Norma Legal Oficial del día 02 de abril del año 2018 (02/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 1

Firmado Digitalmente por: EDITORA PERU Fecha: 02/04/2018 04:30:48

Gerente de Publicaciones Oficiales (e): Carlos Amaya Alvarado

Año XXXV - Nº 14459

NORMAS LEGALES
AÑO DEL DIÁLOGO Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL

LUNES 2 DE ABRIL DE 2018

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SUMARIO
PODER EJECUTIVO
PRODUCE R.D. Nº 006-2018-INACAL/DN.- Disponen la reimpresión de la NTP-ISO/IEC 17025:2017 Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración, incluyendo los cambios de la traducción oficial al español 1

ORGANISMOS AUTONOMOS
INSTITUCIONES EDUCATIVAS Res. Nº 0418.- Designan Jefes de las Oficinas de Relaciones Públicas y de Administración del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones INICTEL-UNI 4 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS

ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Res. Nº 70-2018-CD/OSIPTEL.- Rectifican la Resolución de Consejo Directivo Nº 37-2018-CD/OSIPTEL 2

DE FONDOS DE PENSIONES Res. Nº 1200-2018.- Modifican Reglamento para la Supervisión Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos 4

PODER EJECUTIVO

PRODUCE
Disponen la reimpresión de la NTP-ISO/IEC 17025:2017 Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración, incluyendo los cambios de la traducción oficial al español
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 006-2018-INACAL/DN Lima, 27 de marzo de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y

financiera; además es el ente rector y máxima autoridad técnico normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, las actividades de Normalización se realizan sobre la base del Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), en concordancia con el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional para la Calidad; Que, los numerales 19.1 y 19.5 del artículo 19 de la citada Ley, establecen que el órgano de línea responsable de la materia de normalización del INACAL, es la autoridad competente en materia de normalización y aprueba, a través del Comité Permanente de Normalización, las Normas Técnicas Peruanas y textos afines a las actividades de normalización; Que, el artículo 35 del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, goza de autonomía técnica y funcional; Que, en sesión de Comité Permanente de Normalización de fecha 27 de diciembre de 2017 con Resolución Directoral No 057-2017-INACAL/DN, se aprobó la NTP-ISO/IEC 17025:2017 Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración.

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