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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2018 (25/06/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Lunes 25 de junio de 2018 El Peruano / cunamas.gob.pe), en la fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROMMY MARISA RÍOS NÚÑEZ Directora EjecutivaPrograma Nacional Cuna Más 1662958-3 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA PERUANA DE COOPERACION INTERNACIONAL Aprueban Plan Anual de Supervisión 2018 (PAS - 2018) RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 080-2018/APCI-DE Mira fl ores, 19 de junio de 2018 VISTOS: El Informe N° 113-2018/APCI-OAJ de fecha 19 de junio de 2018, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 219-2018/APCI-OPP del 30 de mayo de 2018, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorándum N° 212-2018/APCI-DE del 28 de mayo de 2018; y, el Informe N° 025-2018-APCI/DFS, de fecha 17 de mayo de 2018, de la Dirección de Fiscalización y Supervisión de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI), a través del cual se remite el proyecto de Plan Anual de Supervisión 2018 (PAS – 2018) acompañado de sus anexos; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27692 - Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, y sus modi fi catorias, la APCI es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, responsable de conducir, programar, organizar, priorizar y supervisar la cooperación internacional no reembolsable, que se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente gozan de los bene fi cios tributarios que la ley establece; Que, de acuerdo al artículo 3° de la citada Ley Nº 27692, la APCI tiene como función el control, supervisión y fi scalización de la cooperación internacional no reembolsable y la correcta utilización de los recursos que reciben las organizaciones no gubernamentales de desarrollo domiciliadas en el país; Que, asimismo, según el artículo 3° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la APCI aprobado mediante Decreto Supremo N° 028-2007-RE, la APCI controla, supervisa y fi scaliza la cooperación internacional no reembolsable y la correcta utilización de los recursos que reciben las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) Nacionales receptoras de Cooperación Técnica Internacional, las Entidades e Instituciones Extranjeras de Cooperación Técnica Internacional (ENIEX) y las Instituciones Privadas sin fi nes de lucro receptoras de Donaciones de Carácter Asistencial o Educacional provenientes del Exterior (IPREDA); Que, conforme al artículo 47° del ROF de la APCI, la Dirección de Fiscalización y Supervisión es el órgano de línea encargado de supervisar y fi scalizar el correcto uso de los recursos de la CINR gestionados a través del Estado y que provienen de fuentes del exterior de carácter público y/o privado para el logro de los objetivos de desarrollo nacional, regional y local, que ejecutan las entidades privadas debidamente registradas en APCI; Que, de acuerdo al artículo 48°, inciso b), del ROF de la APCI, la Dirección de Fiscalización y Supervisión tiene la función de elaborar y ejecutar el Plan Anual de Fiscalización, también denominado Plan Anual de Supervisión; Que, en el marco de lo señalado, la Dirección de Fiscalización y Supervisión con el Informe N° 025-2018-APCI/DFS ha remitido el proyecto del Plan Anual de Supervisión 2018 que comprende, entre otros, el marco normativo y conceptual, los objetivos, criterios, metas y estrategias para la implementación del citado instrumento de gestión, así como el listado de intervenciones (anexo 1) y el listado de donaciones (anexo 2) a supervisar en el período 2018; Que, con Memorándum N° 219-2018/APCI-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto indica que el Plan de Supervisión 2018 cuenta con los recursos y recomienda su aprobación institucional; Que, mediante el Informe N° 113-2018/APCI-OAJ, la Ofi cina de Asesoría Jurídica ha emitido el pronunciamiento legal correspondiente; Con los vistos de la Dirección de Fiscalización y Supervisión, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina de Asesoría Jurídica de la APCI; y, En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692 - Ley de Creación de la APCI y sus modi fi catorias, así como el Reglamento de Organización y Funciones de la APCI, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar el Plan Anual de Supervisión 2018 (PAS – 2018), el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Directoral Ejecutiva. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva y su Anexo en el portal institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (www.apci.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ NORRIS Director Ejecutivo 1662446-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Designan Gerente de Gestión de Procesos y Proyectos de Sistemas de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 160-2018/SUNAT Lima, 21 de junio de 2018 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza