Norma Legal Oficial del día 28 de abril del año 2018 (28/04/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Sábado 28 de abril de 2018 /

El Peruano

De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor Jesús Ruitón Cabanillas, al cargo de Director de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Julio Cesar Lévano Julca, en el cargo de Director de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1642165-2

Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Jesús Ruiton Cabanillas, en el cargo de Director de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 3.- Encargar al señor Jesús Ruiton Cabanillas, Director de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, las funciones de Coordinador General de la Unidad Sectorial de Coordinación Técnica Operativa del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA Ministro de Agricultura y Riego 1642165-3

Designan Director de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones y encargan funciones de Coordinador General de la Unidad Sectorial de Coordinación Técnica Operativa del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0178-2018-MINAGRI Lima, 27 de abril de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 7 de la Resolución Ministerial Nº 0118-2017-MINAGRI, de fecha 31 de marzo de 2017, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 2 de abril de 2017, se designó al señor Julio César Zea Cáceres, en el cargo de Director de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo al cual ha formulado renuncia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0167-2018-MINAGRI, de fecha 20 de abril de 2018, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 21 de abril de 2018, se aceptó la renuncia formulada por el señor Luis Fernando Benites Vilela a la encargatura de Coordinador General de la Unidad Sectorial de Coordinación Técnica Operativa del Ministerio de Agricultura y Riego; siendo necesario designar al funcionario que desempeñará el citado cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el señor Julio César Zea Cáceres, al cargo de Director de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados.

Aprueban los "Lineamientos para la restauración de ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre" y modifican el literal c. del numeral 5.1 de los "Lineamientos para el otorgamiento de concesiones para productos forestales diferentes a la madera, ecoturismo y conservación, por concesión directa"
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 083-2018-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 27 de abril de 2018 VISTO: El Informe Técnico Nº 003-2018-MINAGRI-SERFOR/ DGPCFFS-DPR de fecha 05 de enero de 2018, el Informe Técnico Nº 27-2018-MINAGRI-SERFOR/DGPCFFS-DPR de fecha 17 de abril de 2018, emitido por la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; y el Informe Legal N° 038-2018-MINAGRI-SGSERFOR/OGAJ, de fecha 30 de enero de 2018, emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 3 de la referida Ley, establece que la restauración del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre de la Nación, constituye una actividad forestal y de fauna silvestre; Que, el artículo 133 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, dispone que el SERFOR, en coordinación con el MINAM, aprueba lineamientos para la restauración de los ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre en el ámbito de sus competencias. El SERFOR, de acuerdo con sus competencias y en coordinación con las ARFFS, identifica los ecosistemas degradados, a fin de promover su restauración; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 019-2018-MINAGRI-SERFOR-DE de fecha 01 de febrero de 2018, se dispuso la prepublicación de los "Lineamientos para la restauración de ecosistemas forestales y otros ecosistemas de vegetación silvestre", con el propósito de recibir comentarios y/o aportes a las disposiciones contenidas en dicho proyecto normativo, dentro de un plazo de quince (15) días hábiles, computados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la referida resolución en el Diario Oficial El Peruano; Que, habiéndose cumplido el plazo y recogido los aportes y comentarios de distintos actores públicos y

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