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5 NORMAS LEGALES Jueves 13 de diciembre de 2018 El Peruano / privilegiando la promoción, respeto y protección de los derechos fundamentales de la población damni fi cada y afectada; Que, estando a lo expuesto y con la opinión favorable del Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres – PLANAGERD 2014 – 2021, aprobado por el Decreto Supremo N° 034-2014-PCM; y, los Lineamientos para la formulación y aprobación de planes de contingencia, aprobada por la Resolución Ministerial N° 188-2015-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el “Plan de Contingencia Nacional ante lluvias intensas”, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI preste asistencia técnica a las entidades públicas de nivel nacional y regional para la elaboración de los planes de contingencias sectoriales y regionales, según corresponda y proporcione la información técnica necesaria para la identi fi cación de los escenarios especí fi cos, en el marco de las normas vigentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución ministerial en el Diario O fi cial “El Peruano”; adicionalmente, la presente resolución y su Anexo, son publicados en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe) y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI (www.indeci.gob.pe), el mismo día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros 1722798-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Modifican la R.M. Nº 450-2018-MINCETUR y autorizan viaje de funcionario a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCION MINISTERIAL Nº 488-2018-MINCETUR Lima, 11 de diciembre de 2018CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 450-2018-MINCETUR, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 25 de noviembre de 2018, se autorizó el viaje a la ciudad de Quito, República del Ecuador, entre otros, de la señora Diana Sayuri Bayona Matsuda, Directora de Norteamérica y Europa de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, y la señorita Laura Isabel Flores Cisneros, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que participen, del 09 al 15 de diciembre de 2018, en las reuniones del Comité de Comercio y Subcomités del Acuerdo Comercial con la Unión Europea y sus Estados Miembros; Que, ante la salida de Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de la Unión Europea, el Perú viene sosteniendo un diálogo con dicho país a fi n de asegurar la continuidad de la relación comercial preferencial que posee hasta la fecha; en tal razón, Perú, Colombia y Ecuador sostendrán reuniones técnicas con Reino Unido, en la ciudad de Quito, los días 15 y 16 de diciembre de 2018, con el fi n de coordinar asuntos técnicos, intereses e inquietudes que han surgido en el referido proceso de adecuación; Que, por lo expuesto, resulta conveniente modi fi car la Resolución Ministerial Nº 450-2018-MINCETUR, a fi n de autorizar las nuevas fechas de viaje de las profesionales antes mencionadas, para que participen en las reuniones de los días 15 y 16 de diciembre de 2018, y se autoricen los gastos que dicha reprogramación de viaje genere; Que, asimismo, el Viceministro de Comercio Exterior solicita que se autorice el viaje del señor John Ramiro Cusipuma Frisancho, Director de Coherencia Jurídica y Defensa de los Compromisos Comerciales Internacionales de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional del Viceministerio de Comercio Exterior, para que, en representación del MINCETUR, participe igualmente, en las reuniones técnicas antes mencionadas; De conformidad con la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modi fi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM. SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 450-2018-MINCETUR, en el extremo referido a las fechas de viaje de la Diana Sayuri Bayona Matsuda, Directora de Norteamérica y Europa de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, y la señorita Laura Isabel Flores Cisneros, profesional que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, las mismas que quedan autorizadas del 09 al 17 de diciembre de 2018. Artículo 2.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 450-2018-MINCETUR, en el extremo referido a los gastos de pasajes y viáticos de la señora Diana Sayuri Bayona Matsuda y la señorita Laura Isabel Flores Cisneros, las mismas que se autorizan de acuerdo al siguiente detalle: Comisionado Pasaje US$ Viáticos US$ Diana Sayuri Bayona Matsuda 1 592,08 370,00 x 08 días: 2 960,00 Laura Isabel Flores Cisneros 1 592,08 370,00 x 08 días: 2 960,00 Artículo 3.- Autorizar el viaje del señor John Ramiro Cusipuma Frisancho, Director de Coherencia Jurídica y Defensa de los Compromisos Comerciales Internacionales de la Dirección General de Gestión Jurídica Comercial Internacional del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 14 al 16 de diciembre de 2018, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participe en las reuniones técnicas a que se re fi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 4.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Resolución Ministerial, estarán a cargo del Pliego Presupuestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : US$ 1 047,14 Viáticos (US$ 370,00 x 03 días) : US$ 1 110,00 Artículo 5.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Cusipuma Frisancho presentará al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en los eventos a los que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 6.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.