Norma Legal Oficial del día 05 de noviembre del año 2018 (05/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Lunes 5 de noviembre de 2018 /

El Peruano

de acuerdo a lo establecido en el Anexo A de la NTP 900.080. u otras normas internacionales o nacionales que cumplan como mínimo con los criterios de evaluación y métodos de ensayo establecidos en la NTP 900.080. En el Anexo B de la NTP 900.080 se establece un programa de ensayo para la evaluación de la conformidad de la biodegradabilidad. En tanto no se cuente con organismos de evaluación de la conformidad de la biodegradabilidad acreditados a nivel nacional, se permite como medios de verificación las fichas técnicas y/u hojas de seguridad del productor que declaren que el producto cumple lo establecido en la NTP 900.080 u otras normas internacionales o nacionales que cumplan como mínimo con los criterios de evaluación de la NTP 900.080. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de noviembre del año dos mil dieciocho. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República FABIOLA MUÑOZ DODERO Ministra del Ambiente 1708562-2

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Economía y Finanzas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 372-2018-EF/43 Lima, 30 de octubre de 2018 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 279-2017EF/43, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Economía y Finanzas, el mismo que fue reordenado por Resolución Ministerial N° 227-2018-EF/43; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) aprobó la Directiva N° 002-2015-SERVIR/ GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", que incluye los lineamientos para la elaboración y aprobación del CAP Provisional; Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la Entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del Sector Público al Régimen del Servicio Civil, previsto en la Ley N° 30057; Que, asimismo, precisa que las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las entidades públicas se encuentran establecidas en los Anexos N°s 4, 4-A, 4-B, 4-C y 4-D de la Directiva citada y sólo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo N° 4 de dicha Directiva; Que, a su vez, los numerales 2.2 y 2.3 del Anexo N° 4 de la Directiva en mención, establecen que el CAP Provisional se formula a partir de la estructura orgánica de

la entidad aprobada en su ROF, así como considerando su Manual de Clasificación de Cargos vigente; Que, de acuerdo a los numerales 4.1 y 4.2 del Anexo N° 4 de la mencionada Directiva, la aprobación del CAP Provisional para los Ministerios, se realiza por resolución ministerial del sector correspondiente, previo informe de opinión favorable que emita SERVIR; Que, mediante Decreto Supremo N° 220-2018-EF, se aprobó el funcionamiento de dos (02) nuevas Salas Especializadas en el Tribunal Fiscal; Que, en dicho contexto, mediante Memorando N° 1087-2018-EF/43.02, que contiene el Informe Técnico Sustentatorio para la aprobación del CAP Provisional, la Oficina de Recursos Humanos de la Oficina General de Administración, en su calidad de órgano responsable de la elaboración del CAP Provisional, solicita y justifica la aprobación del nuevo CAP Provisional del Ministerio de Economía y Finanzas, sustentándose en el supuesto contemplado en el numeral 1.2 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, así como la realización de acciones de reordenamiento; Que, la referida propuesta cuenta con la opinión técnica favorable de la Oficina de Planificación y Modernización de la Gestión, emitida a través del Informe N° 148-2018EF/41.02, ratificada por la Oficina General de Planificación y Presupuesto mediante los Memorandos N°s 271-2018EF/41.02 y 290-2018-EF/41.02, de conformidad con lo previsto en el numeral 2.1 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH; Que, mediante Oficio N° 824-2018-SERVIR/PE, el Presidente Ejecutivo de SERVIR remite el Informe Técnico N° 203-2018-SERVIR/GDSRH, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en el cual se concluye que el proyecto de CAP Provisional del Ministerio de Economía y Finanzas se enmarca en las situaciones contempladas en la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 1.2 del Anexo N° 4 de la citada Directiva, habiéndose considerado para su elaboración la información sobre cargos estructurales, la clasificación y códigos, y respetando los límites porcentuales dispuestos en los dispositivos normativos y sus documentos de gestión vigentes; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar un nuevo CAP Provisional del Ministerio de Economía y Finanzas, a fin de contar con un documento de gestión actualizado; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Decreto Supremo N° 1172014-EF; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE, que formaliza la aprobación de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH; SE RESUELVE: Artículo 1. Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Economía y Finanzas, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 279-2017-EF/43, que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Economía y Finanzas y su reordenamiento, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 227-2018-EF/43. Artículo 3. Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional aprobado en el artículo 1, en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS AUGUSTO OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas

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