Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2018 (10/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 10 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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de desarrollar el sustento técnico y normativo de una Estrategia Nacional de Protección Social Adaptativa ante Emergencias y Desastres. Artículo 2.- Conformación del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo está conformado por: - Un/Una representante de la Dirección General de Políticas y Estrategias, quien la preside; - Un/Una representante de la Dirección General de Articulación y Coordinación de las Prestaciones Sociales; - Un/Una representante de la Dirección General de Calidad de la Gestión de los Programas Sociales; - Un/Una representante de la Dirección General de Coordinación Territorial; - Un/Una representante de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; - Un/Una representante de la Oficina General de Asesoría Jurídica; - Un/Una representante de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional; - Un/Una representante del Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres ­ JUNTOS; - Un/Una representante del Programa Nacional Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES; y, - Un/Una representante del Programa Nacional de Plataformas de Acción para la Inclusión Social ­ PAIS. Artículo 2.- Funciones El Grupo de Trabajo creado en el artículo 1 de la presente resolución tiene la siguiente función: 2.1 Elaborar la propuesta de sustento técnico y normativo para la Estrategia Nacional de Protección Social Adaptativa ante Emergencias y Desastres. 2.2 Desarrollar otras funciones orientadas al cumplimiento del encargo efectuado. Artículo 3.- Secretaría Técnica El Grupo de Trabajo cuenta con una Secretaría Técnica que recae en el/la representante de la Oficina de Seguridad y Defensa Nacional, y está a cargo de coordinar las acciones necesarias para el cumplimiento de lo encargado. Artículo 4.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala dentro del plazo de cinco (5) días hábiles siguientes, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución ministerial. Artículo 5.- Reglamento Interno y Plan de Trabajo El Grupo de Trabajo debe elaborar y aprobar su Reglamento Interno y Plan de Trabajo a fin que coadyuve al cumplimiento del encargo conferido. Artículo 6.- Colaboración, asesoramiento y apoyo El Grupo de Trabajo puede contar con la participación de los organismos de Cooperación Técnica Internacional, así también puede invitar a participar a otras instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras, y a sus profesionales especializados, para que colaboren con el cumplimiento de sus funciones, sin que ello genere gastos adicionales al Tesoro Público. Artículo 7.- Informe Final Vencido el plazo de vigencia el Grupo de Trabajo debe presentar su Informe Final al Titular del Ministerio de Desarrollo e inclusión Social, conteniendo las conclusiones y recomendaciones. Artículo 8.- Financiamiento El cumplimiento del Grupo de Trabajo no demandará recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de cada representante es ad honórem, no irrogando gasto al Estado. Artículo 9.- Vigencia El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de sesenta (60) días hábiles, contado a partir del día siguiente de su instalación.

Artículo 10.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1678969-2

Designan Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 241-2018-MIDIS Lima, 9 de agosto de 2018 VISTOS: El proveído N° 4132-2018-MIDIS/SG, de Secretaría General; el Memorando N° 527-2018-MIDIS/GA, del Gabinete de Asesores; y, el Informe N° 147-2018-MIDIS/ SG/OGRH, de la Oficina General de Recursos Humanos; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, mediante Decreto Supremo N°006-2017MIDIS se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose que la Alta Dirección cuenta con un Gabinete de Asesores para la conducción estratégica de las políticas a su cargo, entre otros aspectos; Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor/a del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, cargo calificado como de confianza, por lo que resulta necesario designar a la persona que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Mirtha Elizabeth Correa Álamo en el cargo de Asesora del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA DEL CARMEN LA ROSA HUERTAS Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1679477-1

Designan Jefe de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 309-2018-MIDIS/PNAEQW Lima, 9 de agosto de 2018

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