Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2018 (10/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de agosto de 2018 /

El Peruano

Artículo 3.- Disponer que las citadas profesionales, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión a la que acudirán, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1679240-6

Excluyen diversos productos farmacéuticos de los listados aprobados mediante R.M. Nº 528-2016/MINSA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 734-2018/MINSA Lima, 8 de agosto del 2018 Visto, el Expediente Nº 18-018919-002, que contiene la Nota Informativa Nº 032-2018-CP-CENARES/MINSA y el Memorándum Nº 432-2018-CENARES-MINSA del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud ­ CENARES; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 528-2016/ MINSA de fecha 26 de julio de 2016, se aprobó dos (2) listados de Productos Farmacéuticos para la Compra Corporativa de Productos Farmacéuticos, los cuales se diferenciaban por el período de abastecimiento: Anexo 1 "Listado de productos farmacéuticos de Compra Corporativa para el abastecimiento del año 2017", conformado por 357 ítems; y, Anexo 2 "Listado de productos farmacéuticos de Compra Corporativa para el abastecimiento de los años 2017 ­ 2018", conformado por 133 ítems; Que, con Nota Informativa Nº 032-2018-CPCENARES/MINSA, remitida a través del Memorando Nº 432-2018-CENARES-MINSA, el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud ­ CENARES solicita la exclusión de treinta y dos (32) productos farmacéuticos de los listados aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 528-2016/MINSA, señalando entre otras razones, las siguientes: (i) no se ha obtenido respuesta favorable en el mercado nacional respecto de los productos; (ii) los productos no han sido ofertados; (ii) el monto de los productos corresponde a montos menores a 8 Unidades Impositivas Tributarias - UIT; (iii) las entidades participantes en la compra corporativa han desistido de la necesidad de los productos; y, (iv) los productos se encuentran incluidos en la compra corporativa sectorial, abastecimiento 2018 ­ 2019; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley Nº 30225 Ley de Contrataciones del Estado, modificada mediante Decreto Legislativo Nº 1341, la normativa de contrataciones tiene por finalidad establecer normas orientadas a maximizar el valor de los recursos públicos que se invierten y a promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en las contrataciones de bienes, servicios y obras, de tal manera que éstas se efectúen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad; Que, el Principio de Eficacia y Eficiencia contemplado en el literal f) del artículo 2 de la citada Ley, establece que "El proceso de contratación y las decisiones que se adopten en su ejecución deben orientarse al cumplimiento de los fines, metas y objetivos de la Entidad, priorizando estos sobre la realización de formalidades no esenciales, garantizando la efectiva y oportuna satisfacción de los fines públicos para que tengan una repercusión positiva en las condiciones de vida de las personas, así como del

interés público, bajo condiciones de calidad y con el mejor uso de los recursos públicos."; Que, el artículo 93 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015-EF y modificado mediante Decreto Supremo Nº 056-2017-EF, regula los aspectos referidos a las Disposiciones Especiales sobre Compras Corporativas, indicando que "Las Entidades del Gobierno Nacional que formulen las políticas nacionales y/o sectoriales del Estado están facultadas a establecer, mediante Resolución del Titular de la Entidad, la relación de bienes y servicios que se contratarán a través de compra corporativa, debiendo señalar la Entidad encargada de la compra corporativa, las Entidades participantes, así como las obligaciones y responsabilidades de estas últimas (...)."; Que, teniendo en cuenta lo solicitado por el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud ­ CENARES, resulta pertinente emitir el acto resolutivo correspondiente, con la finalidad de excluir treinta y dos (32) productos farmacéuticos incluidos en los Anexos 1 y 2 de la Resolución Ministerial Nº 5282016/MINSA que aprueba los Listados de Productos Farmacéuticos para la Compra Corporativa de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento del año 2017 y el abastecimiento de los años 2017-2018; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, del Director General del Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Ley Nº 30225, modificado mediante Decreto Legislativo Nº 1341, en su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 350-2015-EF, modificado mediante Decreto Supremo Nº 056-2017-EF; y lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Excluir de los Anexos 1 y 2 que contienen los Listados de Productos Farmacéuticos para la Compra Corporativa para el abastecimiento del año 2017 y el abastecimiento de los años 2017-2018, aprobados por Resolución Ministerial Nº 528-2016/MINSA, los treinta y dos (32) productos farmacéuticos detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Centro Nacional de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud ­ CENARES, notifique la presente Resolución Ministerial a las Entidades participantes en la compra corporativa de productos farmacéuticos para el abastecimiento del año 2017 y el abastecimiento de los años 20172018, comprendidas en el Anexo Nº 3 de la Resolución Ministerial Nº 528-2016/MINSA. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVIA ESTER PESSAH ELJAY Ministra de Salud 1679240-7

Designan Directora Ejecutiva de la Oficina de Administración de Recursos Humanos de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 735-2018/MINSA Lima, 9 de agosto del 2018

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