Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2017 (14/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de octubre de 2017 /

El Peruano

Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 y a través de la Resolución Ministerial Nº 574-2016-DE/SG del 27 de mayo de 2016, se estableció el Plan Estratégico de Personal de la Fuerza Aérea del Perú al 2021, considerando los efectivos por grados hasta el año 2021; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 011-2008-DE "Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas", se establece que los procesos de ascensos se sustentan en los principios de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades, y ética, señalados en el artículo 3 de la Ley Nº 29108, los mismos que tienen carácter vinculante, y en armonía a lo establecido en los artículos 50 inciso a) y 51 incisos a) y b) del citado Reglamento, se establece que la función de evaluación y calificación del Oficial declarado apto, se sustenta en los siguientes criterios, proyección de línea de carrera del Oficial en su Institución Armada y a su ubicación en el Cuadro de Aptitud y Notas; Que, la Junta de Selección para ascenso al grado de MAYOR GENERAL FAP, ha establecido el "Cuadro de Mérito" y elaborado el Acta JUSEL Nº 001-2017 de fecha 12 de octubre del 2017, en armonía a lo establecido en los artículos 34, 36 inciso a), 50 incisos b) y c) y 51 del Reglamento de la Ley Nº 29108, que constituyen la propuesta institucional de ascensos, en concordancia con la Resolución Ministerial Nº 1397-2017-DE/FAP del 05 de octubre de 2017, mediante la cual se declaran las vacantes para el Personal de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú; y Estando a lo opinado por el Comandante General de la FAP y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ascender al grado de MAYOR GENERAL FAP, con fecha 01 de enero del 2018, al Coronel FAP MARTINELLI ECHEGARAY, JOSE ANTONIO. Artículo 2.- Expídase el Despacho correspondiente a su Grado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1576329-33 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 133-2017-DE/FAP Lima, 13 de octubre de 2017 VISTO:

por el Presidente de la República, mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Defensa, para Oficiales Generales y Almirantes, en armonía a lo establecido en los artículos 35 y 36 inciso a) del citado Reglamento y en concordancia con la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria del Decreto Legislativo Nº 1143 del 11 de diciembre de 2012, que modifica algunos artículos de la Ley Nº 28359 "Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", que establece que para la aplicación progresiva del artículo 7 de la Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, será de acuerdo a los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal, aplicando cada Institución Armada las disposiciones contenidas en los Anexos que forman parte del Reglamento de la referida Ley, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 007-2005DE/SG del 17 de febrero de 2005, modificado según el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 009-2013-DE del 11 de octubre de 2013; correspondiendo a la Fuerza Aérea del Perú el Anexo Nº 3; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 006-2017-DE del 31 de agosto de 2017, se aprueban los Cuadros de Efectivos de Personal Militar para el Año Fiscal 2018 y a través de la Resolución Ministerial Nº 574-2016-DE/SG del 27 de mayo de 2016, se estableció el Plan Estratégico de Personal de la Fuerza Aérea del Perú al 2021, considerando los efectivos por grados hasta el año 2021; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 011-2008-DE "Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas", se establece que los procesos de ascensos se sustentan en los principios de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades, y ética, señalados en el artículo 3 de la Ley Nº 29108, los mismos que tienen carácter vinculante, y en armonía a lo establecido en los artículos 50 inciso a) y 51 incisos a) y b) del citado Reglamento, se establece que la función de evaluación y calificación del Oficial declarado apto, se sustenta en los siguientes criterios, proyección de línea de carrera del Oficial en su Institución Armada y a su ubicación en el Cuadro de Aptitud y Notas; Que, la Junta de Selección para ascenso al grado de MAYOR GENERAL FAP, ha establecido el "Cuadro de Mérito" y elaborado el Acta JUSEL Nº 001-2017 de fecha 12 de octubre del 2017, en armonía a lo establecido en los artículos 34, 36 inciso a), 50 incisos b) y c) y 51 del Reglamento de la Ley Nº 29108, que constituyen la propuesta institucional de ascensos, en concordancia con la Resolución Ministerial Nº 1397-2017-DE/FAP del 05 de octubre de 2017, mediante la cual se declaran las vacantes para el Personal de Oficiales de la Fuerza Aérea del Perú; y Estando a lo opinado por el Comandante General de la FAP y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE:

La Ley Nº 29108 "Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas" y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2008-DE del 09 de Julio del 2008. CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29108 "Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas" concordante con el Decreto Supremo N° 011-2008-DE del 09 de julio de 2008, mediante el cual se aprueba el "Reglamento de Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas", su modificatoria aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2011DE/SG del 14 de diciembre de 2011 y su Anexo 5, se establecen los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, así como las competencias de las Juntas correspondientes; Que, el Reglamento de Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece en su artículo 37 inciso a), que los ascensos son otorgados

Artículo 1.- Ascender al grado de MAYOR GENERAL FAP, con fecha 01 de enero del 2018, al Coronel FAP DIAZ PACHECO, VICTOR OCTAVIO. Artículo 2.- Expídase el Despacho correspondiente a su Grado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1576329-34 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 134-2017-DE/FAP Lima, 13 de octubre de 2017

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