Alcalde de la Municipalidad Provincial de Oxapampa, en sus actividades en el periodo antes señalado. Artículo Tercero.- AUTORIZAR el gasto que genere la adquisición de los pasajes aéreos y demás gastos que irrogue el viaje a la República de China del señor Alcalde Lic. Pedro Ubaldo Polinar. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Oficina de Administración y Finanzas y Oficina de Planeamiento y Presupuesto, se sirvan coordinar y realizar el trámite respectivo para cubrir los gastos que irrogue la adquisición de los pasajes aéreos del señor Alcalde. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Sexto.- NOTIFÍQUESE, el presente Acuerdo de Concejo a las diferentes unidades orgánicas de la entidad, para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO UBALDO POLINAR Alcalde 1585007-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA
Autorizan viaje del Alcalde a China, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 070-2017-M.P.O. Oxapampa, 6 de noviembre de 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Nº 021, de fecha 06 de noviembre de 2017; la Carta Nº 014-2017-MINAGRISSE/PE, presentada por el Presidente Ejecutivo de Sierra y Selva Exportadora y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional sobre Descentralización, los Gobiernos Locales gozan de autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su Competencia, en concordancia con el

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