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73 NORMAS LEGALES Jueves 5 de julio de 2018 El Peruano / y 02-2018-MML-CMSCDC, de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización, de Asuntos Legales y de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil; Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LIMA METROPOLITANA 2018 Artículo Primero.- Rati fi car el Plan Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana 2018, aprobado por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana, según Acta de Aprobación del Plan Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana 2018 de fecha 07 de Febrero del 2018, en cumplimiento de lo establecido por la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, Ley Nº 27933 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-2014-IN. Artículo Segundo.- Precisar que el Plan rati fi cado en virtud del artículo precedente como Anexo adjunto, forma parte integrante de la presente Ordenanza, el mismo que será publicado en la página web de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTOMando se registre, comunique, publique y cumpla.Lima, 28 JUN. 2018LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1665535-2 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA Amplían la vigencia de la Ordenanza N° 368-2017-MDI, que establece beneficios Tributarios y no Tributarios en la jurisdicción del distrito DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000006-2018-MDI Independencia, 27 de junio del 2018EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: el Informe Nº 28-2018-GR/MDI emitido por la Gerencia de Rentas, el Informe Legal Nº 189 -2018-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoría Legal y el Memorando Nº 1228 -2018-GM/MDI emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú reconoce a los Gobiernos Locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, desarrollada por el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Ordenanza Nº 368-2017-MDI publicada en el diario o fi cial El Peruano el 16 de diciembre de 2017, se estableció en la jurisdicción del distrito de Independencia bene fi cios tributarios y no tributarios exigibles y/o pendientes de pago; estableciendo en la segunda Disposición Final de dicha Ordenanza, se facultó al Alcalde, aprobar mediante Decreto de Alcaldía la prórroga de su vigencia, así como disposiciones reglamentarias que puedan ser necesarias para su mejor aplicación. Que, es necesario continuar con las estrategias de cobranza destinadas a incrementar la recaudación y reducir los niveles de morosidad, así como crear conciencia tributaria en los contribuyentes, respecto al cumplimiento de las obligaciones tributarias que administra la entidad municipal, por lo que es conveniente ampliar la vigencia de la Ordenanza Nº 368-2017-MDI que aprueba los Bene fi cios Tributarios y No Tributarios. Que, mediante Informe Nº 28-2018-GR-MDI de fecha 26 de junio del 2018, la Gerencia de Rentas propone la ampliación de la vigencia de la Ordenanza Nº 368-2017-MDI que aprueba los “Bene fi cios Tributarios y No Tributarios, hasta el 31 de Julio del 2018; Que, mediante Informe Legal Nº 189-2018-GAL-MDI, de fecha 27 de junio del 2018, la Gerencia de Asesoría Legal opina FAVORABLE SE APRUEBE LA AMPLIACION DE PRORROGA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS hasta el 31 de Julio del 2018 a fi n de incrementar y equilibrar los niveles de recaudación, correspondiendo se emita el DECRETO DE ALCALDIA; Que, mediante Memorando Nº 1228-2018-GM-MDI de fecha 27 de junio del 2018, la Gerencia Municipal considerando las opiniones técnica y legal de las áreas correspondientes, remite la documentación a fi n de proseguir con el tramite respectivo; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades contenidas en los artículos 20º numeral 6) y 42º de la Ley 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo Primero.- AMPLIAR hasta el 31 de JULIO del 2018, la vigencia de la Ordenanza Nº 368-2017-MDI, que establece bene fi cios Tributarios y no Tributarios en la jurisdicción del Distrito de Independencia. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación, Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, y Sub Gerencia de Tesorería, de acuerdo al ámbito de sus funciones que les corresponde. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General la publicación del texto del presente Decreto en el Diario O fi cial El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y la Comunicación la publicación en la página web de la Municipalidad www.muniindependencia.gob.pe y en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www.serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 1666005-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Modifican Ordenanza Nº 031-2013-MDMM, que aprobó normas técnicas de carácter edificatorio aplicables en el distrito ORDENANZA Nº 018-2018-MDMM Magdalena del Mar, 28 de junio de 2018EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO:El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria Nº 15 de la fecha, y;