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87 NORMAS LEGALES Viernes 6 de julio de 2018 El Peruano / Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Tercer Despacho, José Domingo Pérez Gómez, Fiscal Provincial de la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Quinto Despacho, y Walter Edgardo Villanueva Luicho, Fiscal Adjunto Provincial del referido despacho fi scal, para viajar a la ciudad de Salvador de Bahía, República Federativa de Brasil, del 3 al 5 de julio de 2018. La solicitud de autorización de viaje requerida tiene por fi nalidad desarrollar diligencias reservadas; así como efectuar coordinaciones en el marco de investigaciones de carácter reservado. Teniendo en cuenta la importancia de las diligencias que se desarrollarán y a efectos de garantizar un resultado óptimo, corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el viaje de los mencionados fi scales para que realicen las diligencias de naturaleza reservada que se llevarán a cabo en la República Federativa de Brasil. Los gastos que irrogue el presente viaje serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público. Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina de Asesoría Jurídica, Gerencias Centrales de Finanzas y Logística. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30693, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; Resolución de Gerencia General del Ministerio Público N° 157-2018-MP-FN-GG que aprueba la Directiva General N° 003-2018-MP-FN-GG “Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios”; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE : Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Salvador de Bahía, República Federativa de Brasil, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, a los señores fi scales que se detallan a continuación: Nombres y ApellidosDespachoPeriodo de Licencia José Domingo Pérez GómezFiscal Provincial de la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Quinto Despacho Del 3 al 5 de julio de 2018Walter Edgardo Villanueva LuichoFiscal Adjunto Provincial de la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Quinto Despacho Germán Juárez AtocheFiscal Provincial de la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Tercer Despacho Artículo Segundo.- Disponer que con absoluta reserva y bajo responsabilidad, la Gerencia General, a través de las Gerencias Centrales de Logística y Finanzas, procedan a la adquisición de los pasajes aéreos, seguros de viaje y la asignación de viáticos conforme se precisa: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos InternacionalesViáticos (por 3 días)Seguro de viaje José Domingo Pérez GómezUS$ 2 430,24 US$ 720,00 US$ 40,00 Walter Edgardo Villanueva LuichoUS$ 2 430,24 US$ 720,00 US$ 40,00 Germán Juárez AtocheUS$ 2 430,24 US$ 720,00 US$ 40,00Artículo Tercero.- Encargar la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Quinto Despacho, a la señora Elvia del Carmen Caro Izquierdo, Fiscal Adjunta Provincial del referido despacho, durante la ausencia del titular. Artículo Cuarto.- Encargar la 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio –Tercer Despacho, al señor Alexander Daniel Taboada Guardián, Fiscal Adjunto Provincial del referido despacho, durante la ausencia del titular. Artículo Quinto.- Dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicio, los fi scales mencionados en el artículo primero de la presente resolución, deberán presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación, un informe en el que describan las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante su participación en las diligencias materia de la resolución. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente resolución a la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio, 2° Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Tercer Despacho y Quinto Despacho, Gerencia General, Gerencias Centrales de Potencial Humano, Logística y Finanzas, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1666881-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank la ampliación del plazo para el cierre temporal de agencia ubicada en el departamento de Loreto RESOLUCIÓN SBS Nº 2547-2018 Lima, 28 de junio de 2018LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La Resolución SBS N° 2189-2018 en la cual se autoriza al Banco Internacional del Perú - Interbank al cierre temporal de (01) agencia, entre el 04.06.2018 y el 25.06.2018; y, La comunicación del Banco Internacional del Perú - Interbank mediante la cual informa que los trabajos de remodelación de la agencia durarán hasta el día jueves 28. 06.2018; y, CONSIDERANDO: Que, la citada entidad ha cumplido con presentar la información pertinente que justi fi ca la ampliación del cierre temporal de la referida agencia; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de o fi cinas y uso de locales compartidos,