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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2018 (08/12/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Sábado 8 de diciembre de 2018 El Peruano / ANEXO 1 1. SEGURIDAD, BUSQUEDA Y SALVAMENTOa) Gerente de Seguridad Ciudadana - Jefe de Grupo b) Gerente de Participación Vecinalc) Gerencia de Fiscalización y Controld) Representante del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas e) Representante de la Policía Nacional del Perúf) Representante del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú – CGBVP g) Otras Instituciones que la situación amerite. 2. SALUDa) Gerente de Solidaridad Salud - Jefe de Grupo b) Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental c) Subgerencia de Sanidad y Promoción de la Saludd) Representante del Seguro Social del Perú – ESSALUD Red Almenara y Red Rebagliati e) Representante de la Cruz Roja Peruanaf) Representante de la Sanidad de las Fuerzas Armadas g) Representante de la Sanidad de la Policía Nacional del Perú h) Otras Instituciones que la situación amerite. 3. ASISTENCIA HUMANITARIAa) Gerente de Desarrollo Social - Jefe de Grupo b) Gerencia de Participación Vecinalc) Gerente del Servicio de Parques de Lima – SERPARd) Red Humanitaria Nacional – RHNe) Otras Instituciones que la situación amerite. 4. AGUA, SANEAMIENTO E HIGIENEa) Subgerencia de Sanidad y Promoción de Salud – Jefe de Grupo b) Gerente de Desarrollo Social c) Representante del Servicio de Agua Potable y Alcantarillado S.A. – SEDAPAL d) Otras Instituciones que la situación amerite. 5. ANALISIS OPERACIONAL Y RESTABLECIMIENTO DE SERVICIOS a) Gerencia de Desarrollo Urbano - Jefe de Grupo b) Gerencia de Transporte Urbanoc) Gerencia de Plani fi cación d) Universidad Nacional de Ingeniería – UNI / CISMID e) Representante de la O fi cina de Naciones Unidad de Coordinación de Asuntos Humanitarios – OCHA f) Otras Instituciones que la situación amerite. 6. DIRECCION Y COORDINACION DE LA ATENCIÓN EN LA EMERGENCIA a) Gerencia Municipal Metropolitana - Jefe de Grupo b) Gerencia de Finanzasc) Gerencia de Asuntos Jurídicosd) Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres e) Subgerencia de Cooperación Técnica Internacionalf) Representante del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas g) Representante de la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú h) Representante del Grupo de Trabajo Empresarial para Apoyo en Desastres i) Otras Instituciones que la situación amerite. 7. LOGISTICA PARA LA ATENCIÓN DE LA EMERGENCIA a) Gerente de Administración - Jefe de Grupo b) Gerencia de Participación Vecinalc) Subgerencia de Personald) Gerente del Servicios de Parques de Lima – SERPARe) Representante de la Universidad del Pací fi co f) Representante del Grupo de Trabajo Empresarial para Apoyo de Desastres g) Otras Instituciones que la situación amerite. Articulo Segundo.- Modi fi car el Artículo 2° del Decreto de Alcaldía N° 004 de fecha 11 de junio de 2015, bajo lo siguiente: “Artículo 2º.- ENCÁRGUESE a la Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres la Secretaría Técnica de la Plataforma de Defensa Civil de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la que será presidida por el Alcalde Metropolitano de Lima, quien cumplirá las funciones establecidas en el numeral 6.3.2 de los Lineamientos para la organización, constitución y funcionamiento de las plataformas de Defensa Civil” aprobados por Resolución Ministerial Nº 180-2013-PCM.” Articulo Tercero.- Notifi car el presente Decreto de Alcaldía a los integrantes de la Plataforma de Defensa Civil, para el cabal cumplimiento de sus funciones. Articulo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Quinto.- Publíquese el presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano, y en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1720678-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Ordenanza que establece un beneficio excepcional de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales ORDENANZA Nº 006-2018/MDPN Punta Negra, 14 de noviembre de 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA POR CUANTO:El Concejo Municipal de Punta Negra, en Sesión Ordinaria Nº 021 de Concejo de la fecha; y, VISTOS:El Concejo Municipal de Punta Negra, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; y visto el Informe Nº 134-2018-GAT/MDPN de fecha 08 de Noviembre de 2018 de la Gerencia de Administración Tributaria y el Informe Nº 070-2018-SGRRFT/GAT/MDPN de la Sub Gerencia de Recaudación Registro y Fiscalización Tributaria de fecha 08 de Noviembre de 2018, Informe Nº 113-2018-SGyAJ/MDPN del 13 de noviembre de 2018, emitido por la Secretaría General y Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, los Artículos 74º, 194º y los numerales 3) y 4) del Artículo 195º de la constitución Política del Perú, reconocen a los gobiernos locales autónoma política, económica y administrativa, en los asuntos de su competencia y les otorga potestad para administrar sus bienes y rentas, estableciendo que mediante ordenanzas pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción conforme a ley;