Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2018 (30/10/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 160

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Martes 30 de octubre de 2018 El Peruano / Aprueban ejecución de expropiación de inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: “Tramo N° 1 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (San Juan de Marcona - Urcos)” y el valor de tasación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 845-2018 MTC/01.02 Lima, 29 de octubre de 2018Visto: El Memorándum N° 3124-2018-MTC/20 del 23 de octubre de 2018, de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución del Tramo N° 1 del Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú Brasil (San Juan de Marcona – Urcos) y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n;Que, el Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura y sus modi fi catorias (en adelante, la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición, Expropiación o transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, necesarios para la ejecución de la Obra de Infraestructura y que, el único Bene fi ciario es el Estado actuando a través de alguna de las entidades públicas comprendiendo a los titulares de proyectos y a las empresas prestadoras de servicios de saneamiento públicas de accionariado estatal o municipal; Que, asimismo el numeral 4.4 del artículo 4 de la Ley, defi ne a la Expropiación como la transferencia forzosa del derecho de propiedad privada sustentada en causa de seguridad nacional o necesidad pública, autorizada únicamente por ley expresa del Congreso de la República a favor del Estado, a iniciativa del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales y previo pago en efectivo de la indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio;1707412-2ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL AREA DE UN INMUEBLE AFECTADO POR EL DERECHO DE VÍA DEL PROYECTO: “RED VIAL N° 5, TRAMO ANCON HUACHO PATIVILCA, DE LA CARRETERA PANAMERICANA NORTE. No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVO IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE VALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES- PROVIAS NACIONALAGRO INDUSTRIAL PARAMONGA S.A.A.CÓDIGO: RV05-ANCPAT-EC-02 AREA AFECTADA: 23,039.79 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble 389,958.88 NORTE: Con intercambio vial Huacho, con línea quebrada de los tramos, 1-2 (20.09 m), 2-3 (88.39 m), 3-4 (35.20 m).ESTE: Con intercambio vial Huacho, con línea quebrada de los tramos, 4-5 (43.11 m), 5-6 (40.48 m), 6-7 (76.20 m), 7-8 (35.78 m), 8-9 (53.12 m), 9-10 (56.19 m), 10-11 (47.89 m), 11-12 (3.60 m.).OESTE: Con fundo el Carmen (Remanente) con linea quebrada de los tramos, 13-14 (127.12 m), 14-15 (11.71 m), 15-16 (8.24 m), 16-17 (20.08 m), 17-18 (9.79 m), 18-19 (21.23 m), 19-20 (17.29 m), 20-21 (20.02 m), 21-22 (46.41 m), 22-23 (17.72 m), 23-24 (16.45 m.), 24-25 (20.52 m.), 25-26 (22.96 m.), 26-27 (17.91 m), 27-28 (19.68 m), 28-29 (21.82 m).SUR: Con carretera Panamericana Norte, con linea recta del tramo, 12-13 (16.93 m).COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VERTICES LADODISTANCIA (m) WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 1 1 - 2 20.09 195,694.6564 8,815,817.2259 2 2 - 3 88.39 195,714.7199 8,815,818.2126 3 3 - 4 35.20 195,803.0032 8,815,822.5544 4 4 - 5 43.11 195,837.9446 8,815,818.2693 5 5 - 6 40.48 195,836.3083 8,815,775.1885 6 6 - 7 76.20 195,834.7716 8,815,734.7332 7 7 - 8 35.78 195,831.7769 8,815,658.5894 8 8 - 9 53.12 195,828.1610 8,815,622.9949 9 9 - 10 56.19 195,822.7924 8,815,570.1485 10 10 - 11 47.89 195,817.1136 8,815,514.2474 11 11 - 12 3.60 195,814.2274 8,815,466.4460 12 12 - 13 16.93 195,814.0589 8,815,462.8458 13 13 - 14 127.12 195,797.1796 8,815,464.1817 PARTIDA ELECTRÓNICA: 50000372 perteneciente a la O ficina Registral de Barranca, Zona Registral IX - Sede Lima. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Expedido con fecha 20.08.2018 (Informe Tecnico Catastral N° 19652-2018-SUNARP-Z.R.N° IX/OC) por la Oficina de Catastro de Barranca, Zona Registral IX - Sede Lima. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 10.04.2018, por la O ficina Registral Barranca, Zona Registral N° IX-Sede Lima.14 14 - 15 11.71 195,805.2032 8,815,591.0529 15 15 - 16 8.24 195,806.7115 8,815,602.6635 16 16 - 17 20.08 195,807.6638 8,815,610.8484 17 17 - 18 9.79 195,810.0761 8,815,630.7811 18 18 - 19 21.23 195,811.5029 8,815,640.4678 19 19 - 20 17.29 195,801.9750 8,815,659.443120 20 - 21 20.02 195,790.6935 8,815,672.5484 21 21 - 22 46.41 195,773.5846 8,815,682.9370 22 22 - 23 17.72 195,730.8118 8,815,700.9532 23 23 - 24 16.45 195,715.4297 8,815,709.7456 24 24 - 25 20.52 195,702.9946 8,815,720.5119 25 25 - 26 22.96 195,691.5744 8,815,737.5645 26 26 - 27 17.91 195,684.5477 8,815,759.4244 27 27 - 28 19.68 195,683.8031 8,815,777.3229 28 28 - 1 21.82 195,687.2644 8,815,796.6916