Norma Legal Oficial del día 21 de octubre del año 2017 (21/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Sábado 21 de octubre de 2017 /

El Peruano

de París, República Francesa, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán con cargo al Presupuesto Institucional del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica ­ CONCYTEC, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos (incluido TUUA) : US $ 2,073.43 Viáticos (3 + 1 día de instalación) : US $ 2,160.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado servidor deberá presentar ante la Titular de la Entidad, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. En el mismo plazo presentará las rendiciones de cuentas por los viáticos entregados debidamente documentada. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1578985-1

Inversión en Energía y Minería (Osinergmin), de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Miguel Ángel Carbajal Rosel Ruben Rojas Ramírez Edwin Ramírez Soto Yurika Roque Sarmiento TOTAL Pasaje US$ 650.12 650.12 650.12 650.12 2,600.48

Artículo 2.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente resolución ministerial, se efectuará con cargo al presupuesto institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), de conformidad con la normativa vigente. Artículo 3.- Dejar subsistente en todo lo demás, el contenido de la Resolución Ministerial Nº 289-2017PCM. Regístrese, comuníquese y publíquese. MERCEDES ROSALBA ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros 1578986-1

Modifican la R.M. Nº 289-2017-PCM mediante la cual se autorizó el viaje de profesionales del OSINERGMIN a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 303-2017-PCM Lima, 20 de octubre de 2017 VISTO: El Oficio Nº 598-2017-OS-PRES del Presidente Ejecutivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN); y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 2892017-PCM, se autorizó el viaje de los señores Miguel Ángel Carbajal Rosel (Especialista Regional en Electricidad de la División de Supervisión Regional), Ruben Rojas Ramírez (Especialista en Supervisión de Generación Eléctrica y COES de la División de Supervisión de Electricidad), Edwin Ramírez Soto (Especialista en Supervisión de Inversión en Electricidad de la División de Supervisión de Electricidad) y Yurika Roque Sarmiento (Especialista Técnico III - DGTE de la Gerencia de Regulación de Tarifas) del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), del 21 al 28 de octubre de 2017, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, Bolivia; Que, de acuerdo a la cotización del pasaje aéreo de fecha 16 de octubre de 2017, emitido por la agencia de viajes Nuevo Mundo Viajes, posterior a la publicación de la resolución ministerial referida en el párrafo precedente, se desprende que el costo del pasaje aéreo internacional varió a US$ 650.12; situación ajena a la entidad, por lo que resulta necesario modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 289-2017-PCM; De conformidad con la Ley Nº 30518 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; y, la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 289-2017-PCM, de acuerdo al siguiente detalle: "Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución ministerial serán cubiertos con presupuesto institucional del Organismo Supervisor de la

Autorizan viaje de profesionales del OSINERGMIN a Colombia y Canadá, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 304-2017-PCM Lima, 20 de octubre de 2017 VISTO: El Oficio N° 591-2017-OS-PRES del Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN); CONSIDERANDO: Que, el Contrato de Concesión Definitiva para el Transporte de Hidrocarburos Líquidos por el Oleoducto Norperuano y el Oleoducto Ramal Norte (ONP), se firmó entre la Dirección General de Hidrocarburos (DGH) del Ministerio de Energía y Minas (MINEM) y Petróleos del Perú S.A. (PETROPERÚ) en 1995, dentro de la vigencia del Reglamento para el Cálculo de Tarifas de Transporte de Hidrocarburos Líquidos por Ductos, aprobado por Decreto Supremo N° 25-94-EM; Que, de acuerdo con el numeral 1.8 del Contrato de Concesión, el régimen tarifario se rige por el Reglamento para el Cálculo de Tarifas de Transporte de Hidrocarburos Líquidos por Ductos, aprobado por el Decreto Supremo N° 25-94-EM; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1292, se declara de necesidad pública y de interés nacional la operación segura del Oleoducto Norperuano y dispone la reorganización y mejora del Gobierno Corporativo de Petroperú S.A.; Que, el numeral 5.1 del Decreto Legislativo N° 1292 dispone que en un plazo no mayor a 360 días calendario, el Ministerio de Energía y Minas, a propuesta del OSINERGMIN, mediante Decreto Supremo aprobará un esquema de regulación tarifaria en el marco del Contrato de Concesión correspondiente y sus modificatorias suscrito entre el Estado Peruano y PETROPERÚ; Que, a efectos de cumplir con lo señalado en el considerando anterior, se ha previsto la realización de visitas técnicas internacionales a organismos reguladores y a empresas dedicadas al transporte de hidrocarburos líquidos por ductos, con la finalidad de recopilar información referente al marco normativo y regulatorio, así

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