Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2017 (14/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Sábado 14 de octubre de 2017

NORMAS LEGALES

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derivados por concepto de viáticos que ocasione la participación en el evento se efectuarán con cargo a la fuente de financiamiento: recursos directamente recaudados del Presupuesto del Instituto Geográfico Nacional, conforme a lo establecido en el inciso a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y, con la finalidad de garantizar la participación del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación, así como su retorno un (01) día después de la fecha programada, sin que éste último día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE, la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047­ 2002­PCM y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002­ 2004­DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa y el Decreto Supremo 002-2015-DE que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el Jefe del Instituto Geográfico Nacional. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del General de Brigada EP Marcos Albert RODRIGUEZ MONGE, identificado con DNI Nº 07873156, para participar en el Quinto Foro de Alto Nivel sobre Gestión Global de la Información Geoespacial de las Naciones Unidas, a llevarse a cabo en la ciudad de México de los Estados Unidos Mexicanos, del 28 al 30 de noviembre del 2017, así como autorizar su salida del país el 27 de noviembre de 2017 y su retorno el 01 de diciembre de 2017. Artículo 2.- El Instituto Geográfico Nacional efectuará el pago que corresponda de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 440.00 x 1 persona x 4 días x 20% US$ 352.00

Geografía e Historia (IPGH), Organismo Especializado de la Organización de los Estados Americanos (OEA). CONSIDERANDO: Que, el numeral 8 del artículo 5 de la Ley Nº 27292, Ley del Instituto Geográfico Nacional (IGN), señala que el IGN tiene entre sus funciones la de representar al país ante los organismos técnico-científicos, nacionales e internacionales en eventos y reuniones relacionados con las Ciencias Geográfico-Cartográficas y sus aplicaciones; asimismo, el numeral 12 del artículo 5 de la norma antes señalada establece que el IGN tiene como función presidir la Sección Nacional del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, dependiente de los Estados Americanos; Que, conforme a lo mencionado en la Hoja Informativa N° 005-2017-IGN/OGPP del Jefe del Instituto Geográfico Nacional, de setiembre de 2017, el Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH) es un organismo internacional, técnico y científico de la Organización de los Estados Americanos dedicado a la generación y transferencia de conocimientos especializados en las áreas de cartografía, geografía, historia y geofísica, cuya finalidad entre otros es mantener actualizado y en permanente comunicación a los investigadores e instituciones científicas de los Estados Miembros; Que, mediante el documento del visto, el Secretario General del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, convoca a la 21 Asamblea General y Reuniones de Consulta de las Comisiones del Instituto Panamericano de Geografía e Historia (IPGH), que se realizará del 23 al 27 de octubre de 2017 en la ciudad de Panamá, República de Panamá, evento en el cual se ha considerado contar con el quórum requerido que permita revisar los proyectos de resoluciones que en definitiva pretendan entregar aportes para mejorar la calidad de vida de los habitantes de la Región, a través del análisis histórico y del mejor conocimiento especializado de nuestro espacio geográfico; Que, conforme al documento mencionado en el segundo considerando, la referida asamblea tiene una trascendencia internacional importante, puesto que se tratarán temas de interés en cuanto a estudios cartográficos, geofísicos, geográficos e históricos y otros temas afines relativos a estas ciencias: Los beneficios que se obtendrán están directamente orientados a la explotación cartográfica, Sistema de Información Geográfica y otros aspectos propios de la geomática; asimismo, se logrará la presencia del Estado Peruano en este tipo de eventos internacionales, en beneficio de los intereses institucionales, por lo que resulta conveniente que el General de Brigada EP Marcos Albert RODRIGUEZ MONGE, Jefe del Instituto Geográfico Nacional, en su calidad de Presidente de la Sección Nacional del IPGH (Perú), así como el Teniente Coronel EP Ciro SIERRA FARFAN, en su calidad de Secretario Técnico de la Sección Nacional del IPGH (Perú) y el Mayor EP Reynaldo FLORES RIVERO, en su calidad de Miembro Principal de la Comisión de Cartografía de la Sección Nacional del IPGH (Perú), participen en la 21 Asamblea General y Reuniones de Consulta de las Comisiones del Instituto Panamericano de Geografía e Historia, representando a la República del Perú; Que, conforme a lo indicado en la Hoja de Gastos del Jefe de la Oficina General de Planificación y Presupuesto del Instituto Geográfico Nacional del Perú, los gastos derivados por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos que ocasione la participación en el evento se efectuarán con cargo a la fuente de financiamiento: recursos directamente recaudados del presupuesto del Instituto Geográfico Nacional, conforme a lo establecido en el inciso a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y, con la finalidad de garantizar la participación del personal designado, resulta necesario autorizar su salida del país con un (01) día de anticipación,

TOTAL A PAGAR US$ 352.00 Artículo 3.- El personal comisionado deberá cumplir con presentar un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos conforme a lo indicado en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derechos a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE NIETO MONTESINOS Ministro de Defensa 1576192-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1435-2017-DE/IGN Lima, 12 de octubre de 2017 VISTO: El Oficio SG/DA/21-AG/129/17 del 11 de julio de 2017, del Secretario General del Instituto Panamericano de

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