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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2018 (28/07/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Sábado 28 de julio de 2018 / El Peruano de conformidad con lo dispuesto en la Ley y en mérito a lo opinado por la Unidad Gerencial de Derecho de Vía, resulta legalmente viable la aprobación de la ejecución de expropiación del área del inmueble afectado por la obra y su respectivo valor de tasación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192 y sus modi fi catorias, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera PE-3N Longitudinal de la Sierra Norte, Tramo: Cochabamba – Cutervo – Santo Domingo de la Capilla – Chiple” y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 1,527.54, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución y noti fi cada la consignación a los Sujetos Pasivos, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, a efectos de inscribir el bien inmueble expropiado a favor del bene fi ciario. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación a los Sujetos Pasivos. Artículo 4.- Inscripción Registral del Bien Inmueble a Favor del Bene fi ciario Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del bene fi ciario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVIAS NACIONAL, noti fi que la presente Resolución a los Sujetos Pasivos de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, requiriéndoles la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: “REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA PE-3N LONGITUDINAL DE LA SIERRA NORTE, TRAMO: COCHABAMBA – CUTERVO – SANTO DOMINGO DE LA CAPILLA – CHIPLE” No.SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TA- SACIÓN (S/) CÓDIGO: PCLST2-TC03-VER-014 AREA AFECTAD A: 463.24 m2AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: • Por el Norte: En línea recta de un tramo A-Z de 10.27m, colindante al predio identi fi cado con U.C. 19282, inscrita en la Partida 02162216.• Por el Sur: En línea recta de un tramo I-J de 3.59m, colindante al predio identi fi cado con U.C. 19288 , inscrita en la Partida 11009848 • Por el Este: En línea quebrada de ocho tramos A-B, B-C, C-D, D-E, E-F, F-G, G-H, H-I, de 3.42m, 9.07m, 8.33m, 11.02m, 8.94m, 8.32m, 8.70m y 12.18m respectivamente, colindante a la Carretera a Santo Domingo de la Capilla • Por el Oeste: En línea quebrada de dieciséis tramos J-K, K-L, L-M, M-N, N-O, O-P, P-Q, Q-R, R-S, S-T, T-U, U-V, V-W, W-X, X-Y, Y-Z, de 5.49m, 2.34m, 2.34m, 2.34m, 2.34m, 2.34m, 2.34m, 2.34m, 2.34m, 2.34m, 2.34m, 2.34m, 2.34m, 34.41m, 0.63m, 0.63m, respectivamente, colindante al predio identi fi cado con U.C. 19283, inscrita en la partida 02162217).COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 3.42 739592.1429 9300477.9572 B B-C 9.07 739594.7154 9300475.7076 C C-D 8.33 739601.4442 9300469.6289 D D-E 11.02 739608.4532 9300465.1298 E E-F 8.94 739617.8863 9300459.4312 F F-G 8.32 739625.5055 9300454.7521 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICA- CIONES - PRO- VIAS NACIONAL Oscar Torres Davila y María Erminia Cevallos RamirezG G-H 8.7 739632.0445 9300449.6130 1,527.54H H-I 12.18 739637.5527 9300442.8845 I I-J 3.59 739644.8998 9300433.1563 J J-K 5.49 739642.3281 9300430.6473 PARTIDA REGISTRAL: N° 02162217 perteneciente a O fi cina Registral de Chota, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo.CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 18.04.2016 (Informe Técnico Catastral N° 618-2016-Z.R.N. II/OC-OR-CHOTA-R) por la O fi cina Registral de Chota de la Zona Registral N° II, Sede Chiclayo.CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 30.04.2018, por la O fi cina Registral de Chota, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo.K K-L 2.34 739638.6235 9300434.7018 L L-M 2.34 739637.0240 9300436.4072 M M-N 2.34 739635.3808 9300438.0706 N N-O 2.34 739633.6950 9300439.6907 O O-P 2.34 739631.9676 9300441.2664 P P-Q 2.34 739630.1999 9300442.7968 Q Q-R 2.34 739628.3930 9300444.2807 R R-S 2.34 739626.5482 9300445.7172 S S-T 2.34 739624.6666 9300447.1052