Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2018 (29/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Lunes 29 de enero de 2018 /

El Peruano

de los representantes de sus órganos de línea, dando cumplimiento a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 005-2017-MIMP en relación con la conformación del Mecanismo para la Igualdad de Género; Que, en los artículos 5 y 6 del mencionado Decreto Supremo, se establece en relación al Mecanismo para la Igualdad de Género lo siguiente: (i) la fecha máxima para su instalación y plazo de vigencia, el cual deberá ser establecido por cada entidad; y (ii) Las funciones que le corresponde; De conformidad con lo establecido por el numeral 2 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; el Decreto Supremo Nº 005-2017-MIMP; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2002-MINCETUR y modificado mediante Decreto Supremo Nº 002-2015-MINCETUR. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Crear el Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en el marco de lo establecido por el Decreto Supremo Nº 005-2017-MIMP, que dispone la creación de un mecanismo para la Igualdad de Género en las entidades del Gobierno Nacional y de los Gobiernos Regionales, el cual está conformado por: - Un/a representante del titular de la entidad, quien lo preside - Un/a representante de la Oficina General de Planificación, Presupuesto y Desarrollo quien estará a cargo de la Secretaría Técnica - Un/a representante de la Oficina de Personal - Un/a representante de la Oficina de Comunicaciones y Protocolo - Un/a representante del Plan COPESCO Nacional - Un/a representante de la Dirección General de Políticas de Desarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo - Un/a representante de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior. Las funciones del Comité de Igualdad de Género del MINCETUR, son las señaladas en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 005-2017-MIMP Artículo 2º.- Disponer la participación de otros órganos del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en caso el Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o su Secretaría Técnica soliciten a los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, su colaboración para el cumplimiento de sus funciones. Artículo 3º.- Disponer que el Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de conformidad con el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 005-2017-MIMP, se instale en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de la expedición de la presente Resolución. Artículo 4º.- El Comité para la Igualdad de Género del MINCETUR, en un plazo no mayor de treinta (30) días naturales, contados a partir del día siguiente de su instalación, deberá elaborar su Reglamento Interno de funcionamiento así como su Plan de Actividades Anual para la reducción de las brechas de género. Artículo 5º.- Disponer que la vigencia del Comité para la Igualdad de Género del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, esté supeditada al cumplimiento de su objeto, el cual está establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 005-2017-MIMP. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO FERREYROS KÜPPERS Ministro de Comercio Exterior y Turismo 1610478-1

DEFENSA
Designan Asesor III del Despacho Ministerial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0100-2018 DE/ Lima, 25 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 488-2017DE/SG de fecha 25 de abril de 2017, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del· Ministerio de Defensa, documento de gestión Institucional que contiene los cargos clasificados de este Ministerio (Unidad Ejecutora 001: Administración General), y que ha previsto el cargo de Asesor III del Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa, considerándolo como cargo de confianza; Que, actualmente se encuentra vacante el cargo antes mencionado, por lo que resulta necesario designar al funcionario que se desempeñará en el mismo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1134 - Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2016-DE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Mayor General FAP (r) Carlos Enrique Palacios Rossi, en el cargo de Asesor III del Despacho Ministerial del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa 1610651-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de diciembre de 2017
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 026-2018-EF/50 Lima, 26 de enero de 2018 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28258, Ley de Regalía Minera, modificada por las Leyes N°s 28323 y 29788, establece la Regalía Minera, su constitución, determinación, administración, distribución y utilización; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 28258, señala que la Regalía Minera es la contraprestación económica que los sujetos de la actividad minera pagan al Estado por la explotación de los recursos minerales metálicos y no metálicos; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley N° 28258, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del último día de pago de la Regalía Minera;

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