Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2017 (14/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Sábado 14 de octubre de 2017 /

El Peruano

así como su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que este último día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047 ­ 2002 ­ PCM y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002 ­ 2004 ­ DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo 002-2015-DE que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa, y; Estando a lo propuesto por el Jefe del Instituto Geográfico Nacional. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del General de Brigada EP Marcos Albert RODRIGUEZ MONGE, identificado con DNI N° 07873156, el Teniente Coronel EP Ciro SIERRA FARFAN, identificado con DNI N° 31660015 y el Mayor EP Reynaldo FLORES RIVERO, identificado con DNI N° 09568130, para participar en la 21 Asamblea General y Reuniones de Consulta de las Comisiones del Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH), que se realizarán en la ciudad de Panamá, República de Panamá, del 23 al 27 de octubre de 2017, así como autorizar su salida del país el 22 de octubre de 2017 y su retorno el 28 de octubre de 2017. Artículo 2.- El Instituto Geográfico Nacional efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Aéreo: Lima ­ Panamá (República de Panamá) ­ Lima US $ 856.89 x 3 personas (incluye TUUA) US$ 2,570.67 Viáticos: US $ 315.00 x 6 días x 3 personas US$ 5,670.00 TOTAL: US$ 8,240.67

Artículo 3.- El personal comisionado debe cumplir con presentar un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendarios contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 0472002-PCM y su modificatoria. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1576192-2

aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, del 14 de febrero de 2005, y sus modificaciones establecen que el ascenso constituye un factor inherente al desarrollo de la línea de carrera militar en el personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas en estricta observancia de los principios rectores y lineamientos prescritos en la respectiva Ley de Ascensos; Que, la Ley Nº 29108 "Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE, del 09 de julio de 2008, y su modificatoria aprobado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE-SG del 13 de diciembre de 2011, tiene por objeto establecer los principios, etapas, requisitos, aptitudes y procedimientos que rigen los ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, así como, las competencias de las Juntas correspondientes; Que, por Resolución Ministerial Nº 1359-2017-DE/SG del 07 de octubre de 2017, se declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2017, Promoción 2018, del Personal de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú; Que, mediante la Resolución de la Comandancia General del Ejército N° 768- SGE/DIPERE de 09 de octubre de 2017, se resolvió declarar para el Proceso de Ascensos 2017, Promoción 2018, las vacantes para los Oficiales Superiores por Armas y Servicios; Que, el Cuadro de Ascenso al grado inmediato superior ha sido formulado por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Oficiales Subalternos, cubriendo las vacantes declaradas en el grado, en base al Cuadro de Mérito, el cual es producto del orden correlativo de la calificación final obtenida, habiéndose aplicado los principios rectores de meritocracia, legalidad, objetividad y transparencia, igualdad de derechos y oportunidades y ética; Que, el artículo 9° de la Ley N° 29108, "Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas", concordante con el artículo 26° de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2008-DE del 09 de julio de 2008, establece que la declaratoria y número de vacantes son expedidas anualmente y permanece inalterable hasta el término del proceso de ascensos; Que, el literal "b" del artículo 37° del citado Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, dispone que el ascenso al grado de Mayor será otorgado por Resolución Ministerial; y, Estando a lo propuesto por la Junta de Selección para ascenso a los grados de Oficiales Superiores. SE RESUELVE : Artículo Único.- Ascender con fecha 01 de enero de 2018 por Selección, al grado de Mayor en su correspondiente Arma o Servicio, a los Capitanes que a continuación se indican:
-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------NRO GRADO ARM/SERV APELLIDOS Y NOMBRES -------------------------------------------------------------------------------------------------------------------PROMOCION 1998 a) ARMAS 1 CAP INF :1 :1 VILCHEZ NAVARRO EDWIN PELAYO :1 :1 INF NIÑO BURGA FRANK JOEL :6 :6 INF INF ART ART CAB COM ANTONIO RAMOS JOHNNY JAVIER SANCHEZ INFANTE MANUEL EUSEBIO ESPINOZA VILCAPOMA IVAN MARTIN GARCIA FLORES JUAN FERNANDO PÉREZ SALAS ROLANDO FRANCISCO MARTIN ROCHA PAJARES EDGAR DANIEL

Ascienden a Capitanes al Grado de Mayor del Ejército del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1447 COPERE/SJAO Lima, 13 de octubre de 2017 CONSIDERANDO : Que, la Ley Nº 28359 "Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas" y su Reglamento

PROMOCION 1999 a) ARMAS 1 CAP

PROMOCION 2000 a) ARMAS 1 2 3 4 5 6 CAP CAP CAP CAP CAP CAP

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