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60 NORMAS LEGALES Domingo 28 de octubre de 2018 / El Peruano local donde se desarrolle una actividad económica. Artículo 2º.- ENTIÉNDASE como cañita a la cánula, popote, pajilla o sorbete de plástico para sorber líquidos de un vaso a la boca. Artículo 3º.- EXCEPTÚESE de la presente ordenanza: a) Las cañitas de papel o bambú y de acero. b) El uso inevitable de las cañitas tradicionales por necesidad física o salud. Artículo 4º.- ESTABLECER en el cuadro de infracciones vigente los siguientes códigos de infracción: 14-19Por usar, comercializar, vender o distribuir gratuitamente cañitas y bolsas plásticas en el Distrito de La Punta, en establecimientos comerciales, prestadores de servicios públicos o privados y en aquellos lugares donde se desarrolle actividad económica.Leve10% (en caso de reinci- dencia)La infracción por primera vez acarreará la imposición de una notifi cación educativa y ante la reincidencia se impondrá el 10% del valor de la UIT y en caso de reiterada comisión de la infracción se impondrá como medida complementaria la clausura temporal o defi nitiva.Artículo 5º.- OTORGAR el plazo de dos (02) años, que se computarán desde la fecha de publicación de la presente ordenanza, a efectos de que los establecimientos comerciales, prestadores de servicios públicos o privados y en todo local donde se desarrolle una actividad económica en el distrito de La Punta, se adecúen de manera progresiva durante dicho periodo y cambien las cañitas y bolsas plásticas por productos que no generen daño para el medioambiente. Asimismo, se establece que una vez concluido dicho plazo, se empezarán a imponer las sanciones, multas y medidas complementarias correspondientes. Artículo 6º.- Encargar a la O fi cina de Secretaría General, Archivo y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Unidad de Tecnología de la Información, el mencionado dispositivo, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ RISI CARRASCAL Alcalde 1706711-1 PROYECTO SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Proyecto de resolución que establecería para la EPS EMAQ S.R.L. la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión del quinquenio regulatorio 2019-2024, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios c olaterales que presta a sus usuarios RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 042-2018-SUNASS-CD Lima, 25 de octubre de 2018VISTO:El Memorándum Nº 1179-2018-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria, mediante el cual se presenta el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta para el quinquenio regulatorio 2019-2024 de: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por EPS EMAQ S.R.L. 1 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria Nº 013-2018-SUNASS-GRT se inició el procedimiento de aprobación de o fi cio de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serán aplicables para el segundo quinquenio regulatorio de EPS EMAQ S.R.L. Que, conforme con lo establecido en los artículos 25, 26 y 52 del Reglamento General de Tarifas 2, corresponde en esta etapa del procedimiento: i) publicar en el diario ofi cial El Peruano y en el portal institucional de la SUNASS, el proyecto de resolución, y su exposición de motivos, que establecería la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales y ii) convocar a audiencia pública para que la SUNASS exponga el referido proyecto. Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de las gerencias de Asesoría Jurídica, Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 17 de octubre de 2018. HA RESUELTO:Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de resolución que establecería para EPS EMAQ S.R.L.: i) la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión del quinquenio regulatorio 2019-2024 y ii) los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que presta a sus usuarios. Artículo 2º.- Disponer la publicación en el diario o fi cial El Peruano del proyecto de resolución a que se re fi ere el artículo anterior y sus anexos, así como su exposición de motivos. Artículo 3º.- Disponer la publicación en el portal institucional de la SUNASS (www.sunass.gob.pe) del proyecto a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, sus anexos, su exposición de motivos y el proyecto de estudio tarifario que sustenta la propuesta de fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, que serían aplicados por EPS EMAQ S.R.L. en el quinquenio regulatorio 2019-2024 y la notifi cación de lo antes mencionado a la referida empresa. Artículo 4º.- Convocar a audiencia pública para el día, hora y lugar que la Gerencia General de la SUNASS señale oportunamente en el correspondiente aviso, la cual se realizará de acuerdo con las reglas consignadas