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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (30/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 79

79 NORMAS LEGALES Martes 30 de octubre de 2018 El Peruano / segundo párrafo del acápite b.5) del literal b), en el acápite c.1) y en el literal c) del numeral 5.1.2 Etapa de Ejecución de la Norma Técnica, se dispuso como fecha máxima el 31 de octubre de 2018 para depositar los recursos no utilizados, ejecutar las acciones programadas y registrar la declaración de gastos, así como para presentar el expediente de declaración de gastos de mantenimiento a la UGEL. Que, asimismo en el numeral 6.1.3 Etapa de Evaluación, estableció el 30 de noviembre del 2018, como plazo para que el PRONIED, a través de la Unidad Gerencial de Mantenimiento, realice un informe fi nal sobre el consolidado del mantenimiento de reportes de Locales Educativos obtenidos del sistema Wasichay; Que, mediante el Informe N° 594-2018-MINEDU/ VMGI-PRONIED-UGM la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED presenta el sustento técnico para la modi fi cación de los plazos previstos en las Etapas de Ejecución y Evaluación del Programa de Mantenimiento previstos en los subnumerales 5.1.2 y 6.1.3 del numeral 5.1 Etapas del Procedimiento de la Norma Técnica, a fi n de promover la ejecución oportuna de las acciones de mantenimiento, así como facilitar la presentación de la declaración de gastos en forma oportuna y evitar que se incumplan las disposiciones de la Norma Técnica; Que, mediante el Informe N° 838-2018-MINEDU/ VMGI-PRONIED-OAJ la O fi cina de Asesoría Jurídica del PRONIED, emite opinión favorable a la ampliación de fechas establecidas en las Etapas de Ejecución y Evaluación, contenidas en la Norma Técnica, de acuerdo a la propuesta formulada por la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED; Que, mediante el numeral 3.5 de la Resolución Ministerial N° 007-2018-MINEDU se delega en el Secretario General del Ministerio de Educación, durante el Año Fiscal 2018, la facultad de emitir los actos resolutivos que aprueban, modi fi can o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de competencia del despacho ministerial, que regulan la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados; así como, los que regulan aspectos de infraestructura, entre otros; Con el visado del Viceministerio de Gestión Institucional, de la Dirección Ejecutiva del PRONIED, de la Unidad Gerencial de Mantenimiento del PRONIED, de la O fi cina de Asesoría Jurídica del PRONIED, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modi fi cada por la Ley N° 26510, la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, y el Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU, que creó el Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el acápite a.5) del literal a), el acápite b.5) del literal b), el acápite c.1) del literal c) y el literal c) del numeral 5.1.2 Etapa de Ejecución; y el numeral 6.1.3 Etapa de Evaluación del numeral 5.1 Etapas del Procedimiento de la Norma Técnica “Disposiciones para la Ejecución del Programa de Mantenimiento de la Infraestructura y Mobiliario de los locales educativos 2018”, aprobada por la Resolución de Secretaría General N° 054-2018-MINEDU, en los siguientes términos: “(…) 5.1.2 ETAPA II - EJECUCIÓN a) Gestión de cuentas de ahorros (…) a.5) De la reversión de recursos al Tesoro Público La UGM solicitará al Equipo de Tesorería de UF gestionar la reversión de los saldos no utilizados de las cuentas de ahorro abiertas por el BN, para el proceso de mantenimiento de Locales Educativos, la cual se hará efectiva al siguiente día hábil del cierre de la ejecución, 03 de diciembre del 2018.b) Ejecución de acciones de mantenimiento (…) b.5) Devolución de los recursos no utilizados(…)Hasta el 30 de noviembre del 2018, podrá depositar los recursos no utilizados a la cuenta de ahorro aperturada a su nombre para el programa de mantenimiento. Estas devoluciones no deberán ser ingresadas al sistema, ya que son consideradas como saldo no utilizados al momento de la reversión de los recursos al tesoro público. A partir del 03 de diciembre del 2018, fecha en que se efectúa la reversión de recursos al tesoro público, se procederá a realizar la devolución de la siguiente manera (…)”. (…) c) Cierre de la ejecución El responsable de mantenimiento, conjuntamente con la Comisión de Infraestructura, Espacios y Medios Educativos, ejecutará las acciones programadas y registrará la Declaración de gastos de Mantenimiento de Locales Educativos en el Sistema Wasichay hasta el 30 de noviembre del 2018. c.1) Elaboración del Expediente de Declaración de gastos de Mantenimiento de Locales Educativos El responsable de mantenimiento deberá presentar el Expediente de Declaración de gastos de Mantenimiento de Locales Educativos a la UGEL hasta el 30 de noviembre del 2018. (…) 6.1.3 ETAPA III - EVALUACIÓNEvaluación de la ejecuciónEl PRONIED, a través de la UGM, realizará un informe fi nal sobre el consolidado del mantenimiento de reportes de locales educativos obtenidos del sistema Wasichay, hasta el 28 de diciembre del 2018.” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación - SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JESSICA REÁTEGUI VELIZ Secretaria GeneralMinisterio de Educación 1707401-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Procurador Público de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 166-2018-JUS Lima, 29 de octubre de 2018VISTO, el O fi cio N° 3975-2018-JUS/CDJE, del Secretario Técnico del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; CONSIDERANDO:Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú, establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos;