Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 2018 (05/07/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 66

66

NORMAS LEGALES

Jueves 5 de julio de 2018 /

El Peruano

Nacional de Registro de Organizaciones Políticas de declarar improcedente por extemporánea la solicitud de inscripción del padrón de afiliados del Movimiento Esperanza Región Amazónica. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA Concha Moscoso Secretaria General 1666142-2

ser ampliado en caso de ser necesario, conforme a las exigencias propias del proceso electoral. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- MODIFICAR la parte resolutiva de la Resolución N° 0461-2018-JNE, de fecha 2 de julio de 2018, la que queda con el siguiente texto: Artículo primero.- El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones se declara en sesión permanente y asimismo declara en sesión permanente a los 93 Jurados Electorales Especiales, desde la fecha de la presente resolución hasta el 8 de octubre de 2018. Artículo segundo.- HABILITAR los días sábados, domingos y feriados para la realización de audiencias públicas, notificaciones, recepción de escritos y recursos y otras actuaciones procesales. Artículo tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de los Jurados Electorales Especiales, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines pertinentes. Artículo cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Segundo.- PONER la presente resolución modificatoria en conocimiento de los Jurados Electorales Especiales, la Oficina Nacional de Procesos Electorales y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines pertinentes. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución modificatoria en el diario oficial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO CHANAMÉ ORBE CHÁVARRY CORREA RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1666142-3

Modifican la Res. N° 0461-2018-JNE mediante la cual se dispone que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones se declara en sesión permanente y asimismo declaran en sesión permanente a los 93 Jurados Electorales Especiales
RESOLUCIÓN N° 0501-2018-JNE Lima, tres de julio de dos mil dieciocho. VISTA la Resolución N° 0461-2018-JNE, de fecha 2 de julio de 2018. CONSIDERANDOS 1. A fin de cumplir con los plazos perentorios e improrrogables que marcan el cronograma electoral del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, convocado mediante el Decreto Supremo N° 004-2018PCM, y debido a su alta complejidad y a la presentación de 113541 candidatos a nivel nacional, se declaró en sesión permanente al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones y a los 93 Jurados Electorales Especiales (JEE), mediante la Resolución N° 0461-2018-JNE, de fecha 2 de julio de 2018. 2. El Reglamento de Gestión de los Jurados Electorales Especiales, aprobado mediante la Resolución N° 0483-2017-JNE, de fecha 13 de noviembre de 2017, es un instrumento normativo que permite asegurar la eficiente gestión y funcionamiento de los JEE; sus disposiciones son de observancia obligatoria para los miembros y el personal que presta servicios en dichos órganos electorales de primera instancia. Así, dicho reglamento en su ítem 8.7 señala que cada JEE establece, mediante resolución, el horario de atención al público, el cual no podrá ser menor de 6 horas ni mayor de 8 horas diarias y deberá comprender los 7 días de la semana. Esta disposición tiene su justificación en la diversidad climática y geográfica que presentan las distintas regiones del Perú. 3. Asimismo, del monitoreo del proceso electoral efectuado a través del Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes, se constata que los JEE vienen calificando las fórmulas y listas de candidatos regionales y las listas de candidatos municipales, según las pautas de avance que cada presidente establece al interior de su JEE, para lograr el objetivo según la carga procesal respectiva, ya que la cantidad de expedientes y de candidatos varía de un JEE a otro. Al respecto, es necesario precisar que la prestación de servicios del personal de los JEE debe ajustarse a las pautas internas sobre la base de la carga procesal correspondiente, observando el cumplimiento de los plazos legales para la resolución oportuna de los trámites que son de competencia de los órganos de justicia electoral de primera instancia. 4. En cuanto al horario de atención al público en el Jurado Nacional de Elecciones, se aclara que este podrá

MINISTERIO PUBLICO
Dejan sin efecto el artículo octavo de la Res. Nº 2143-2018-MP-FN en el extremo que se nombró Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Norte y se le designó en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Los Olivos
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2287-2018-MP-FN Lima, 4 de julio de 2018 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante escrito de fecha 27 de junio del año en curso, el abogado Miguel Antonio Montes

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.