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12 NORMAS LEGALES Lunes 15 de octubre de 2018 / El Peruano por dichos conceptos; sin embargo, el RENIEC cubrirá el costo por pasaje aéreo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo: Total: US$ 755.89Pasaje aéreo. Incluye FEE. US$ 755.89 Artículo Cuarto.- DISPONER, que el servidor CARLOS ENRIQUE REYNA IZAGUIRRE, Gerente de Restitución de la Identidad y Apoyo Social del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, presente ante la Jefatura Nacional a través de la Gerencia General, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado en el Primer Artículo de la presente Resolución Jefatural, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de culminado el desplazamiento. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento Humano. Regístrese, publíquese y cúmplase.JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1701789-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan al Banco de Crédito del Perú el cierre definitivo de agencias ubicadas en los departamentos de Lima, Junín, Tacna e Ica RESOLUCIÓN SBS N° 3570-2018 Lima, 14 de setiembre de 2018LA INTENDENTE GENERAL DE BANCAVISTA:La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice el cierre de diez (10) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO:Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “C”, y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú el cierre de fi nitivo de diez (10) agencias: Palao, La Pascana, Penta Strip Canto Grande, Strip Center Las Malvinas, Sodimac Ate, Magdalena, San Ramón, Albarracín, Pueblo Nuevo, Megaexpress Pisco; cuya ubicación se detalla en el anexo adjunto. Regístrese, comuníquese y publíquese.PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de BancaANEXO N° NOMBRE DIRECCIÓN DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 1 PalaoAv. Alfredo Mendiola N° 761San Martin de PorresLima Lima 2 La PascanaAv. Tupac Amaru, Mz A, Lote 16 y 17, Urb. La PascanaComas Lima Lima 3Penta Strip Canto GrandeAv. Canto Grande N° 288, Mz A, lote 15, Local Comercial 3San Juan de LuriganchoLima Lima 4Strip Center Las MalvinasAv. República Argentina 608, Interior L-101Lima Lima Lima 5 Sodimac AteAv. Los Frutales Fundo Monterrico Oeste Lote 5a, 5b1 y 5b2 Local Comercial Lc12Ate Lima Lima 6 MagdalenaAv. Alberto Del Campo N° 1010Magdalena del MarLima Lima 7 San Ramón Jr. Tarma 201 San Ramón Chanchamayo Junín 8 AlbarracínLote 14 y Lote 15 Mz.D-4, Programa De Vivienda Habitación Urbana ProgresivaCoronel Gregorio Albarracín L.Tacna Tacna 9Pueblo NuevoLote N° 35 Mz 46 III Etapa Centro Poblado Pueblo NuevoPueblo Nuevo Chincha Ica 10Megaexpress PiscoAv. Las Américas Esquina con Av. Fermín TangüisPisco Pisco Ica 1701800-1 Modifican el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, el Reglamento de Bancos de Inversión, el Reglamento de Auditoría Interna, el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero y la Circular G-184-2015, sobre el Servicio de Atención al Usuario RESOLUCIÓN SBS N° 3966-2018 Lima, 11 de octubre de 2018LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 3274-2017 se aprobó el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, con la fi nalidad de que las empresas cuenten con una adecuada gestión de conducta de mercado que se re fl eje en las prácticas que adoptan en su relación con los usuarios, en la oferta de productos y servicios fi nancieros, la transparencia de información y la gestión de reclamos; Que, como resultado de las acciones de supervisión, se ha considerado necesario modi fi car el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero con la fi nalidad de incorporar disposiciones y establecer precisiones que permitan el desarrollo de la oferta de productos y servicios fi nancieros en un entorno digital; así como adecuar el alcance del marco normativo vigente considerando los productos y servicios ofrecidos por las empresas, al tamaño y volumen de sus operaciones; Que, asimismo, resulta necesario modi fi car el Reglamento de Auditoría Interna aprobado mediante la Resolución SBS N° 11699-2008; así como el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero aprobado por la Resolución SBS N° 895-98;